ORDEN DRS/735/2016, de 8 de julio, por la que convocan subvenciones para la gestión de los purines generados en explotaciones porcinas de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2016.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El artículo 71 del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril (en adelante EAA), reconoce en su apartado 17.ª la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de "agricultura y ganadería, que comprenden, en todo caso: la concentración parcelaria; la regulación del sector agroalimentario y de los servicios vinculados, la sanidad animal y vegetal; la seguridad alimentaria y la lucha contra los fraudes en la producción y comercialización, el desarrollo, la transferencia e innovación tecnológica de las explotaciones agrarias y ganaderas e industrias agroalimentarias; el desarrollo integral del mundo rural". También corresponde como exclusiva a la Comunidad Autónoma la competencia sobre la planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con los principios de equilibrio territorial y de sostenibilidad, conforme al artículo 71.32.ª Así mismo, le corresponde la competencia compartida de desarrollo legislativo y ejecución de la legislación básica del Estado, en materia de protección del medioambiente de conformidad con el artículo 75.3.º Y, por último, el artículo 93.2 del EAA dispone que: "La Comunidad Autónoma de Aragón aplica y desarrolla el Derecho de la Unión Europea en el ámbito de sus competencias. La existencia de una regulación europea no modifica la distribución interna de competencias que establecen la Constitución y el presente Estatuto".

Las subvenciones previstas en esta orden se ajustan a lo dispuesto en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, en el Decreto 136/2013, de 30 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura, ganadería y medio ambiente, que será de aplicación en todo aquello que no se oponga a la anterior, y en la Orden DRS/600/2016, de 17 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la gestión de los purines generados en explotaciones porcinas de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 121, de 24 de junio de 2016).

El marco normativo expuesto hace necesario que en la Comunidad Autónoma de Aragón se convoquen las subvenciones destinadas a la gestión de los purines generados en las explotaciones porcinas de Aragón.

El constante desarrollo del sector porcino y el crecimiento de su cabaña ganadera, así como su sistema productivo de intensificación, ha conducido durante las últimas décadas a un incremento progresivo de los subproductos generados en las explotaciones ganaderas repercutiendo en el medio ambiente a través de la emisión de gases, contaminación de las aguas y el exceso de nitrógeno en las parcelas agrícolas.

Además, en muchas zonas de nuestra Comunidad Autónoma no existe suficiente superficie agrícola para asimilar el nitrógeno procedente de las deyecciones ganaderas, haciéndose necesario potenciar los tratamientos en origen con la finalidad de que los nutrientes procedentes de los purines de zonas de alta concentración de explotaciones porcinas puedan ser aprovechados en otras zonas.

Por otra parte, como consecuencia de la publicación de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, se cerraron las plantas de secado de purines con cogeneración que operaban en Aragón y que trataban los purines que no podían ser utilizados como fertilizantes en zonas de alta carga ganadera.

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, debido al elevado coste de la aplicación del régimen de cogeneración en las plantas de tratamiento de purines, consideró necesario financiar medidas alternativas de gestión de purines, como solución a corto plazo, para paliar, por parte de las comunidades autónomas, los riesgos de contaminación medioambiental. Mediante Real Decreto-Ley 10/2014, de 1 de agosto, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de Defensa y de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente se procedió a la concesión de un crédito extraordinario por importe de 10.000.000 de euros, para el desarrollo de actuaciones en relación con la gestión alternativa de los purines.

El Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad pretende, mediante la publicación de esta convocatoria de subvención, disminuir la repercusión del cierre de las plantas de secado de purines con cogeneración subvencionando la adquisición de la maquinaria y equipamiento necesario para la preservación y mejora del entorno natural en la gestión de purines de las explotaciones porcinas, como pueden ser la creación de infraestructuras de gestión de los purines e instalación de sistemas de tratamiento, la compra de cisternas para el transporte, la compra de equipos de aplicación de purines en el suelo que se puedan adaptar a cisternas que no lo lleven incorporado, equipos de medida de los nutrientes, la compra de balsas móviles o la construcción de balsas.

La financiación de estas subvenciones quedó establecida en la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, de 6 de octubre de 2014, con una cantidad a transferir a la Comunidad Autónoma de Aragón por importe de 833.915 euros que correspondería al coste anual del transporte a puntos o instalaciones, donde sea posible su gestión, de un volumen de purín equivalente al que venía entregándose a las plantas de tratamiento con cogeneración y están sometidas al régimen del Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, sobre la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola.

El Departamento, avanzando en su compromiso de implantar la tramitación electrónica en los procedimientos de su competencia, ha aprobado la orden que hace posible la presentación telemática de las solicitudes a través del Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de modo que los interesados podrán optar por presentar en papel su solicitud en los lugares habituales de registro o hacerlo electrónicamente, para lo que, en ambos casos, disponen del modelo de solicitud inscrito en el Catálogo de procedimientos administrativos y servicios prestados en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón accesible en la url www.aragon.es/OficinaVirtualTramites.

Por otro lado, y con el objeto de aligerar al máximo la documentación que han de presentar los interesados, el artículo 20 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, así como la disposición adicional segunda de la Ley 1/2016, de 28 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2016 determina que la mera presentación de la solicitud de subvención, implica el consentimiento del interesado para que sea la Administración la que efectúe las comprobaciones, tanto de su identidad o residencia como de su situación en la Seguridad Social, a través del Servicio de Verificación y Consulta de Datos, así como de su nivel y origen de renta a través de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Tesorería General de la seguridad Social, salvo que expresamente deniegue el consentimiento, lo cual tiene reflejo en la presente orden de convocatoria.

El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en esta orden se realizará conforme al procedimiento simplificado de concurrencia competitiva, recogido en el artículo 14.3b) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.

Sin perjuicio de la aplicación directa de las bases reguladoras, esta orden reproduce algunos aspectos de las mismas con el objeto de facilitar a los interesados un mejor conocimiento de las cuestiones fundamentales del régimen de la subvención.

De acuerdo con el Plan Estratégico aprobado para el periodo de vigencia 2014-2020 estas subvenciones vienen concretadas y se ajustan a los objetivos estratégicos definidos en el mismo.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 317/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, corresponde a este Departamento la regulación del sector agroalimentario y, en concreto, a la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario.

En su virtud, resuelvo

Primero.- Objeto y finalidad.

  1. Esta orden tiene por objeto convocar subvenciones destinadas a la mejora en la gestión de los purines generados en las explotaciones porcinas en Aragón de conformidad con la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y en lo que no se oponga a la misma, al Decreto 136/2013, de 30 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura, ganadería y medioambiente y en las bases reguladoras previstas en la Orden DRS/600/2016, de 17 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la gestión de los purines generados en explotaciones porcinas de la Comunidad Autónoma de Aragón (en adelante, la orden de bases reguladoras).

  2. La finalidad de la subvención convocada mediante esta orden es disminuir la repercusión del cierre de las plantas de secado de purines con cogeneración como consecuencia de la publicación de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos y la preservación y mejora del entorno natural en la gestión de purines.

    Segundo.- Actividades subvencionables.

  3. De conformidad con lo...

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