Orden ESS/1774/2015, de 31 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

MarginalBOE-A-2015-9559
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Empleo y Seguridad Social
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta pública de empleo para el año 2015 y de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 3/2015, de 22 de marzo, por el que se prevé una oferta de empleo público extraordinaria y adicional para luchar contra el fraude en los servicios públicos, para el impulso del funcionamiento de la Administración de Justicia y en aplicación de las medidas previstas en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, y con el fin de atender a las necesidades de personal de la Administración pública, así como de lo dispuesto en el apartado B.2 del Real Decreto 206/2010, de 26 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios a la Generalitat de Cataluña en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, su Acuerdo Complementario núm. 1 y la cláusula quinta del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Departament de Treball de la Generalitat de Cataluña, en materia de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Cataluña, de 5 de marzo de 2010, y con el fin de atender a las necesidades de personal de la Administración pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de enero de 2011, por el que se aprueba el I Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU73416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27 de noviembre), modificada por Orden PRE/2061/2009, de 23 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 30 de julio).

Bases específicas

La presente convocatoria, se publicará en la página www.administración.gob.es, en la página web de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social www.meyss.es/itss y en la página web del Departament de Empresa i Ocupació de la Generalitat de Cataluña www.gencat.cat/empreaiocupacio.

  1. Descripción de las plazas

    1.1.A) Se convocan pruebas selectivas para cubrir un total de 35 plazas del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, código A1502, por el sistema general de acceso libre; 12 plazas son las comprendidas en el anexo I del Real Decreto 196/2015 de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015, 19 plazas se convocan en virtud de lo previsto en el artículo 3 Real Decreto-ley 3/2015, de 22 de marzo, por el que se prevé una oferta de empleo público extraordinaria y adicional para luchar contra el fraude en los servicios públicos, para el impulso del funcionamiento de la Administración de Justicia y en aplicación de las medidas previstas en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local y otras cuatro plazas se convocan a petición del Departament de Empresa i Ocupació de la Generalitat de Cataluña en base a lo establecido en el apartado B.2 del Real Decreto 206/2010, de 26 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios a la Generalitat de Cataluña en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y sus normas de desarrollo, y cuyo destino será en la Generalitat de Cataluña en puestos de su Relación de Puestos de Trabajo

    Del total de las 35 plazas antes señaladas, se reservarán dos plazas para quien tenga la condición legal de persona con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, correspondiendo estas plazas a las comprendidas en el anexo I del Decreto 196/2015 de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015 y a las previstas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto Ley 3/2015 de 22 de marzo, por el que se prevé una oferta de empleo público extraordinaria y adicional para luchar contra el fraude en los servicios públicos, para el impulso del funcionamiento de la Administración de Justicia y en aplicación de las medidas previstas en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.

    Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, el aspirante con discapacidad que haya superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrá optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

    De acuerdo con lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se acumularán a las de acceso general, acumulándose al cupo del 7 por ciento de la Oferta siguiente, con un límite máximo del 10 por ciento.

    De conformidad con lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación, en la que reflejarán sus necesidades específicas.

    1.1.B) También se convocan pruebas selectivas para cubrir un total de ocho plazas del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, código A1502, por el sistema de promoción interna, como se establece en el anexo VI del Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015.

    A efectos de lo dispuesto en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 15 de abril), se consideran independientes ambos sistemas se selección por lo que las plazas convocadas para el sistema de promoción interna que, en su caso, quedaran vacantes, no podrán acumularse a las del sistema de acceso libre.

    1.2 Los aspirantes solo podrán participar en una de las dos convocatorias, turno libre o promoción interna.

  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo se desarrollará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con los ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifiquen en el anexo I.

    El proceso selectivo incluirá la superación de un curso selectivo de carácter eminentemente práctico. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y de concurso serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad competente.

  3. Programas

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

  4. Titulación

    Los aspirantes deberán estar en posesión o condiciones de obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

  5. Nacionalidad

    Solo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.

  6. Requisitos específicos acceso por promoción interna

    Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán cumplir además los siguientes requisitos:

    Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A 2, o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

    Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpo o Escala del Subgrupo A2 o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2, o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1. de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

  7. Solicitudes

    7.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas, deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en la página web.administración.gob.es (Empleo Público y Becas- Empleo Público) y en la página web de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social www.meyss.es/itss y en la página web del Departament de Empresa i Ocupació de la Generalitat de Cataluña www.gencat.cat/empresaiocupacio, donde...

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