ORDEN ECD/209/2020, de 11 de febrero, por la que se modifica la Orden ECD/48/2017, de 10 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios de creación literaria y artística en aragonés y catalán de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, regula la actividad subvencionadora de la Comunidad Autónoma de Aragón. En el artículo 11 de la misma, se contemplan las bases reguladoras, como la normativa que establece y desarrolla el régimen jurídico de las subvenciones.

En virtud del artículo 11.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, la Consejera de Educación, Cultura y Deporte dictó la Orden ECD/48/2017, de 10 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios de creación literaria y artística en aragonés y catalán de Aragón.

Habiéndose detectado diversas disfunciones en la aplicación de las actuales Bases Reguladoras, se hacen necesarias una serie de modificaciones puntuales que mejoren la consecución de objetivos en el procedimiento concesional y así se ha puesto de manifiesto en diversos informes emitidos por diferentes unidades administrativas del Gobierno de Aragón.

En virtud de lo anterior y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, así como por el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, dispongo:

Artículo único Modificación de la Orden ECD/48/2017, de 10 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios de creación literaria y artística en aragonés y catalán de Aragón.

Uno. Se suprime el artículo 2.4.

Dos. Se suprime el artículo 3.3. de modo que el artículo 3.4. pasará a ser el 3.3.

Tres. Se modifica el artículo 4.2.c), que queda redactado de la siguiente manera:

"c) Una plica, en sobre cerrado, en la que deberá figurar el título de la obra y el seudónimo utilizado, y en la que se incluirá el modelo normalizado que se establezca en la convocatoria como anexo II, debidamente cumplimentado".

Cuatro. El anterior artículo 4.2.d) pasa a numerarse con la letra e), introduciéndose un nuevo apartado 4.2.d), redactado de la siguiente manera:

"g) Declaración responsable de no haber sido...

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