ORDEN IIU/1053/2017, de 7 de julio, por la que se convocan subvenciones para la realización en Aragón durante el año 2017 de eventos y actividades de promoción, divulgación y difusión de la ciencia, la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Aragón, en la redacción dada por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, dispone en su artículo 28 que corresponde a los poderes públicos aragoneses fomentar la investigación, el desarrollo y la innovación científica, tecnológica y técnica de calidad y promover las condiciones que garanticen en el territorio de Aragón el acceso sin discriminaciones a los servicios audiovisuales y a las tecnologías de la información y la comunicación.

Por su parte, el Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, aprueba la estructura orgánica del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad. Al amparo del mismo, corresponden al Departamento de Innovación, Investigación y Universidad las competencias en materia de fomento y coordinación de la investigación, desarrollo y transferencia de conocimientos en Aragón, así como la promoción y fomento de la actividad investigadora.

La importancia de las actuaciones objeto de estas subvenciones tiene su origen en el II Plan de Investigación, Desarrollo y Transferencia de Conocimientos de Aragón, aprobado mediante Decreto 263/2004, de 30 de noviembre, del Gobierno de Aragón, al amparo de la Ley 9/2003, de 12 de marzo, de fomento y coordinación de la investigación, el desarrollo y la transferencia de conocimientos en Aragón, que dentro de las acciones generales de fomento de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, incluye acciones de difusión de la investigación y la innovación, en la que incluyen iniciativas cuyo objetivo sea acercar la ciencia a la sociedad aragonesa y difundir la actividad aragonesa y los conocimientos generados en los centros de investigación.

Por otro lado, el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad 2016-2019, aprobado por Orden de 18 de febrero de 2016, de la Consejera de Innovación, investigación y Universidad, prevé dentro del programa "Fomento de la Investigación" la línea de subvenciones destinadas a la realización en Aragón de eventos y actividades de promoción, divulgación y difusión de la ciencia, la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, como una línea específica de subvenciones otorgadas mediante procedimiento de concurrencia simplificada.

De conformidad con el marco competencial existente en las materias expuestas y con la planificación realizada sobre las distintas áreas funcionales, se aprobó la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio ("Boletín Oficial de Aragón", número 149, de 29 de julio de 2016), por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad, de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones ("Boletín Oficial del Estado", número 276, de 18 de noviembre de 2003), la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 68, de 10 de abril de 2015), y demás normativa aplicable en esta materia en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El artículo 2 de dicha orden, establece una serie de líneas de subvención y regula las normas sustantivas de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa aplicable a la actividad subvencional en la Comunidad Autónoma de Aragón, y entre dichas líneas se encuentra la referida a las subvenciones para la realización de eventos y actividades de promoción, divulgación y difusión de la ciencia, la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, cuyas bases reguladoras se encuentran tanto en el Título preliminar, como en el capítulo VIII del Título I de la citada Orden IIU/777/2016, de 20 de julio.

La inclusión de esta nueva línea de ayudas pretende potenciar la imagen de Aragón como una región de la ciencia y la innovación, como una sociedad abierta al cambio y a los retos tecnológicos y como un espacio ideal para invertir en investigación, desarrollo e innovación en el que el talento y alta cualificación de su capital humano constituyen sus señas de identidad.

La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón considera de gran interés facilitar a las entidades sin ánimo de lucro que se configuran como agentes de I+D+i el acceso a financiación parcial del coste de las actividades que realicen con el objetivo de promover el intercambio y la difusión de las ideas y de los conocimientos científicos y tecnológicos más avanzados, así como aumentar la visibilidad global de la ciencia aragonesa, así como profundizar en nuevos conocimientos científicos y técnicos que, incorporados a los procesos de investigación e innovación, puedan estimular y favorecer las posibilidades de elevar los niveles de competitividad de las actividades productivas de las empresas en Aragón.

