ORDEN FAM/1151/2015, de 23 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones dirigidas a entidades sin ánimo de lucro para la realización de un programa de movilidad europea, formación y fomento de la empleabilidad para jóvenes de Castilla y León, financiada por el programa operativo de empleo juvenil (POEJ).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorUniversidad Salamanca
Rango de LeyOrden

Mediante ORDEN FAM/949/2015, de 4 de noviembre de 2015 («B.O.C. y L.» n.º 216 de 9 de noviembre) se efectúa convocatoria pública a entidades sin ánimo de lucro para la realización de un programa de movilidad europea, formación y fomento de la empleabilidad para jóvenes de Castilla y León financiada por el programa operativo del Fondo Social Europeo.

La Dirección General del Instituto de la Juventud de Castilla y León ha instruido el procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en dicha convocatoria, examinando la conformidad de las solicitudes con los requisitos exigidos y el cumplimiento de las condiciones impuestas por aquella para adquirir la condición de beneficiario. Una vez reunida la comisión de valoración prevista en el apartado decimocuarto punto primero de la Orden de Convocatoria, y una vez revisadas y valoradas por dicha Comisión las solicitudes presentadas, siguiendo los criterios recogidos en el punto segundo del referido apartado decimocuarto, y emitido informe por la comisión de valoración en el que consta la aplicación de los criterios de valoración contemplados en la convocatoria y que el solicitante que se relaciona cumple todos los requisitos exigidos para acceder a la subvención.

Formulada propuesta de resolución por la Dirección General del Instituto de la Juventud en base al apartado decimotercero punto tres de la orden de convocatoria que establece que finalizada la instrucción el titular del Instituto de la Juventud de Castilla y León formulará la propuesta de resolución de concesión de la subvención,

Por todo lo anteriormente expuesto, en aplicación de lo previsto, de conformidad con el informe de la comisión de valoración, con la orden de convocatoria y las correspondientes bases reguladoras,

RESUELVO:

Primero.- Denegar la concesión de la subvención a aquellas solicitudes incluidas en el Anexo I, por no reunir los requisitos exigidos en la disposición 4.1 y 6 de la Orden FAM/949/2015, de 9 de noviembre.

Segundo.- Conceder la subvención a la entidad sin ánimo de lucro relacionada en el Anexo II, destinada a financiar la realización de un programa de movilidad europea, formación y fomento de la empleabilidad para jóvenes de Castilla y León financiada por el programa operativo de empleo juvenil.

Tercero.- Denegar la concesión de la subvención a aquellas solicitudes, que reuniendo los requisitos, se recogen en el Anexo III, y que tras haber sido evaluadas por la Comisión de...

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