ORDEN FORAL 45/2016, de 23 de marzo, del Consejero de Desarrollo Económico por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la contratación de servicios especializados para la internacionalización de empresas navarras.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La internacionalización de las empresas es una estrategia que, en la coyuntura actual, se muestra como necesaria para asegurar su viabilidad y consolidación. El Plan Internacional de Navarra 2013-2016 contempla como eje fundamental la internacionalización de la empresa, apostando por el incremento del número de empresas exportadoras, y en particular de las PYMES.

En esta misma línea se sitúan las prioridades europeas marcadas en la “Estrategia Europa 2020” que subraya el papel protagonista de las PYMES europeas y en particular sus procesos de internacionalización, para volver a la senda del crecimiento en materia de empleo.

Desde el Departamento de Desarrollo Económico se desea mantener una línea de subvenciones de apoyo a la contratación de servicios especializados por las empresas navarras para su internacionalización, en el marco del Plan Internacional de Navarra 2013-2016.

Con tal objetivo se desea aprobar las bases reguladoras de esta línea de apoyos para la contratación de servicios especializados para la internacionalización. Estas subvenciones favorecerán a empresas navarras que están en una fase avanzada de su proceso de internacionalización, para que puedan cerrar contratos y/o implantarse en el extranjero. Para ello se hace imprescindible en muchos casos la contratación de servicios especializados en destino, para afrontar dificultades más complejas y específicas de cada país y sector que permitan finalizar con éxito esa fase de internacionalización y consolidar las exportaciones navarras.

Esta línea de apoyo persigue conseguir los siguientes objetivos concretos:

–Mejorar la calidad y planificación de los procesos de internacionalización de las PYMES navarras.

–Aumentar el número de empresas exportadoras regulares y la cifra de exportación de Navarra.

–Favorecer la implantación de empresas navarras en el exterior.

En un contexto de menor disponibilidad presupuestaria, se hace necesario que la dedicación de los recursos públicos vaya dirigida a sustentar los proyectos donde la consecución de los objetivos que se pretenden esté mejor garantizada. Es por ello que las bases que se aprueban establecen el procedimiento de concurrencia competitiva. Para ello se identifican cinco criterios de valoración de los proyectos de empresas. Dichos criterios de valoración cubren el amplio espectro de cuestiones relevantes a considerar a la hora de evaluar la idoneidad de los proyectos. A su vez, dichos criterios se articularán con unos factores de ponderación determinados en cada convocatoria, lo que permitirá una acomodación anual a las circunstancias cambiantes de las demandas y necesidades en materia de internacionalización.

Las subvenciones concedidas en el marco de estas bases están cofinanciadas por el FEDER a una tasa del 50%, a través del Programa Operativo FEDER 2014-2020 de Navarra.

Anualmente, mediante Resolución, se abrirá la convocatoria para la presentación de candidaturas a esta línea de subvenciones.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

  1. Aprobar las bases reguladoras de las subvenciones para la contratación de servicios especializados para la internacionalización de empresas navarras, que figuran en el anexo.

  2. Trasladar esta Orden Foral y su anexo a Intervención Delegada, al Centro Contable del Departamento de Desarrollo Económico y al Servicio de Proyección Internacional, a los efectos oportunos.

  3. Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

  4. La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

    Pamplona, 23 de marzo de 2016.–El Consejero de Desarrollo Económico, Manuel Ayerdi Olaizola.

    ANEXO

    Bases reguladoras servicios especializados para la internacionalización

    Base 1.–Objeto.

    Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones para la contratación de servicios especializados de apoyo a la internacionalización. Se pretende prestar apoyo a las pymes navarras para reforzar su presencia internacional incrementando la exportación de sus productos o servicios a mercados en los que ya tienen presencia, o para su implantación en mercados extranjeros.

    Estas subvenciones se enmarcan dentro del Plan Internacional de Navarra 2013-2016, que en su eje 2 “Apoyo a la internacionalización de la empresa y otras entidades”, y buscan contribuir al impulso de las exportaciones de empresas navarras. Son una herramienta fundamental de apoyo a la internacionalización de la Comunidad Foral y entronca directamente con la RIS 3 (Research and Innovation Smart Specialisation Strategy) de Navarra.

    Base 2.–Gastos subvencionables.

    Será acogible la contratación externa de servicios especializados para el impulso de sus exportaciones en los mercados en los que la empresa ya vende, o para su implantación en el exterior, conforme al plan de internacionalización para el país, presentado a esta subvención. También se acogerán algunos gastos inherentes a la implantación productiva o comercial.

    En concreto, serán subvencionables los gastos siguientes:

    –Asesoramiento jurídico: mercantil, fiscal, administrativo y laboral.

    –Asesoramiento contable y financiero.

    –Consultoría de negocio y marketing internacional. Serán elegibles los gastos de consultoría de negocio y marketing para la implantación o venta en el mercado de destino. Han de ser por lo tanto trabajos puntuales y concretos, con objetivos específicos de negocio en el mercado elegido. Deberán estar realizados por una empresa especializada para ofrecer dicha prestación y así deberá reflejarse en la memoria. Por ejemplo: asesoramiento para decidir ubicación sede, para elegir canales de distribución, para definir características del etiquetado en mercado objetivo, para diseñar estrategia de promoción en el segmento de mercado elegido. No se considerará subvencionable la consultoría para la selección de mercado, ni los análisis de mercado generales, ni la recogida de información sobre listados de distribuidores, ni la contratación de agentes comerciales en destino, ni los planes de marketing globales no adaptados al segmento de mercado escogido.

    –Contratación de empresas especializadas en selección de personal destinado a la implantación en el exterior.

    –Contratación de asesoramiento en temas de homologación y...

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