Con esta convocatoria se pretende incidir positivamente en la calidad científica y éxito de las actividades y encuentros que se promuevan en Aragón, y especialmente, potenciar su éxito mediante la participación de personal investigador, nacional y extranjero de prestigio reconocido, y que propongan nuevas orientaciones dirigidas a elevar el interés de los sectores productivos por potenciar el talento emprendedor y la innovación creativa, en interés de la sociedad aragonesa en su conjunto.

Para la concesión de estas subvenciones, se establece un procedimiento simplificado de concurrencia competitiva, procedimiento previsto en el artículo 14.3 a) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, conforme al cual las subvenciones se concederán y conforme a los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, lo que exige, como punto de partida, efectuar la correspondiente convocatoria, tal como prevé el artículo 7 de la antedicha Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, en la que se afirma que las subvenciones previstas en los Títulos I, II y III de la misma se otorgarán previa convocatoria pública, aprobada por orden del titular del Departamento competente en la materia.

La razón que justifica este procedimiento de concesión estriba en el deseo de no desaprovechar iniciativas de difusión y divulgación que propongan nuevas orientaciones dirigidas a elevar el interés de la comunidad científica y resto de agentes del sistema de I+D+i, por potenciar el talento emprendedor y la innovación creativa, cualquiera que sea el momento en el que surgen tales iniciativas.

A su vez, la citada Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, a lo largo de su articulado, remite a la correspondiente convocatoria para que en ella se especifiquen algunas cuestiones que deben ser concretadas con el fin de permitir que la concesión de las subvenciones responda realmente, dentro del respeto a la norma jurídica de creación de la subvención, a las necesidades que demanda la satisfacción del interés general perseguido con su otorgamiento.

Por consiguiente, es necesario dictar esta orden con el objeto de establecer el plazo de presentación de solicitudes e indicar las reglas que deben aplicarse para la presentación, tramitación y resolución de aquéllas en la presente convocatoria, iniciándose así la gestión del régimen de subvenciones destinadas a financiar parcialmente las actividades en las que se promueva, divulgue y difunda en Aragón la cultura científica y la innovación.

En virtud de todo lo expuesto y de acuerdo con las competencias atribuidas al Departamento de Innovación, Investigación y Universidad en el Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba su estructura orgánica, y en la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad, dispongo:

Primero.- Objeto.

  1. Es objeto de esta orden convocar las subvenciones para la realización en Aragón, durante el año 2017, de eventos y actividades en los que se promueva, difunda y divulgue la cultura científica, la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, de acuerdo con las bases reguladoras establecidas en la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 146, de 29 de julio de 2016.

  2. Las subvenciones se regirán por esta convocatoria y por lo previsto en la citada Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y en el resto de la normativa estatal o autonómica aplicable a las subvenciones otorgadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Segundo.- Actuaciones subvencionables.

  3. Son actuaciones subvencionables la realización en Aragón, de reuniones científicas, congresos, simposios, salones, seminarios, foros, jornadas y otras actividades similares, destinadas a la finalidad descrita en el apartado primero y cuya duración mínima sea de 1 día y cuente con un número mínimo de asistentes de 25 personas que no estén vinculados laboralmente con el beneficiario.

    A los efectos de esta orden se distingue entre:

    a) Reuniones científicas, congresos, simposios y similares: aquellas actuaciones de carácter periódico destinadas al intercambio de ideas, discusión, presentación de comunicaciones sobre resultados recientes de investigaciones en curso y/o conferencias invitadas, sobre una temática concreta. Deberán disponer de un comité organizador y un comité científico y/o un comité de selección que garantice el nivel científico de los mismos, y deberá mediar una llamada pública a la participación mediante una inscripción.

    b) Salones, seminarios, foros, jornadas: aquellas otras actuaciones cuyo objeto es el descrito en el artículo primero y no se encuadran en el epígrafe anterior.

    Se entiende por día, la realización de actividades programadas con una duración mínima de 4 horas/día excluidas pausas café y similares.

    Además de lo indicado y considerando el ámbito geográfico en el que se ubican las instituciones con las que mantienen una vinculación laboral los asistentes al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR