Orden CUL/3359/2011, de 30 de noviembre, por la que se aprueba el Estatuto del Centro Nacional de Difusión Musical, como centro de gestión artística del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

MarginalBOE-A-2011-19210
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden
CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 4
Artículo 1 Objeto, fines y sede.
  1. Constituye objeto del presente Estatuto regular los objetivos, organización y funciones del CNDM, centro de gestión artística del INAEM, Organismo Autónomo del Ministerio de Cultura, que tiene como fines recuperar, conservar, revisar y difundir el patrimonio musical español e internacional, además de atender de forma prioritaria la creación y difusión de la música contemporánea española, las músicas históricas, la música clásica en aquellas líneas complementarias a las que realicen en gira o en sede los otros centros de producción artística del INAEM, las músicas de tradición popular y el diseño de programas pedagógicos transversales a todos los ámbitos de su competencia.

  2. Es responsabilidad del CNDM transmitir este patrimonio a las generaciones futuras para lo que se mantendrá y actualizará el correspondiente repertorio, facilitando el acercamiento de nuevos públicos e impulsando su proyección nacional e internacional en un marco de plena autonomía artística y de creación.

  3. El CNDM tiene su sede permanente en el Auditorio Nacional de Música, ubicado en la ciudad de Madrid, siendo su ámbito natural de actuación el conjunto del Estado español.

Artículo 2 Principios generales de actuación.

El CNDM desempeñará sus funciones desde la práctica de los valores genéricos de transparencia, legalidad, profesionalidad e imparcialidad que deben inspirar las actuaciones de toda institución pública y desde unos valores intrínsecos de los centros artísticos del INAEM que son: la calidad del servicio a la ciudadanía, la excelencia en el desempeño profesional, la participación de los grupos de interés, la vocación didáctica, el uso eficiente de los recursos y la preservación, difusión y transmisión del patrimonio musical con especial atención a la creación y difusión de la música contemporánea española y a la recuperación y difusión de nuestro patrimonio histórico.

Artículo 3 Destinatarios de las actividades del CNDM.

El CNDM dirigirá su actividad a la satisfacción de las demandas de las instituciones y grupos de interés con los que se relaciona y que se enumeran a continuación:

  1. El propio INAEM, al que servirá en sus fines de promoción, protección y difusión de la música, proyección en el exterior y comunicación cultural entre las distintas Comunidades Autónomas. Esta tarea se desarrollará en estrecha colaboración con otros centros artísticos del INAEM.

  2. La sociedad española, a la que se facilitará el acceso al conocimiento, entendimiento y valoración de la música en todas sus vertientes artísticas, con especial atención a la creación y difusión de la música contemporánea y a las músicas históricas.

  3. Las personas que desarrollen su actividad profesional en los distintos ámbitos de la música (composición, interpretación y creación artística), para las que se creará un entorno propicio en el que desarrollen su talento artístico, su trabajo creador, la transmisión de su saber, el debate y la discusión.

  4. Las instituciones españolas de música, públicas y privadas, con las que podrá desarrollar proyectos artísticos que contribuyan al cumplimiento de su misión, en coproducción u otras formas de asociación.

  5. Las instituciones internacionales de referencia en este sector, con las que llevarán a cabo relaciones e iniciativas comunes.

  6. La comunidad educativa, junto a la que promoverá la educación y sensibilidad artística para facilitar su acercamiento al conocimiento y entendimiento de la música.

  7. Los espectadores, a los que se ofrecerá una panorámica relevante, diversa y amplia del repertorio musical español e internacional.

  8. Los patrocinadores, con los que se podrá diseñar, en su caso, los oportunos programas de colaboración.

  9. Los medios de comunicación, a los que se les facilitará información relevante de las actividades del CNDM para el desempeño de su labor.

  10. Los componentes del equipo artístico, técnico y de gestión del CNDM, a quienes se ofrecerá la oportunidad de desarrollarse profesionalmente en el seno de este centro de creación.

Artículo 4 Objetivos estratégicos.

En el marco del presente Estatuto, el INAEM establece para el CNDM los siguientes objetivos estratégicos:

  1. Su consolidación como institución de referencia en el ámbito de la interpretación, creación, producción y difusión de la música en todo el Estado, con especial atención a...

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