Orden CIN/974/2021, de 13 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de los Premios Nacionales de Investigación.

MarginalBOE-A-2021-15169
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Ciencia e Innovación
Rango de LeyOrden

Los Premios Nacionales de Investigación fueron creados en 1982 con objeto de reconocer y dar a conocer los méritos de aquellas personas investigadoras españolas destacadas por una trayectoria profesional excelente de relevancia internacional en sus ámbitos de conocimiento.

La Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación (EECTI), aprobada por acuerdo del Consejo de Ministros en su reunión de 8 de septiembre de 2020, constituye el instrumento base en el que se definen las prioridades de la política de I+D+I para consolidar y reforzar el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI) en el periodo 2021-2027.

Esta Estrategia, juntamente con los Planes Estatales de Investigación Científica, Técnica y de Innovación a través de los que se desarrolla, establece la importancia del desarrollo científico y tecnológico como parte indiscutible del crecimiento económico y social de nuestro país, y fomenta, a través de sus objetivos, la generación de conocimiento y el liderazgo científico, demostrando un evidente apoyo a la cultura científica, de la innovación y del emprendimiento, que promueve el reconocimiento de las actividades realizadas por los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Es, por tanto, dentro de este contexto de reconocimiento y promoción del talento, así como de fomento de la cultura científica, donde se encuadran los Premios Nacionales de Investigación como elemento de recompensa y reconocimiento de méritos científicos con criterios de excelencia y de estímulo para la generación continua de conocimiento.

Según lo establecido en el artículo 2.1.g) del Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación, corresponde a la Secretaría General de Investigación la gestión de los premios nacionales en materia de investigación, y a la Secretaría General Técnica la realización de las actuaciones administrativas necesarias para la gestión de dichos premios nacionales.

Esta norma se ajusta a los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en concreto, a los principios de necesidad, eficacia, pues es el instrumento más eficaz para adaptar la regulación de los Premios de Investigación a la realidad actual y mantener su prestigio. También se ajusta al principio de proporcionalidad, toda vez que contiene la regulación imprescindible para atender dicha finalidad y es el instrumento normativo más adecuado para su consecución; y a los principios de seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, ya que la norma es coherente con el resto del ordenamiento jurídico al derogar la normativa anterior reguladora de los Premios. Asimismo, evita cargas administrativas innecesarias y accesorias, pues persigue la mejora en la regulación del procedimiento de concesión de los Premios.

Esta orden se dicta en ejercicio de la competencia exclusiva de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, reconocida al Estado por el artículo 149.1.15.ª de la Constitución Española, y se ha sometido a informe de la Secretaría General Técnica, la Abogacía del Estado en el Ministerio de Ciencia e Innovación, y la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado en el departamento.

En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública, dispongo:

Artículo 1  Objeto.

El objeto de esta orden es aprobar las bases de la concesión de los Premios Nacionales de Investigación.

Artículo 2  Finalidad de los premios.

A través de la concesión de los Premios Nacionales de Investigación se pretende reconocer el mérito de aquellas personas investigadoras españolas que estén realizando una labor profesional destacada de relevancia internacional en sus respectivas áreas de investigación y campos científicos, y que contribuyan excepcionalmente al avance de la ciencia, al mejor conocimiento del ser humano y su convivencia, a la transferencia de tecnología y al progreso de la humanidad.

Artículo 3  Normativa aplicable.
  1.  Los premios que se regulan en esta orden se regirán, además de por lo dispuesto en la misma y en las respectivas convocatorias y órdenes de concesión, por cuantas normas vigentes resulten de aplicación, y, en particular, por lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  2.  En virtud del artículo 4.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, estos premios quedan excluidos del ámbito de aplicación de la citada ley por ser otorgados sin la previa solicitud de la persona beneficiaria.

Artículo 4  Modalidades de los premios.

Los premios tendrán las siguientes modalidades, que se corresponden con las siguientes áreas de conocimiento:

a) Premio Nacional Blas Cabrera, en el área de Ciencias Físicas, de los Materiales y de la Tierra.

b) Premio Nacional Enrique Moles, en el área de Ciencia y Tecnología Químicas.

c) Premio Nacional Alejandro Malaspina, en el área de Ciencias y Tecnologías de los Recursos Naturales.

d) Premio Nacional...

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