Orden HFP/1192/2022, de 1 de diciembre, por la que se modifican la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 198, de Declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios; la Orden EHA/3300/2008, de 7 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 196, de Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras; la Orden EHA/3514/2009, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 181 de Declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles; la Orden HAP/2118/2015, de 9 de octubre, por la que se aprueba el modelo 280, "Declaración informativa anual de planes de ahorro a largo plazo"; la Orden HAP/2250/2015, de 23 de octubre, por la que se aprueba el modelo 184 de Declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de re

MarginalBOE-A-2022-20274
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda y Función Pública
Rango de LeyOrden

La mejora de la calidad de la información fiscal constituye un elemento clave para la efectividad de las actuaciones de asistencia, investigación y control que tiene encomendadas la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Con esa finalidad, con carácter general, cada ejercicio debe actualizarse la normativa relativa al suministro de información derivado de determinadas obligaciones informativas, actualización que, al igual que en ejercicios precedentes, conviene realizar, en la medida de lo posible, de manera integradora en una misma norma con la finalidad de tener una mayor garantía de conocimiento por parte de los diferentes obligados tributarios de las modificaciones que se llevan a cabo.

La presente orden contiene las modificaciones normativas destinadas a actualizar convenientemente dicha información tributaria relativa a las obligaciones informativas y cuyas principales modificaciones se describen a continuación.

El artículo primero de la orden modifica la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 198, de declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios, al objeto de mejorar la calidad de la información del mismo. Así, en primer lugar, se modifica el campo «Compensación monetaria entregada/recibida» del modelo, para incluir una precisión en su contenido, indicando que, particularmente, deberá consignarse en dicho campo el importe percibido por el accionista como consecuencia de la venta de aquellos títulos, que, por exceder de la ecuación de canje, no den derecho a percibir una acción entera de los títulos recibidos, mejorando así la calidad de la información de la cartera de valores del contribuyente. En segundo lugar, se modifica también el campo «Porcentaje de participación en la entidad declarante» que pasa a ocupar las posiciones 421 a 427 de los diseños de registro de tipo 2 del modelo 198, con la finalidad de ampliar el número de posiciones que ocupa la parte decimal de este campo.

A continuación, el artículo segundo de la orden modifica la Orden EHA/3300/2008, de 7 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 196, de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, al objeto de introducir una nueva clave dentro del campo «Clave de Alta» que identifique las cuentas que se han dado de alta en el ejercicio como consecuencia de una fusión o reestructuración societaria de la entidad financiera. Para ello se han modificado, tanto los diseños de registro de tipo 2, registro de declarado, como los diseños de registro de tipo 2, registro de autorizado del modelo 196.

El artículo tercero de la orden modifica la Orden EHA/3514/2009, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 181 de declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles, con la finalidad de incluir nuevas claves en el campo «Origen de la operación», que actualmente ocupa la posición 172 de los diseños de registro, con el objetivo de recoger nuevos supuestos que describan de forma más precisa la operación efectuada en el ejercicio, mejorando de esta manera la calidad de la información y la gestión de la misma para el contribuyente.

En concreto, se han incluido en el campo mencionado, «Origen de la operación», cuatro nuevas claves: las claves K y L (para informar de las operaciones de fusión y reestructuración societaria por la entidad de origen y por la entidad de destino, respectivamente), así como las claves T y V (para informar de las transmisiones, subrogaciones y cambios de entidad que se produzcan en el ejercicio, tanto por la entidad de origen como por la entidad de destino, también respectivamente). En este sentido, se destaca que ninguno de estos campos deberá utilizarse para declarar operaciones de reestructuración de deudas que, al igual que en ejercicios anteriores, se identificarán con la clave M.

Con la finalidad de adaptar los diseños de registro del modelo a las nuevas claves de origen de la operación, se han modificado también los campos «Fecha de la operación», «Importe del préstamo, crédito u otra operación financiera», «Importe abonado en el ejercicio en concepto de amortización de capital», «Importe abonado en el ejercicio en concepto de intereses», «Importe abonado en el ejercicio en concepto de gastos derivados de la financiación ajena», «Saldo pendiente a 31 de diciembre» y «Porcentaje de la financiación destinado a la vivienda habitual».

Por otro lado, el artículo cuarto modifica la Orden HAP/2118/2015, de 9 de octubre, por la que se aprueba el modelo 280, «Declaración informativa anual de planes de ahorro a largo plazo», al objeto de introducir una modificación técnica en sus diseños de registro, concretamente en el campo «Extinción del plan de ahorro a largo plazo», para recoger un nuevo supuesto de extinción como consecuencia del fallecimiento del tomador.

El artículo quinto modifica la Orden HAP/2250/2015, de 23 de octubre, por la que se aprueba el modelo 184 de declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas y por la que se modifican otras normas tributarias, con la finalidad de introducir un nuevo campo «Número de días de arrendamiento o de cesión y disfrute del inmueble» en sus diseños de registro, concretamente en el registro de tipo 2, registro de socio, comunero, heredero y partícipe.

Por último, el artículo sexto, como viene siendo habitual en cada ejercicio, actualiza el contenido de los anexos I y II de la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289, de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la elaboración de esta orden se ha efectuado de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

Se cumplen los principios de necesidad y eficacia por ser desarrollo de la normativa reglamentaria y el instrumento adecuado para dicho desarrollo.

Se cumple también el principio de proporcionalidad al contener la regulación necesaria para conseguir los objetivos que justifican su aprobación.

Respecto al principio de seguridad jurídica, se ha garantizado la coherencia del texto con el resto del ordenamiento jurídico nacional, generando un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre que facilita su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones de los diferentes sujetos afectados sin introducción de cargas administrativas innecesarias.

El principio de transparencia, sin perjuicio de su publicación oficial en el «Boletín Oficial del Estado», se ha garantizado mediante la publicación del proyecto de orden y la memoria de análisis de impacto normativo en el portal web del Ministerio de Hacienda y Función Pública, a efectos de que pueda ser conocido dicho texto en el trámite de audiencia e información pública por todos los ciudadanos.

Por último, en relación con el principio de eficiencia, se ha procurado que la norma genere las menores cargas administrativas para los ciudadanos, así como los menores costes indirectos, fomentando el uso racional de los recursos públicos y el pleno respeto a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Por todo lo anterior, en ejercicio de la habilitación establecida con carácter general en el apartado 2 del artículo 30 y en el artículo 117 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, y de las otorgadas con carácter específico por los artículos 37, 37.bis, 38, 42 y 54 del mismo texto; 69, 70 y 108 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo; 68 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real Decreto 634/2015, de 10 de julio; 15 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio, y por el artículo 4 del Real Decreto 1021/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de informar acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua, es necesario proceder a la aprobación de una nueva orden de modificación de las declaraciones informativas relativas a los modelos 198, 196, 181, 280, 184 y 289.

Las habilitaciones anteriores deben entenderse conferidas en la actualidad a la Ministra de Hacienda y Función Pública, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 y en la disposición final segunda del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, modificado por Real Decreto 507/2021, de 10 de julio.

En su virtud dispongo:

Artículo primero. Modificación de la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 198, de declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de sus hojas interiores por soporte directamente legible por ordenador y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática a través de Internet y por teleproceso y se modifican las órdenes de aprobación de los modelos de declaración 193, 296 y 347.

Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre:

Uno. Se modifica el campo «COMPENSACIÓN MONETARIA ENTREGADA/RECIBIDA», que ocupa las posiciones 348-360...

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