ORDEN AAM/107/2012, de 24 de abril, por la que se aprueba el reconocimiento y el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida Pa de Pagès Català, con carácter transitorio, y se reconoce su Consejo Regulador provisional.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO NATURAL
Rango de LeyOrden

El Reglamento CE 510/2006, del Consejo, de 20 de marzo, sobre la protección de las indicaciones geográficas protegidas y las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios, establece la normativa aplicable a la protección de las denominaciones de origen y a las indicaciones geográficas protegidas.

El apartado primero del artículo 128 del Estatuto de autonomía de Cataluña señala que corresponde a la Generalidad de Cataluña la competencia exclusiva sobre denominaciones de origen y otras menciones de calidad, que incluye el régimen jurídico de creación y funcionamiento. El apartado segundo de este artículo señala que corresponde igualmente a la Generalidad de Cataluña la aprobación de sus normas reguladoras.

Por otra parte, el artículo 116.1.b) del Estatuto de autonomía de Cataluña otorga competencias exclusivas a la Generalidad de Cataluña en materia de calidad de los productos agroalimentarios.

En este ámbito la Ley 14/2003, de calidad agroalimentaria, es la norma reguladora del sector agroalimentario de calidad en Cataluña. Esta norma ha sido desarrollada por el Decreto 285/2006, de 4 de julio.

La solicitud en el Registro de denominaciones de origen protegidas y de indicaciones geográficas protegidas de la Indicación Geográfica Protegida Pa de Pagès Català junto con su documento único se sometió a información pública en fecha 18 de octubre de 2010 (DOGC núm. 5736, de 18.10.2010) y 8 de noviembre de 2010 (BOE núm. 270, de 8.10.2010) sin que se presentara ninguna alegación.

La Resolución AAM/829/2011, de 29 de marzo (DOGC núm. 5853, de 6.4.2011) del consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural ha publicado la Resolución por la que se adopta la decisión favorable sobre la solicitud de inscripción de la Indicación Geográfica Protegida Pa de Pagès Català en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas.

En fecha 30 de mayo de 2011 se envió, de conformidad con el artículo 6.2 del Decreto 285/2006, de 4 de julio, al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el expediente correspondiente junto con la documentación requerida en el artículo 5.7 del Reglamento CE 510/2006, de 20 de marzo, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios, a los efectos de su traslado a la Comisión Europea para la inscripción de la Indicación Geográfica Protegida.

De acuerdo con ello y con los artículos 7.4 y 10.3 de la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria, y el artículo 6.2 del Decreto 285/2006, de 4 de julio, se considera necesario aprobar con carácter transitorio, hasta su inscripción definitiva en el Registro comunitario, la Indicación Geográfica Protegida Pa de Pagès Català, aprobar su Reglamento y reconocer el Consejo Regulador provisional.

La Orden contiene un anexo dedicado al Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida donde se especifican los requisitos de elaboración del producto protegido que se ampara, las características del producto, el registro obligatorio que debe tener el Consejo Regulador, los derechos y las obligaciones de las personas inscritas, el funcionamiento y la organización del Consejo Regulador, y el sistema de financiación.

A propuesta de la Dirección General de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias;

De acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar el reconocimiento de la indicación geográfica protegida Pa de Pagès Català con carácter transitorio hasta su inscripción definitiva en el registro comunitario de denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas.

Artículo 2

Aprobar el Reglamento de la IGP Pa de Pagès Català, con carácter transitorio, cuyo texto figura en el anexo de esta Orden.

Artículo 3

Reconocer el consejo regulador provisional de la IGP Pa de Pagès Català.

Barcelona, 24 de abril de 2012

Josep Maria Pelegrí i Aixut

Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural

Anexo

Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida Pa de Pagès Català

Capítulo 1
Disposiciones generales Artículos 1 a 32
Artículo 1

Producto protegido

Queda protegida con la Indicación Geográfica Protegida Pa de Pagès Català el pan que reúna las características definidas en este Reglamento y que cumpla en la elaboración, la designación y la comercialización todos los requisitos que exige el pliego de condiciones, que se puede consultar en la página web del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural http://www.gencat.cat/daam/pliego-pa-pages-catala.

El pan protegido por la IGP Pa de Pagès Català es un pan tradicional, redondo, de corteza crujiente, miga tierna y alveolado grande, donde como mínimo el formato se realiza de forma manual. Todo el proceso se realiza siguiendo una elaboración tradicional, con fermentaciones lentas, cociendo siempre las masas en hornos de solera refractaria.

