Orden de concesión y pago de las ayudas a empresas y entidades públicas y privadas de la Región de Murcia, destinadas a financiar prácticas laborales formativas de jóvenes procedentes de regiones europeas adheridas al Programa Eurodisea para el ejercicio 2023, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).

Fecha de publicación08 Enero 2024
Número de Gaceta97
EmisorConsejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes
SecciónComunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes

97 Orden de concesión y pago de las ayudas a empresas y entidades públicas y privadas de la Región de Murcia, destinadas a financiar prácticas laborales formativas de jóvenes procedentes de regiones europeas adheridas al Programa Eurodisea para el ejercicio 2023, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).

1.- Antecedentes de hecho

Primero.- Mediante Orden de 4 de julio de 2023 de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía (BORM nº 154, de 6 de julio de 2023) se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a empresas y entidades públicas y privadas de la Región de Murcia, destinadas a financiar prácticas laborales formativas de jóvenes procedentes de regiones europeas adheridas al Programa Eurodisea, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).

Asimismo, mediante Orden de 24 de julio de 2023 de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía se aprueba la convocatoria de ayudas a empresas y entidades públicas y privadas de la Región de Murcia, destinadas a financiar prácticas laborales formativas de jóvenes procedentes de regiones europeas adheridas al Programa Eurodisea para el ejercicio 2023, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).

Segundo.- Transcurrido el plazo de solicitud establecido en la convocatoria, se presentaron un total de 23 entidades y empresas solicitantes, de los cuales son 9 sociedades mercantiles, 9 entidades sin ánimo de lucro y 5 entidades locales.

Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en artículo 8 de la referida orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, así como el artículo 7 de la mencionada orden de convocatoria, relativos a la ordenación e instrucción del procedimiento, con fecha 28 de septiembre de 2023, se emitió informe de preevaluación en el que se verificó el cumplimiento por parte de 21 entidades y empresas solicitantes, de los requisitos para adquirir la condición de beneficiario, quedando pendientes de dicha verificación 2 empresas, una vez transcurrido el plazo concedido para proceder a la correspondiente subsanación mediante la presentación de la documentación requerida y analizada ésta, en su caso.

Transcurrido el plazo concedido a las 2 empresas referenciadas para proceder a la correspondiente subsanación, no habiendo sido aportada por las mismas la documentación requerida, se entiende que desisten de su petición, de conformidad con lo establecido en el apartado 3 del artículo 5 de citada orden de convocatoria.

Cuarto.- Una vez realizadas las fases de instrucción establecidas en el artículo 7.2 de la orden de convocatoria, concordante con lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden de bases, se emite en fecha 15 de noviembre de 2023, informe por el Servicio de Planificación y Programas en el que consta que las 21 empresas y entidades solicitantes que cumplen los requisitos establecidos, de los cuales son 7 sociedades mercantiles, 9 entidades sin ánimo de lucro y 5 entidades locales, han presentado un total de 45 ofertas para prácticas laborales, recogidas en el Anexo I, para desarrollarse en el único flujo previsto en el artículo 3.1 de la Orden de Convocatoria.

Asimismo se hace constar que, remitidas las ofertas de prácticas laborales presentadas por las entidades y empresas concurrentes a la convocatoria a las regiones europeas participantes en el programa Eurodisea, enviados los candidatos y efectuada la selección de los mismos por los solicitantes de subvención, se proponen para la concesión de la ayuda a las entidades y empresas para las ofertas que en cada caso se reseñan en el Anexo II, denegándose a las restantes (Anexo III).

Quinto.- No se ha constituido Comisión de Evaluación al no resultar procedente, ya que no se da el supuesto previsto en el apartado 2.5 del artículo 8 de las Bases reguladoras, al no superar el número de entidades y empresas con candidato asignado, el número de prácticas laborales...

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