ORDEN HAP/962/2022, de 30 de junio, por la que se dictan instrucciones para la elaboración de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2023.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La economía mundial se ha visto golpeada en los últimos dos años por una pandemia sanitaria provocada por el SARS-CoV-2 iniciada en 2020 y un crecimiento desmesurado en los precios de la energía desde el segundo semestre de 2021, que se ha agravado con el conflicto bélico en Ucrania. Estos acontecimientos han generado un clima de inestabilidad, incertidumbre y volatilidad en los precios de la energía que, inevitablemente, impactarán en las cuentas públicas de la comunidad autónoma.

Esta coyuntura económica constituye de nuevo un desafío para la política presupuestaria de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyos Presupuestos para el ejercicio 2023, deben de ser capaces, no solo de dar respuesta a los desequilibrios presupuestarios existentes, sino de alentar la recuperación económica garantizando la sostenibilidad financiera de la Comunidad Autónoma.

Desplazado el epicentro crítico desde el ámbito sanitario a la situación de crisis de los mercados energéticos, la coyuntura fiscal no deja de ser incierta, por lo que una vez más se requiere un ejercicio responsable de cada uno de los actores encargados de la elaboración del Presupuesto, sin perder de vista el objetivo de alcanzar una eficiente asignación de los recursos públicos, profundizar en las bases de la reactivación económica y mantener el compromiso de la sostenibilidad de las cuentas públicas autonómicas.

En esta línea resulta esencial iniciar las primeras fases del ciclo presupuestario para el ejercicio 2023 que se concretan en la elaboración y aprobación de los Presupuestos. A pesar de que la Comisión Europea propuso el pasado mes de mayo a los estados miembros, mantener las reglas fiscales en suspensión durante el año 2023, a fecha de elaboración de la presente Orden se desconocen cuestiones esenciales tales como si el Congreso de los Diputados respaldará la suspensión de las reglas fiscales, las tasas de referencia que alcanzarán las mismas, el importe de las entregas a cuenta del Estado sujetas a liquidación posterior o la evolución prevista de los tributos propios.

El marco normativo de referencia a aplicar en el proceso de elaboración del Presupuesto de la Comunidad Autónoma, se recoge en el artículo 111 del Estatuto de Autonomía de Aragón, en el que se reconoce la autonomía financiera, también ratificada en el artículo 103 del propio Estatuto y en el artículo 156 de la Constitución.

Por su parte el Título II del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, regula el Presupuesto como el instrumento básico de su actividad económico-financiera, recogiendo los principios de anualidad, universalidad y unidad consagrados en la Constitución, en el Estatuto y en las normas reguladoras de los presupuestos de los Entes Públicos Territoriales, disponiendo en su artículo 36 el procedimiento de elaboración del proyecto Ley de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma y las normas que rigen el mismo.

Asimismo, el contexto normativo de elaboración de Presupuestos, tiene además en cuenta el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, por el que se dispone que la elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de los distintos sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de la norma, se realizarán en un marco de estabilidad presupuestaria, coherente con la norma europea, así como de acuerdo con el principio de sostenibilidad financiera de conformidad con el artículo 4 de la...

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