ORDEN FORAL 53/2011, de 13 de abril, de la Consejera de Vivienda y ordenación del Territorio por la que se somete a información pública durante un mes la relación de bienes y derechos afectados por determinadas actuaciones expropiatorias.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de julio de 1998, se aprobó definitivamente el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal "Área Residencial de Mendillorri (Valle de Egüés) y Pamplona" y se declaró la utilidad pública y necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados a efectos expropiatorios, así como la urgencia de la expropiación, a los efectos legales oportunos y se determinó como sistema de actuación el de expropiación.

El artículo 45.4 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, establece que en la aprobación definitiva por el Gobierno de Navarra de los Planes Sectoriales de Incidencia Supramunicipal se podrá acordar, en su caso, la declaración de utilidad pública o interés social, así como la urgencia, a efectos expropiatorios.

Dicha utilidad pública, necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados, así como la urgencia de la expropiación, fueron decretados, por tanto, en el Plan Sectorial aprobado definitivamente con fecha de 6 de julio de 1998.

En el trámite de expropiación de esta finca se dictó la Orden Foral 624/2003, de 30 de abril, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, sometiendo a información pública la valoración de bienes y derechos afectados, relación que se ha visto afectada en cuanto a la titularidad de la propiedad de la parcela por el fallecimiento de una de sus propietarias, procediendo a sustituir tal relación por la que aprueba la presente Orden Foral.

Siguiendo el procedimiento regulado en la normativa estatal sobre Régimen de Suelo y Valoraciones, y artículo 17 y siguientes de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, procede someter a información pública durante 30 días hábiles, la relación de bienes y derechos afectados, a fin de iniciar el proceso expropiatorio.

Por lo cual, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y conforme a las facultades conferidas por Decreto Foral 127/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio,

ORDENO:

  1. Someter la relación de bienes y derechos afectos por expropiación urbanística a información pública durante un período de 30 días hábiles, periodo en el cual, cualquier persona podrá formular cuantas observaciones o alegaciones estime...

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