ORDEN FORAL 44/2022, de 18 de febrero, del consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se modifican la Orden Foral 257/2011, de 10 de marzo, del consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las instrucciones para la implantación progresiva de medidas de flexibilización del horario de trabajo del personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos y la Orden Foral 154/2021, de 16 de diciembre, del consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se aprueba el calendario laboral del año 2022 para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 42 - 28 de febrero de 2022 1. Comunidad Foral de Navarra 1.1. Disposiciones Generales 1.1.3. Órdenes Forales ORDEN FORAL 44/2022, de 18 de febrero, del consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se modifican la Orden Foral 257/2011, de 10 de marzo, del consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las instrucciones para la implantación progresiva de medidas de flexibilización del horario de trabajo del personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos y la Orden Foral 154/2021, de 16 de diciembre, del consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se aprueba el calendario laboral del año 2022 para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos. Mediante Orden Foral 257/2011, de 10 de marzo, del consejero de Presidencia, Justicia e Interior, se aprobaron las instrucciones para la implantación progresiva de medidas de flexibilización del horario de trabajo del personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Asimismo, por Orden Foral 154/2021, de 16 de diciembre, del consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, se aprobó el calendario laboral del año 2022 para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

En ambas Órdenes Forales se establece que en las unidades de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos que tienen implantado el horario flexible, la parte fija del horario está comprendida entre las 9:00 y las 14:30 horas, y el tiempo restante queda para su realización, a elección del personal entre las 7:30 y las 9:00 horas y entre las 14:30 y las 17:00 horas. No obstante, se contempla la posibilidad de ampliar la flexibilidad en la entrada diaria al puesto de trabajo en media hora, como medida específica restringida a aquellas personas empleadas que tengan a su cargo determinadas responsabilidades familiares.

Por otra parte, en ambas Órdenes Forales se establece que, durante la jornada diaria de trabajo, que para el año 2022 tiene, con carácter general, una duración de 7 horas y 20 minutos, el personal que tenga una jornada diaria de trabajo continuada de seis o más horas de duración podrá disfrutar de una pausa de treinta minutos de duración como máximo que podrá realizarse entre las 10:00 y las 13:00 horas, no pudiendo dicha interrupción afectar a la prestación de los servicios.

Pues bien, con el fin de seguir avanzando en medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal y familiar con la prestación del servicio, procede no solo extender a todo el personal la ampliación de la flexibilidad horaria señalada en la entrada diaria al puesto de trabajo, sino también ampliar la franja horaria en la que se puede disfrutar de la pausa de treinta minutos, a efectos de que el personal pueda retrasar su disfrute e incluso utilizarla para comer. Asimismo, se amplían los supuestos en los que se tiene derecho a pausa, introduciendo un descanso de 15 minutos para el personal cuya jornada sea mayor de cuatro horas y media y menor de...

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