ORDEN FYM/929/2018, de 10 de agosto, por la que se modifica la Orden FYM/85/2017, de 6 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la restauración de daños causados a los bosques por incendios, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020.
Sección | Otras Disposiciones |
Rango de Ley | Orden |
Mediante Orden FYM/85/2017, de 6 de febrero, se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la restauración de daños causados a los bosques por incendios, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020.
Estas ayudas se encuentran incluidas en la Medida 8 «Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques», como Submedida 8.4 «Apoyo a la restauración de daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes» del documento de programación denominado Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020, elaborado por la Junta de Castilla y León y aprobado mediante Decisión de ejecución de la Comisión Europea en fecha 25 de agosto de 2015, siendo su contenido acorde con el indicado documento de programación.
La elevada cuantía de la ayuda, que puede llegar a ser de hasta 750.000 euros por expediente, aconseja introducir la posibilidad del pago a cuenta en el artículo de justificación y pago de la ayuda.
Por último, tras la convocatoria de ayudas realizada en el año 2017, se ha considerado oportuno realizar una serie de modificaciones para mejorar las bases reguladoras aprobadas, así como su adaptación a la normativa vigente.
La Autoridad de Gestión ha informado favorablemente la presente orden, en lo que respecta al cumplimiento de lo establecido en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020.
En virtud de lo anterior, en el ejercicio de las facultades conferidas en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,
DISPONGO:
Uno. Se añade una letra d) al apartado 4 del artículo 6, con la siguiente redacción:
d)...
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