Orden EFP/717/2022, de 22 de julio, por la que se crea la red estatal de centros de excelencia de formación profesional, se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para su implantación y desarrollo, y se procede a su convocatoria en el año 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

MarginalBOE-A-2022-12621
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación y Formación Profesional
Rango de LeyOrden

El artículo 8 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, determina que corresponde al Ministerio de Educación y Formación Profesional la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia educativa y de formación profesional del sistema educativo y para el empleo.

El Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, establece en su artículo 5 que la Secretaría General de Formación Profesional dirige las competencias atribuidas al Departamento en materia de formación profesional del sistema educativo y de formación profesional para el empleo; la planificación, ordenación, desarrollo, evaluación e innovación de la formación profesional; el impulso y coordinación de las relaciones con las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales en estas materias; la elaboración de las propuestas de disposiciones generales de su competencia; las funciones que se le atribuyan en su ámbito respecto a los Programas operativos cofinanciados por el Fondo Social Europeo para la Formación Profesional; la realización y gestión directa de programas de formación y cualificación profesional; la promoción de la formación profesional; y las relativas a la formación profesional en el exterior en coordinación con la Secretaría de Estado de Educación.

El Plan de Modernización de la Formación Profesional 2020-2023, presentado por el Presidente del Gobierno el 23 de julio de 2020, incluye como uno de sus ejes la innovación en la Formación, planteando entre otras líneas de actuación la creación de una Red estatal de «centros de excelencia» de Formación Profesional en los sectores definidos como prioritarios.

El Plan de Modernización se ha incluido en lo que respecta a su financiación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia como Componente 20, con la denominación de Plan Estratégico de Impulso a la Formación Profesional.

Entre las inversiones del Componente 20 se encuentra la Inversión 2, denominada «Transformación Digital de la Formación Profesional», su línea de actuación número cuatro, contiene la creación de una red de 50 centros de excelencia, que pasarán a configurar una red estatal, para estimular desde el ámbito del centro educativo, la investigación y la mejora constante de los programas y metodología.

En la propuesta de decisión de ejecución del Consejo, relativa a la aprobación de la evaluación del PRTR de España COM (2021) 322 final de fecha 16 de junio de 2021, así como la decisión de ejecución del Consejo de 13 de julio, para el proyecto C20.I2.P04, el CID 299 de la medida C20.I2 corresponde a la creación de Centros de Excelencia e innovación en Formación Profesional. Asimismo, se recoge para el Q4 de 2024 la creación de 50 centros. En esta Orden, cuya distribución alcanza 50.000.000 euros, el hito es crear un mínimo de 12 centros que se incluirían como parte de los 20 centros previstos en el OA 299.1 para diciembre de 2022. Por otra parte, a esta inversión 2, del componente 20, en el campo de la intervención digital 016 se asigna un coeficiente del 40 %.

La inversión en centros de excelencia impulsa el proceso colaborativo entre los ámbitos educativo-formativo y el tejido empresarial facilitando la transferencia tanto tácita como explícita del conocimiento. En este sentido la experiencia de años demuestra que cuando los centros educativos más avanzados ponen en práctica iniciativas coparticipadas por las empresas del entorno, o incluso otras de mayor implantación fuera del entorno, se obtienen resultados con una influencia claramente positiva en cinco aspectos muy concretos: El primero de ellos, la mejora en los procesos pedagógicos y el incentivo por el aprendizaje del alumnado; el segundo la mejora en los aspectos procedimentales de los procesos productivos o de prestación de servicio del sector de que se trate, mejorando la competitividad económica de las empresas participantes al analizar sus procedimientos y resultados; la tercera la mejora en la formación de los propios trabajadores de las empresas; la cuarta el impulso al emprendimiento empresarial, tanto de los futuros trabajadores como de las empresas participantes y la quinta, pero no menos importante, la mejora de formación técnico-profesional y pedagógica del profesorado. Todo ello, valorado en su conjunto contribuye a los objetivos del CID mejorando la competitividad de las empresas y la productividad, con especial incidencia en la pequeña y mediana empresa y en aquellos sectores considerados estratégicos.

