ORDEN ENS/14/2015, de 20 de enero, por la que se abre convocatoria pública para la concesión de becas de colaboración en el ámbito de las actuaciones del Consejo Superior de Evaluación del Sistema Educativo, durante el año 2015, y se aprueban las bases reguladoras.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA
Rango de LeyOrden

Mediante el Decreto 305/1993, de 9 de diciembre, se creó el Consejo Superior de Evaluación del Sistema Educativo, cuya finalidad es realizar tarea de análisis y evaluación del sistema educativo de nivel no universitario de Cataluña, y dotarlo de estructuras y mecanismos de evaluación de calidad, así como de instrumentos y herramientas que permitan el análisis descriptivo e interpretativo del logro de los objetivos educativos, especialmente los que se refieren a conseguir el éxito educativo de todo el alumnado y al impulso de programas de apoyo y refuerzo escolar de los alumnos y a los centros ubicados en entornos socioeconómicos más desfavorecidos.

El Consejo Superior de Evaluación del Sistema Educativo es consciente de la necesidad de favorecer la formación práctica de las personas que cursen estudios universitarios, que acaben de obtener la graduación o licenciatura, o bien que cursen masters oficiales o programas de doctorado. Por este motivo, y con el objetivo de facilitarles la incorporación al mercado de trabajo como profesionales cualificados, el Departamento de Enseñanza cree conveniente abrir una convocatoria de dos becas destinadas a contar con la colaboración de personas que se encuentren en alguna de esas situaciones.

Por eso, a propuesta del Consejo Superior de Evaluación del Sistema Educativo, y de acuerdo con lo que prevé el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones,

Ordeno:

Artículo 1

Abrir convocatoria pública para la concesión de dos becas de colaboración en el ámbito de las actuaciones del Consejo Superior de Evaluación del Sistema Educativo, para desarrollar tareas relacionadas con las materias de evaluación y prospectiva de la educación y con los ámbitos funcionales del Consejo, y en concreto con el ámbito de trabajo Elaboración de propuestas y estudios, tratamiento y análisis de datos.

Artículo 2

Aprobar las bases que rigen esta convocatoria, que constan en el anexo de esta orden.

Artículo 3

El importe máximo que se destina a la concesión de estas becas es de 24.660,00 euros, incluida la cuota patronal de la Seguridad Social, y se hará efectivo con cargo a la partida presupuestaria D/480000100/4210/0000 del centre gestor EN01, del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el 2014, prorrogado para el año 2015.

Artículo 4

El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de esta orden en el DOGC. Sin embargo, si quedan becas vacantes, se pueden abrir nuevos períodos de presentación de solicitudes.

Artículo 5

Se delega en la secretaria general la competencia para resolver esta convocatoria.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

Asimismo, pueden interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante la consejera de Enseñanza, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 20 de enero de 2015

Irene Rigau i Oliver

Consejera de Enseñanza

Anexo

Bases reguladoras

—1 Objeto

El objeto de la colaboración es la realización de estudios y trabajos en el ámbito de las actuaciones del Consejo Superior de Evaluación del Sistema Educativo, para desarrollar tareas relacionadas con las materias de evaluación y prospectiva de la educación y con los ámbitos funcionales del Consejo.

Para el año 2015 se convocan dos becas referidas al ámbito de trabajo Elaboración de proyectos y estudios, tratamiento y análisis de datos.

—2 Finalidad

2.1 Las becas de colaboración tienen por...

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