Orden HFP/1423/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica la Orden EHA/2219/2010, de 29 de julio, por la que se aprueba el sistema de firma electrónica de clave concertada para actuaciones en la sede electrónica asociada de la Dirección General del Catastro.

MarginalBOE-A-2021-21099
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda y Función Pública
Rango de LeyOrden

La Dirección General del Catastro, a través de su Sede Electrónica Asociada, utiliza como sistema de identificación y firma electrónica, además de los certificados electrónicos reconocidos o del Documento Nacional de Identidad electrónico, un sistema de firma electrónica de clave concertada aprobado mediante Orden EHA/2219/2010, de 29 de julio.

La Orden HAP/2553/2015, de 25 de noviembre, modificó la Orden EHA/2219/2010, de 29 de julio, con el objetivo de simplificar y aumentar el control del sistema de clave concertada, modificando aspectos técnicos sobre su generación, catalogación y firma, para lo cual se eliminó el mecanismo de clave disociada originalmente establecido y se actualizaron el anexo que acompaña a la Orden ministerial y las referencias normativas, manteniéndose, no obstante, determinadas restricciones en su uso, que afectan, según se establece en el apartado I.4 del anexo, a la consulta general por el usuario del «estado de tramitación de todos los procedimientos o de todos los inmuebles de su titularidad».

Esta restricción obedecía a razonables motivaciones de precaución y cautela iniciales que, en el momento actual, se han revelado innecesarias tras el importante desarrollo experimentado por la Sede Electrónica Asociada del Catastro en la última década y la constatación de una demanda, cada vez más acuciante, de servicios no presenciales por parte de ciudadanos que, no estando obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, exigen, no obstante, las mayores facilidades para iniciar y completar electrónicamente los procedimientos administrativos en los que resultan interesados, aspecto este último que ha sido puesto de relieve recientemente por la Secretaría General de Administración Digital en su Resolución de 29 de abril de 2020.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la elaboración de esta orden se ha efectuado de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

Se cumplen los principios de necesidad y eficacia jurídica por ser una norma cuyo objetivo es...

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