El artículo 122 bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que las Administraciones educativas fomentarán acciones de calidad educativa que podrán dirigirse, de manera específica, a aspectos de una etapa o enseñanza de las impartidas por el centro o, de manera general, a aspectos asociados a una consideración integral del centro y podrán tomar como referencia diversos modelos de análisis y gestión. A tal fin, los centros docentes que desarrollen estas acciones deberán presentar una planificación estratégica que incluirá los objetivos perseguidos, los resultados que se pretenden obtener, la gestión que se ha de desarrollar con las correspondientes medidas para lograr los resultados esperados, así como el marco temporal y la programación de actividades.

Asimismo, el artículo 78.5 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional establece que la Administración General del Estado promoverá la figura de centro de excelencia de formación profesional a nivel del Estado, según los requisitos y procedimiento de calificación que se establezcan reglamentariamente.

Se promueve por tanto la creación de una red estatal de centros de excelencia de formación profesional basados en la especialización inteligente que puedan convertirse en catalizadores de ecosistemas innovadores y que sean referentes en los ámbitos de innovación e investigación aplicada y de emprendimiento activo de los sectores y las áreas de potencialidad competitiva en los diferentes territorios.

Esta iniciativa promovida por el Estado se ve reforzada, además, en el ámbito de la Unión Europea, en este sentido la Comisión Europea propone a los Estados Miembros alinear las políticas en materia de formación profesional con las estrategias de desarrollo económico a nivel local y regional para promover una especialización inteligente. Así, insiste en el papel de la formación profesional en esta especialización y propone vincular el sistema de formación profesional a los sistemas de innovación como parte de la estrategia de especialización inteligente a nivel local.

En la Comunicación de la Comisión Europea de 22 de mayo de 2018, denominada «Construyendo una Europa más fuerte: El papel de las políticas de juventud, educación y cultura», se recoge el compromiso de apoyar la creación de redes de centros de excelencia profesional a nivel europeo, con el fin de conectar a los proveedores de formación profesional de referencia de los Estados miembros, fomentar la cooperación y esforzarse por desarrollar unos planes de estudios y unas cualificaciones de buena calidad concentradas en las necesidades de capacidades de cada sector. Asimismo, establece que los centros de excelencia profesional serán aquellos centros de formación profesional capaces de reunir determinadas características y crear sinergias con empresas y universidades, contribuyendo así conjuntamente a proporcionar la gama de capacidades que se necesitan para apoyar la innovación y la competitividad.

Por ello, y alineado a los planteamientos de la Comisión Europea, la red estatal de centros de excelencia de formación profesional constituirá un factor catalizador en el diseño de todo un ecosistema innovador o la creación de entornos de innovación vinculados al nuevo sistema de Formación Profesional, en el marco de la reforma legislativa acometida. Esta red ha de mantener una estrecha colaboración con los agentes de los distintos sectores (empresas, asociaciones empresariales, sindicatos, académicos, tercer sector entre otros), ayudando a multiplicar y difundir la innovación en todo el territorio y a promover la internacionalización.

Las bases reguladoras de las ayudas incluidas en el ámbito de aplicación de esta orden se realizan en el marco de las subvenciones de concurrencia no competitiva contempladas en el artículo 62 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, sin perjuicio de incorporar las previsiones, garantías y controles compatibles con esta modalidad y contenidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como las de su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En atención a la necesaria urgencia para otorgar ayudas en el marco de los fondos europeos «Next Generation EU» y de conformidad con el artículo 61 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, esta orden incorpora la convocatoria de las ayudas para el ejercicio 2022.

Desde el punto de vista de ayudas de Estado, teniendo en cuenta que se...

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