ORDEN FAM/461/2018, de 24 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Castilla y León en el marco del Programa IOEMPRESAS. Código REAY FAM 005.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El Estatuto de AutonomÃa de Castilla y León, en el apartado 1 de su artÃculo 14 prohÃbe expresamente la discriminación de género, y en el apartado 2 exige a los poderes públicos de la Comunidad garantizar la transversalidad del principio de igualdad de género en todas sus polÃticas, promoviendo acciones positivas para lograr la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, entre otros en el ámbito laboral.

El derecho a la no discriminación por razón de género que recoge el artÃculo citado se proyectará en el ejercicio de la competencia exclusiva en materia de promoción de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres que según el artÃculo 70.1.11.º del Estatuto de AutonomÃa le corresponde a esta Comunidad.

La Ley 1/2003, de 3 marzo, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Castilla y León es la máxima manifestación de esa competencia exclusiva y constituye el marco jurÃdico para el desarrollo de las polÃticas dirigidas a la promoción de la igualdad.

En aplicación de los artÃculos 3 y 4 de Ley 1/2003, de 3 marzo, y con el fin de llevar a cabo la planificación integral de las actuaciones dirigidas a la consecución de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, por Acuerdo 36/2017, de 20 de julio, de la Junta de Castilla y León, se aprueba la Agenda para la igualdad de género 2020. Una de las áreas estratégicas de esta Agenda es la referida a empresa, empleo y tecnologÃa, la cual contempla como uno de sus objetivos generales el de favorecer el acceso al empleo y la promoción laboral en igualdad de oportunidades de mujeres y hombres y apoyar las iniciativas empresariales que lo fomenten. Para ello, se establecen como objetivos estratégicos, entre otros, el de integrar la perspectiva de género en el ámbito laboral, e incentivar la adopción de medidas de conciliación y corresponsabilidad.

Las empresas, incluidas en este término las personas fÃsicas empleadoras y otras entidades que desarrollan su actividad en Castilla y León, son las verdaderas artÃfices de la consecución de los objetivos operativos en que se articula ese objetivo estratégico, por lo que procede, por parte de la Administración de la Comunidad, prestarles el apoyo económico que permita avanzar en el logro de ese objetivo, la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.

El Fondo Social Europeo es el principal instrumento con el que Europa apoya la creación de empleo, ayuda a las personas a conseguir mejores puestos de trabajo y garantiza oportunidades laborales más justas para todos los ciudadanos de la Unión Europea. Mediante decisión de la Comisión, de fecha 4 de noviembre de 2015, se ha aprobado el Programa Operativo FSE de Castilla y León, para el periodo 2014-2020.

Uno de los ejes prioritarios del Programa Operativo del FSE 2014-2020 es el Eje 1: Promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral; en la Prioridad de Inversión 8.4: la igualdad entre hombres y mujeres en todos los ámbitos, incluidos el acceso al empleo, la progresión en la carrera profesional, la conciliación de la vida laboral y la vida privada, y la promoción de igual remuneración por igual trabajo; y el objetivo especÃfico 8.4.2: integrar y mantener en el mercado laboral a las personas con dependientes a su cargo, a través de medidas de conciliación de la vida personal y laboral, y fomentar la igualdad de género en el ámbito formativo, educativo y laboral.

La Gerencia de Servicios Sociales tiene atribuidas, en virtud de su reglamento general, aprobado por Decreto 2/1998, de 8 de enero, las funciones de elaboración de las lÃneas de actuación necesarias para garantizar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y la planificación autonómica de igualdad de oportunidades. En el artÃculo 20 ter del citado reglamento se señala que le corresponde a la Dirección General de la Mujer, bajo la dirección del Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León, la adopción de medidas que faciliten la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral.

Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y por el Decreto 2/1998, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento general de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, y el Informe n.º 26/2018 de los Servicios JurÃdicos

DISPONGO:

ArtÃculo único. Objeto.

La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras que han de regir la convocatoria de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a fomentar la implantación de medidas de acción positiva que favorezcan la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Castilla y León, que se incorporan como Anexos a la presente disposición.

Disposición adicional Régimen jurÃdico supletorio.

En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, lo establecido en la Ley 2/2006, de 3 de mayo de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, asà como en los preceptos que resulten de aplicación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Resultará de aplicación el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y el Reglamento (UE) n.º 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social

Europeo y demás reglamentos delegados y de ejecución vigentes, relativos a materias relacionadas con el Fondo Social Europeo, y la Orden ESS/1924/2016, de 13 de diciembre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el periodo de programación 2014-2020.

Disposición derogatoria Derogación normativa.

Queda derogada la Orden FAM/749/2015, de 7 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral en Castilla y León, asà como las normas de rango igual o inferior que se opongan a lo que dispone esta orden.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Habilitación ejecutiva.

Se faculta al Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León para dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean precisas para el cumplimiento y efectividad de esta orden.

Segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el dÃa siguiente al de su publicación en el BoletÃn Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 24 de abril de 2018.

La Consejera,

Fdo.: Alicia GarcÃa RodrÃguez

ANEXO

BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, COFINANCIADAS POR F.S.E., DIRIGIDAS A FOMENTAR LA IGUALDAD

DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN EL ÁMBITO LABORAL Y LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL

EN CASTILLA Y LEÓN EN EL MARCO DEL PROGRAMA IOEMPRESAS

Primera.- Objeto y finalidad.

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas a financiar la implantación de medidas de acción positiva, planes de igualdad y actuaciones que favorezcan la igualdad entre mujeres y hombres y la conciliación de la vida personal, laboral y familiar en Castilla y León, en el ámbito laboral y empresarial, en el marco del programa IOEMPRESAS.

La finalidad de estas subvenciones es poner los medios para que la igualdad entre mujeres y hombres se haga efectiva en el ámbito de Castilla y León.

Segunda.- Financiación.

  1. El importe máximo destinado a estas subvenciones asà como las partidas presupuestarias correspondientes, se determinarán en la correspondiente convocatoria.

  2. Las presentes subvenciones serán cofinanciadas al 50% por la Gerencia de Servicios Sociales y el Fondo Social Europeo, dentro de las medidas programadas en el Programa IOEMPRESAS (Programa Operativo 2014-2020).

    Tercera.- Actuaciones subvencionables.

  3. Serán subvencionables las actuaciones que, además de cumplir el resto de requisitos establecidos en la presente orden y en su correspondiente convocatoria, se encuadren dentro del fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en castilla y león en el marco del programa IOEMPRESAS y dentro de alguna de las siguientes lÃneas programáticas:

    - A) LÃnea programática destinada al fomento de la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral en Castilla y León.

    - Acciones que promuevan una mayor igualdad de oportunidades en el acceso a cualquier puesto de trabajo dentro de la organización.

    - Acciones que mejoren la situación de la mujer en la empresa a través de la revisión de la clasificación profesional, igualdad en materia retributiva, tipologÃa de contrato, presencia de mujeres en cargos de responsabilidad y acciones que favorezcan la presencia de las mujeres en áreas y niveles en los que estén subrepresentadas.

    - Actuaciones dirigidas a prevenir y actuar ante el acoso sexual y por razón de sexo.

    - Actuaciones dirigidas a implantar un uso inclusivo del lenguaje en la comunicación interna y externa y a promover una publicidad no discriminatoria y exenta de estereotipos de género.

    - Actuaciones dirigidas a la formación especÃfica para mujeres que les permita ocupar puestos de mayor responsabilidad o acceder a puestos de trabajo en los que la presencia de la mujer es minoritaria.

    ...

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