Orden ECC/1516/2015, de 16 de julio, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

MarginalBOE-A-2015-8399
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Economía y Competitividad
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2015, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

Ambos procesos son independientes y se regirán por las mismas bases.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de enero de 2011, por el que se aprueba el I Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado («BOE» de 27 de noviembre), modificadas por Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio («BOE» del 30).

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará, en las páginas web www.administración.gob.es y www.mineco.es

  1. Descripción de las plazas

    1.1 Se convocan dos procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, Código 0603, uno para cubrir 9 plazas por el sistema general de acceso libre y otro para cubrir 4 plazas por el sistema de promoción interna, de las comprendidas en el artículo 5 del Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2015.

    Los aspirantes que ingresen por la convocatoria de promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten.

    En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 15 de abril).

    1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.

  2. Proceso selectivo

    Los procesos selectivos se ajustarán a lo dispuesto en el artículo 61 del Estatuto Básico del Empleado Público, y constarán, de una fase de oposición, tanto para los aspirantes que se presenten por el sistema general de acceso libre, como para los aspirantes que se presenten por la convocatoria de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

    Incluirán la superación de un curso selectivo y, en su caso, un periodo de prácticas. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

    El carácter independiente de ambos procesos selectivos determinará la imposibilidad de acumulación de eventuales plazas vacantes en cualquiera de ellos.

    Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

  3. Programa

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

  4. Titulación

    Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, al finalizar el plazo de presentación de instancias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

  5. Nacionalidad

    Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el Anexo del R.D. 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

  6. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

    Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna, deberán cumplir, al finalizar el plazo de presentación de instancias:

    1. Pertenencia a Cuerpo:

      Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficas adscritos al subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

    2. Antigüedad:

      Haber prestado servicios efectivos, al menos durante dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficas adscritos al subgrupo A2, o en Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

  7. Solicitudes

    7.1 Quienes deseen participar en estos procesos selectivos deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en el Punto de Acceso General (www.administración.gob.es).

    7.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

  8. De modo telemático, haciendo uso del servicio para la Inscripción en Procesos Selectivos del Punto de Acceso General (www.administracion.gob.es).

    La presentación de solicitudes por esta vía permitirá:

    Inscripción en línea del modelo 790.

    Anexar documentos a su solicitud.

    Pago telemático de las tasas.

    Registro electrónico de la solicitud.

  9. Igualmente, podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Economía y Competitividad, (Pº de la Castellana 162, 28071 Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, y se dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Economía y Competitividad, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

    7.3 Pago de la tasa de derechos de examen.

    El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica o, en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

    En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar la presentación telemática de la solicitud a través del servicio para la Inscripción en Procesos Selectivos (www.administración.gob.es) del Punto de Acceso General, la constancia del correcto pago de las tasas estará avalado por el Número de Referencia completo (NCR), emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que figurará en el justificante de registro.

    7.4 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la presente orden en el Boletín Oficial del Estado. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

    7.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

  10. Tribunal

    8.1 El Tribunal calificador, común a ambos procesos selectivos, es el que figura como Anexo III a esta Orden y se someterá a lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    8.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

    Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de...

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