Artículo 2

Extensión de la protección de la Indicación Geográfica Protegida

2.1 La protección otorgada se extiende al nombre Pa de Pagès Català.

2.2 La extensión y el régimen jurídico de la protección es la que señala el artículo 6 de la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria, y las disposiciones que la desarrollen.

Artículo 3

Manual de gestión de calidad

3.1 El Consejo Regulador debe disponer de un manual de gestión de calidad, donde se recogen las actuaciones y los procedimientos que realiza el Consejo Regulador en materia de certificación y control de la manera que determinan los artículos 18 y 19 de este Reglamento.

3.2 El manual de gestión de calidad lo debe aprobar el Consejo Regulador y se debe presentar a la dirección general competente en materia de calidad agroalimentaria para su homologación.

3.3 El manual de gestión de calidad no tiene validez mientras no haya obtenido esta homologación.

3.4 Cualquier modificación del manual de gestión de calidad aprobado por el Consejo Regulador se debe presentar ante la dirección general competente en materia de calidad agroalimentaria para su homologación.

Capítulo 2 Artículos 4 a 9

Elaboración y presentación del pan

Artículo 4

Zona de elaboración

La zona de elaboración del pan amparado por la Indicación Geográfica Protegida Pa de Pagès Català comprende todo el territorio de Cataluña.

Artículo 5

Elaboración

El producto protegido con la Indicación Geográfica Protegida Pa de Pagès Català se elabora exclusivamente por las panaderías inscritas en el Registro de establecimientos elaboradores. Todo el proceso se realiza con las materias primas, en los porcentajes y con las características descritas en el apartado E del pliego de condiciones, en el artículo 9 de este Reglamento y en el manual de gestión de calidad.

Artículo 6

Instalaciones de elaboración y puntos de venta

6.1 Los locales inscritos en el Registro de establecimientos elaboradores a que hace referencia el artículo 10 de este Reglamento deben reunir los requisitos de carácter técnico y sanitario que establezca la legislación vigente.

6.2 Formulada la petición de inscripción en el Registro, las panaderías elaboradoras deben ser inspeccionadas por el personal técnico que el Consejo Regulador designe, con la finalidad de comprobar las características y comprobar si reúnen o no las condiciones técnicas mínimas requeridas para la correcta elaboración y venta del pan con Indicación Geográfica Protegida Pa de Pagès Català.

6.3 Las panaderías elaboradoras inscritas en el Registro de establecimientos elaboradoras y los puntos de venta asociados pueden tener otras líneas de elaboración y/o venta no incluidas en la IGP Pa de Pagès Català, siempre que se pueda garantizar la trazabilidad, el origen y la calidad del pan protegido por la IGP.

Artículo 7

Métodos de elaboración

Las técnicas utilizadas en la elaboración del pan deben ser las adecuadas para obtener productos de la máxima calidad con el mantenimiento de los caracteres tradicionales del pan de la zona de producción descritos en el apartado E del pliego de condiciones, en el manual de gestión de calidad, y de acuerdo con la normativa sectorial aplicable vigente.

Artículo 8

Presentación

8.1 La IGP Pa de Pagès Català se presenta al público en pieza entera y sin cortar. El pan se vende envasado. Se utiliza siempre un envoltorio individual para cada pieza de pan.

8.2 El envasado se debe realizar en el punto de venta, justo antes de la venta del producto al consumidor final.

8.3 Sólo podrá cortarse en rebanadas en el momento de la venta, si el cliente lo solicita.

8.4 Las dimensiones de las piezas de pan se describen en el pliego de condiciones y en el manual de gestión de calidad de acuerdo con el procedimiento que establece el Decreto 285/2006, de 4 de julio.

Artículo 9

Características

9.1 El pan protegido para la Indicación Geográfica Protegida Pa de Pagès Català debe reunir en el momento de su expedición las características visuales y organolépticas siguientes, previstas en el apartado b.2) del pliego de condiciones:

  1. Aspectos visuales:

    Es un pan redondo girado, de imagen rústica.

    La miga es de alveolado grande e irregular. Es del mismo color blanco que la harina que se utiliza y, permanece tierno en el tiempo.

    La corteza es gruesa y crujiente, de color tostado con cierto agrietado resultado de la apertura en el momento de la cocción.

  2. Características organolépticas:

    Es un pan de gran aroma y sabor, con cierta acidez que mantiene la sensación de frescor y una textura agradable pasadas 8-9 horas.

    9.2 El pan que no reúna las características mencionadas en el artículo anterior, en el pliego de condiciones y en el manual de gestión de calidad no podrá...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR