ORDEN FYM/436/2020, de 2 de junio, por la que se formula la declaración ambiental estratégica de las Normas Urbanísticas Municipales de Fresno el Viejo (Valladolid), promovidas por el Ayuntamiento.

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

El titular de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el apartado 2 de la disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas para dicho órgano por el artículo 11 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, en relación con los planes o programas que deban ser autorizados o aprobados por la Administración de la Comunidad Autónoma o por la Administración Local de Castilla y León.

Las Normas Urbanísticas Municipales de referencia se someten al procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6.1.a) de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, puesto que establecen el marco para la futura autorización de proyectos legalmente sometidos a evaluación de impacto ambiental.

Considerando adecuadamente tramitado el expediente, de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa de aplicación anteriormente citada, y a iniciativa de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental,

RESUELVO

Formular la declaración ambiental estratégica de las Normas Urbanísticas Municipales de Fresno el Viejo (Valladolid), promovidas por el Ayuntamiento, que figura como Anexo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, esta declaración ambiental estratégica se hará pública en el Boletín Oficial de Castilla y León, para general conocimiento, sin perjuicio de su publicación en la sede electrónica de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.

Valladolid, 2 de junio de 2020.

El Consejero de Fomento y Medio Ambiente,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández

Miércoles, 10 de junio de 2020

ANEXO

DECLARACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES DE FRESNO EL VIEJO (VALLADOLID), PROMOVIDAS

POR EL AYUNTAMIENTO

DESCRIPCIÓN DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES

El municipio de Fresno el Viejo dispone en la actualidad de unas Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal desde el 6 de abril de 2000.

El municipio de Fresno el Viejo pertenece a la provincia de Valladolid, si bien se sitúa en el límite de provincia, prácticamente equidistante entre las capitales Valladolid (76 km) y Salamanca (74 km) y a una distancia un poco superior de Ávila (100 km).

Se trata de un municipio que cuenta con muy ligeras pendientes y se sitúa sobre una extensa llanura en la que predominan fundamentalmente terrenos dedicados a cultivo extensivo predominantemente la cebada y el trigo en el secano, y cultivos de regadío como la remolacha y las patatas.

El término municipal, de unos 64 km 2 de extensión, presenta numerosas zonas de montes de pino piñonero y resinero, áreas de encinas y zonas de matorral, aunque de relativamente poca superficie en relación a la totalidad del término municipal.

A esto se une la presencia de abundantes corrientes de agua, principalmente el río Trabancos que discurre al este del casco urbano. En su entorno existe chopo y demás vegetación de ribera como los juncales.

El objetivo de las normas urbanísticas municipales de Fresno el Viejo, como instrumento de planeamiento urbanístico municipal, es la ordenación del uso del suelo y la regulación de las condiciones para su transformación o conservación.

Con la redacción de las nuevas Normas Urbanísticas Municipales de Fresno el Viejo, se pretenden establecer las condiciones a las que se sujetarán las actuaciones urbanísticas públicas y privadas que se realicen en el territorio del término municipal, regularizando la situación actual del municipio, debido a las variaciones urbanísticas materializadas en los últimos años.

Se realizan las actuales normas con los siguientes objetivos:

* Asumir la situación y características del municipio en cuanto a sus necesidades o previsiones de expansión demográfica y económica.

* Intervenir, de manera limitada, en los bordes del casco urbano, resolviendo situaciones dudosas que se han ido desarrollando a lo largo de estos años de manera que el límite del suelo urbano quede claramente definido.

* Preservar y proteger los valores paisajísticos y productivos del territorio que por sus características así lo merezcan.

* Asumir aquellas situaciones con derechos consolidados derivados de desarrollos precedentes, salvo aquellos casos en que su mantenimiento perturbe gravemente a la ordenación que se propone.

* Crear un instrumento de planeamiento ágil, adaptado a la realidad física y social del municipio, así como a la nueva legislación autonómica en materia de urbanismo.

* Partiendo de la realidad existente, consensuar las actuaciones con los vecinos a fin de evitar crear unas Normas Urbanísticas Municipales que provoquen un rechazo o incumplimiento. Plantear una normativa clara y sencilla que...

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