ORDEN CUS/1244/2022, de 31 de agosto, por la que se convocan ayudas para la realización de estudios de Máster Universitario Estratégico del Sistema Universitario de Aragón en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo de Aragón 2014-2020, para el curso académico 2022/2023.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud del artículo 73 del Estatuto de Autonomía de Aragón, tiene atribuida la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso, incluye la promoción y apoyo al estudio, y la garantía de la calidad del sistema educativo. Asimismo, el artículo 79 del Estatuto de Autonomía establece que, en las materias de su competencia, corresponde a la Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento.

En desarrollo de las citadas competencias, la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón, en su artículo 27 dispone que, sin perjuicio de las competencias del Estado, el Gobierno de Aragón articulará una política en materia de ayudas y becas al estudio y a la investigación, para garantizar que nadie que cumpla las condiciones para cursar estudios universitarios con aprovechamiento quede excluido de ello por razones económicas.

Mediante Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, se modificó la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignaron competencias a los Departamentos. En su artículo sexto se creó el Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, atribuyéndole la totalidad de las competencias del anterior Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, es decir, competencias en materia de investigación, innovación, nuevas tecnologías, administración electrónica y universidad. Al amparo de dicho Decreto y del Decreto 93/2019, de 8 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se aprobó el Decreto 7/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento. En dicho Decreto se le atribuye la competencia en materia de enseñanza universitaria, en particular, la promoción y fomento del estudio universitario.

Por su parte, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, en su artículo 11 dispone que las bases reguladoras constituyen la normativa que establece y desarrolla el régimen jurídico de las subvenciones, correspondiendo al titular de cada Departamento la aprobación de las mismas. Dichas bases fueron aprobadas por Orden IIU/1132/2016, de 8 de septiembre, por la que se establecieron las bases reguladoras de las ayudas para la realización de estudios de Máster Universitario Estratégico del Sistema Universitario de Aragón en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo de Aragón 2014-2020, modificada por Orden IIU/524/2019, de 6 de mayo, y por Orden CUS/433/2021, de 28 de abril.

Por otra parte, mediante Orden de 4 de diciembre de 2019, de la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, para el periodo 2020-2023, en el que se contempla la línea de ayudas denominada "Ayudas para el acceso a títulos oficiales de Máster Universitario calificados como estratégicos por el Gobierno de Aragón".

De igual modo, estas ayudas se incluyen en el Programa Operativo del Fondo Social Europeo de Aragón 2014-2020 (aprobado por la Comisión Europea el 17 de diciembre de 2015 (C(2015) 9697 final), Eje 3, Objetivo Temático 10, en la Prioridad de Inversión 10.2 destinada a la "Mejora de la calidad, la eficacia y la accesibilidad de la educación superior y ciclos equivalentes con el fin de mejorar la participación y el nivel de instrucción, especialmente para los grupos desfavorecidos", y en el objetivo Específico OE 10.2.1 "Aumentar el número de alumnos de postgrado o titulados universitarios que obtienen formación en el ámbito de la I+D+i, fomentando el desarrollo de actividades en red con centros tecnológicos, de investigación y empresas, con énfasis en la participación de mujeres".

Por tanto, dado que las ayudas estarán cofinanciadas con cargo al Fondo Social Europeo, para su gestión, control y auditoría, se estará a lo dispuesto en el artículo 67, 68, 68 bis y 68 ter del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo.

Los objetivos y efectos que se pretenden lograr con el establecimiento de estas ayudas son:

  1. Potenciar el acceso a los títulos oficiales de Máster Universitario ofertados por las universidades del sistema universitario de Aragón que se califiquen por el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, como estratégicos por su potencial efecto multiplicador en materia de empleo, de desarrollo de I+D+i, de cohesión social y/o de desarrollo económico, así como de incremento de las posibilidades de inserción y creación de empleo de alta cualificación científica e investigadora gracias a una mayor cualificación y especialización de los actuales y/o futuros trabajadores.

  2. Compensar la dedicación al estudio contribuyendo a financiar las necesidades básicas de sostenimiento, manutención y/o desplazamiento para el estudiantado durante el periodo lectivo del curso académico.

  3. En paralelo, con estas ayudas, se pretende mejorar la situación de colectivos desfavorecidos y/o vulnerables y por ello uno de los requisitos exigidos para su concesión, es el de un determinado nivel de renta de la unidad familiar.

    Con objeto de conseguir dichos objetivos se convocan 62 ayudas de cuatro mil setecientos setenta euros (4.770 €). Para llegar a esta cuantía, se ha procedido a realizar un análisis de la tipología de métodos dentro de las opciones de costes simplificados existentes en los citados reglamentos de la Unión Europea (costes unitarios, financiación a tipo fijo e importes a tanto alzado), procediendo a seleccionar la metodología de costes unitarios por considerarla la más adecuada a la tipología de ayudas de esta convocatoria y calculando los costes en base a un régimen de la Unión Europea existente para un tipo similar de operación y personas beneficiarias: el Programa Erasmus + para estudiantado universitario de grado, máster o doctorado.

    La ayuda pretende compensar la dedicación al estudio contribuyendo a financiar las necesidades básicas de sostenimiento, manutención y/o desplazamiento para el estudiantado durante el periodo lectivo del curso académico (9 meses). La cuantía por ayuda se ha fijado teniendo en cuenta las horquillas establecidas por el antedicho Programa Erasmus+ a partir de los dos criterios siguientes: por un lado, la horquilla de importes mensuales que establece el Programa Erasmus + para el nivel de vida de España (de 200 a 450 euros) y por otro, la horquilla del importe adicional establecido para estudiantes procedentes de entornos desfavorecidos (de 100 a 200 euros). En función de estos dos criterios se ha fijado una cuantía mensual de la ayuda de 530 euros, de los que 350 euros corresponden al primer criterio y 180 al segundo. Esta ayuda mensual se multiplica por los nueve meses lectivos de un curso académico tipo hasta alcanzar la cuantía de 4.770 euros.

    Es preciso indicar que la citada ayuda no va dirigida a la cobertura del importe de la matrícula en el Máster (actuando por tanto igual que las ayudas del Programa Erasmus + para el estudiantado universitario de grado, máster o doctorado, precitado). Por tanto, en atención a su distinta finalidad, las ayudas para la realización de estudios de Máster Universitario Estratégico del sistema universitario de Aragón se consideran compatibles con las becas de carácter general para estudiantes que cursen estudios postobligatorios convocadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

    No obstante, de acuerdo con las disposiciones aplicables a las convocatorias de dichas becas, el Gobierno de Aragón solicitará del Ministerio competente la declaración expresa de compatibilidad de dichas becas de carácter general con las ayudas objeto de la presente convocatoria.

    El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, procedimiento ordinario de concesión señalado en el artículo 14.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, y establecido en el artículo 8 de la Orden IIU/1132/2016, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, conforme a los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el artículo 15 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, y el artículo 9 de la Orden IIU/1132/2016, de 8 de septiembre, el procedimiento para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se iniciará siempre de oficio, mediante convocatoria aprobada por el órgano competente, que recogerá el contenido mínimo que establece el precitado artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y el artículo 17 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, y aquellas otras cuestiones que, no recogidas en las bases reguladoras, deban ser determinadas en la convocatoria según lo dispuesto en la Orden IIU/1132/2016, de 8 de septiembre.

    Por consiguiente, con esta Orden se inicia el procedimiento para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de ayudas para la realización de estudios de Máster Universitario Estratégico del Sistema Universitario de Aragón para el curso académico 2022/2023, en...

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