ORDEN FAM/688/2021, de 21 de mayo, por la que se modifica la Orden FAM/203/2016, de 14 de marzo, que desarrolla el Título III, de las actividades juveniles de tiempo libre, del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción juvenil en Castilla y León.
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades |
Rango de Ley | Orden |
La Ley 11/2002 de 11 de julio, de Juventud de Castilla y León, regula, dentro de su título III, las actividades juveniles de tiempo libre, cuyo artículo 37, relativo a los requisitos necesarios para el desarrollo de actividades juveniles de tiempo libre, ha sido recientemente modificado por la LEY 1/2021, de 22 de febrero, de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas.
La citada modificación obedece a la necesidad de ejercer un mayor control sobre las actividades juveniles de tiempo libre que se celebren en Castilla y León, de manera que redunde en una mayor seguridad de los jóvenes participantes en dichas actividades. A tal fin, tras la modificación, todas las actividades juveniles de tiempo libre, tengan o no pernocta, deben comunicarse por los organizadores a la Administración con carácter previo a su inicio, además de exigirse la realización de la correspondiente evaluación de riesgos.
La Orden FAM/203/2016, de 14 de marzo, que desarrolla el Título III, relativo a las actividades juveniles de tiempo libre, regula precisamente los requisitos, documentos y procedimiento para realizar la comunicación previa de las actividades juveniles de tiempo libre, por lo que se hace necesario proceder a su modificación para adaptarla a las exigencias de la nueva redacción del artículo 37 de la Ley de Juventud de Castilla y León, en el sentido anteriormente expuesto.
Por todo ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 26, en su apartado f) de la Ley 3/2001, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León,
DISPONGO
La Orden FAM/203/2016, de 14 de marzo, que desarrolla el título III «De las Actividades Juveniles de Tiempo Libre», del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción juvenil de Castilla y León, se modifica en los siguientes términos:
Martes, 8 de junio de 2021
Uno. El artículo 2, cuya rúbrica es «Comunicación previa», queda redactado de la siguiente forma:
Artículo 2. Comunicación previa.
1. Están...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba