Orden EFP/928/2023, de 21 de julio, por la que se resuelve la renovación y acceso de los conciertos educativos para la enseñanza de educación primaria a partir del curso académico 2023/2024 en las ciudades de Ceuta y Melilla.

MarginalBOE-A-2023-17838
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación y Formación Profesional
Rango de LeyOrden

Por Orden EFP/200/2023, de 22 de febrero, se dictan normas para la aplicación del régimen de conciertos educativos a partir del curso académico 2023/2024, en las Ciudades de Ceuta y Melilla, para las enseñanzas de la educación primaria, previsto en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; en el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, aprobado por Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, y en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.

Vistas las solicitudes de renovación y acceso de los conciertos educativos de educación primaria, formuladas por los centros docentes privados que se relacionan en los correspondientes anexos, de acuerdo con los artículos 19 y 33 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, aprobado por el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, y cumplidos los trámites previstos en la legislación vigente y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3 y 24 del citado Reglamento,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero. Aprobación y denegación de conciertos educativos de educación primaria en Ceuta y Melilla. Una vez cumplimentados todos los requisitos exigidos por la Orden EFP/200/2023, de 22 de febrero:

  1.  Se aprueba la renovación de los conciertos educativos de educación primaria, suscritos por los centros docentes privados en las ciudades de Ceuta y Melilla, que se relacionan en el anexo I de esta orden, según lo dispuesto en el artículo 43 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.

  2.  Se deniegan las solicitudes de ampliación para los conciertos de enseñanzas de educación primaria recogidas en el anexo II. Se indican los motivos de la denegación de aquellas unidades cuyo acceso o ampliación se solicita, según lo dispuesto en el artículo 24.1 del citado Reglamento.

    Segundo. Vigencia de estos conciertos educativos. 1. Los conciertos educativos que por la presente Orden se aprueban extenderán su vigencia desde el inicio del curso escolar 2023/2024 hasta la finalización del curso 2028/2029 para la enseñanza de educación primaria.

  3.  No obstante, dichos conciertos mantendrán la configuración de unidades para el curso 2023/2024 prevista en el anexo I. En cursos posteriores dicha configuración de unidades podrá ser modificada en aplicación del apartado decimosexto de la Orden EFP/200/2023, de 22 de febrero, y del artículo 46 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.

    Tercero. Financiación de módulos económicos. 1. De acuerdo con el Real Decreto 1635/2009, de 30 de octubre, por el que se regulan la admisión de los alumnos en centros públicos y privados concertados, los requisitos que han de cumplir los centros que impartan el primer ciclo de la educación infantil y la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, y con la Orden EDU/849/2010, de 18 de marzo, por la que se regula la ordenación de la educación del alumnado con necesidad de apoyo educativo y se regulan los servicios de orientación educativa en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, en las ciudades de Ceuta y Melilla, tanto en educación infantil y primaria como en educación secundaria obligatoria, los maestros que presten atención especializada al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, deberán estar en posesión de las especialidades de Pedagogía Terapéutica o de Audición y Lenguaje.

  4.  Las unidades concertadas de apoyo al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y/o compensación educativa en educación primaria se financiarán de acuerdo con los módulos económicos aprobados por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para la educación primaria.

    Cuarto. Notificación de los conciertos. 1. La persona titular de la Dirección Provincial notificará a los interesados el contenido de esta orden, así como la fecha, lugar y hora en que deban personarse para firmar el documento administrativo de formalización del concierto educativo, que se adjuntan en el anexo III.

  5.  Entre la notificación y la firma del concierto deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

    Quinto. Firma y suscripción de los conciertos. 1. El documento administrativo de formalización del concierto educativo será firmado por la persona titular de la Dirección Provincial y por el titular del centro privado o persona con representación legal debidamente acreditada.

  6.  Si el titular del centro privado, sin causa justificada, no suscribiese el documento de formalización en la fecha notificada, se entenderá decaído en su derecho.

    Sexto. Recursos. Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

    Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Madrid, 21 de julio de 2023.–La Ministra de Educación y Formación Profesional, María del Pilar Alegría Continente.

ANEXO I Renovación de los conciertos educativos para el curso 2023/2024 Enseñanzas de Educación Primaria

Provincia: Ceuta

Número de código Denominación, domicilio, municipio y localidad Concierto Educación Primaria Motivos de la modificación
Unidades Apoyos
PT y AL Apoyo educativo
51000432 BEATRIZ DE SILVA. c/ Salud Tejero, 3. Ceuta - Ceuta. Concertadas 2022/2023. 12 1 PT y 1 AL 2 *
Concertadas 2023/2024. 12 1 PT y 1 AL 2
51000055 LA INMACULADA. c/ Millán Astray, 3. Ceuta - Ceuta. Concertadas
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