ORDEN FORAL 48/2020, de 25 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se dispone la flexibilización de las medidas de contención y la reanudación de determinadas actividades presenciales en el ámbito educativo no universitario para el curso 2019/2020.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 116 - 29 de mayo de 2020 1. Comunidad Foral de Navarra 1.7. Otros ORDEN FORAL 48/2020, de 25 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se dispone la flexibilización de las medidas de contención y la reanudación de determinadas actividades presenciales en el ámbito educativo no universitario para el curso 2019/2020. El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, establece en su artículo 7 “Flexibilización de las medidas en el ámbito educativo no universitario y de la formación”, lo siguiente:

“Durante el periodo de vigencia de esta prórroga, y en el supuesto de que se acuerde la progresión a fase II o posterior en un determinado ámbito territorial con arreglo a lo previsto por el artículo 3.1, las administraciones educativas podrán disponer la flexibilización de las medidas de contención y la reanudación de las actividades presenciales en el ámbito educativo no universitario y de la formación, correspondiéndoles asimismo la ejecución de dichas medidas.

Durante este periodo podrán mantenerse las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y «on line», siempre que resulte posible y aunque no fuera esta la modalidad prestacional educativa establecida como forma específica de enseñanza en los centros.”

La misma previsión se recoge en el artículo quinto, apartado seis, de la Orden SDN/440/2020, de 23 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Una vez autorizado el acceso a la Fase 2 en Navarra, mediante Orden SND/442/2020, de 23 de mayo, Boletín Oficial del Estado de 24 de mayo de 2020, procede disponer la flexibilización de las medidas de contención y la reanudación de determinadas actividades presenciales en el ámbito educativo no universitario de la Comunidad Foral de Navarra para el curso 2019/2020.

En esta Fase II la actividad docente se concreta en la reanudación de las actividades docentes presenciales en segundo de Bachillerato y la realización de pruebas presenciales para la obtención de una certificación oficial de las Escuelas Oficiales de Idiomas, la realización de pruebas de carácter certificativo en los centros...

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