ORDEN ENS/16/2016, de 3 de febrero, de modificación de la Orden ENS/330/2014, de 6 de noviembre, de procedimiento de promoción docente por estadios.

SecciónDISPOSICIONES
EmisorDEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA
Rango de LeyOrden

El apartado 4 del anexo de la Orden ENS/330/2014, de 6 de noviembre, establece la aplicación al profesorado de los resultados de la evaluación del centro y determina que, en cada centro que haya obtenido una valoración de nivel 3 o nivel 4 y se hayan presentado solicitudes de valoración del profesorado por esta modalidad, se ha de constituir una comisión de valoración que ha de determinar el grado de implicación del profesorado en el logro de los objetivos fijados por el centro y en la mejora de sus resultados o en el mantenimiento de buenos resultados.

Dado que se considera necesario potenciar la intervención y participación de la dirección de los centros públicos en la evaluación del ejercicio de la actividad docente, de acuerdo con las funciones que tiene encomendadas por el artículo 142.5.j de la Ley 12/2009, del 10 de julio, de educación, es procedente modificar la composición de la comisión de valoración establecida en el apartado 4 del anexo de la Orden ENS/330/2014.

Por otra parte, y con el fin de garantizar el principio de transparencia a tener en cuenta en los procedimientos de evaluación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 184.1 de la Ley 12/2009, hay que incluir en el anexo de la Orden ENS/330/2014 los elementos y descriptores que deben regir en la evaluación de la actividad docente del profesorado que opte por esta modalidad de evaluación.

Efectuado el trámite de consulta a los representantes sindicales de la Mesa sectorial del personal docente no universitario,

Ordeno:

Artículo 1

Se modifica el apartado 4 del anexo de la Orden ENS/330/2014, en lo que se refiere a la composición de la comisión de valoración que, en consecuencia, queda redactado en los siguientes términos:

4. Aplicación al profesorado de los resultados de la evaluación del centro.

En este apartado se tienen en cuenta los indicadores de centro referidos a los resultados desde una perspectiva que integra la evaluación interna y la evaluación externa.

La evaluación de los resultados del centro incorpora, entre otros elementos: los rendimientos educativos, las evaluaciones de las competencias básicas alcanzadas por los alumnos, el resultado de las evaluaciones externas de alumnos, especialmente las referidas a la finalización de cada etapa educativa, la continuidad de los estudiantes en la etapa de educación postobligatoria y los datos relativos al contexto socioeducativo y al abandono escolar.

Corresponde a la Inspección de Educación efectuar anualmente una valoración de la consecución de los objetivos establecidos para cada centro educativo y de la mejora de sus resultados a partir del análisis...

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