ORDEN CDS/810/2016, de 18 de julio, por la que se aprueba el plan de inspección de centros y servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón para el periodo 2016-2018.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, dedica su Título X a regular la inspección de centros y servicios sociales como instrumento de control para conseguir la adecuación de los centros y servicios sociales a la normativa vigente en materia de requisitos materiales y funcionales, y para garantizar el respeto de los derechos de las personas usuarias de los servicios sociales recogidos en la referida Ley, así como el régimen sancionador aplicable en esta materia.

El Decreto 111/1992, de 26 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las condiciones mínimas que han de reunir los servicios y establecimientos sociales especializados, regula las funciones la labor inspectora en materia de centros y servicios sociales que se han venido ejerciendo desde su entrada en vigor. No obstante se hace preciso contar con un instrumento de planificación de la actuación inspectora con objeto de realizar las actuaciones y evaluar los resultados con arreglo a criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad. Asimismo, el proceso de regularización de los centros sociales puesto en marcha con la Orden de 15 de diciembre de 2015, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, de regularización de la situación administrativa de los centros de servicios sociales especializados, aconsejan dotar a la inspección de centros y servicios sociales de un instrumento de gestión y planificación con la finalidad de conseguir, al final de la vigencia del plan, que todos los centros sociales que se encuentren en funcionamiento dispongan de las preceptiva autorización provisional de apertura y de la autorización definitiva de funcionamiento.

Mediante el presente plan de inspección se pretende, no sólo la revisión de las condiciones materiales y funcionales de los centros y servicios sociales, sino velar también por el respeto a los derechos de los usuarios fomentando las buenas prácticas en la atención a los usuarios que garanticen un trato digno y respetuoso, especialmente a las personas dependientes. La recientemente aprobada Carta de Derechos y Deberes de las Personas Usuarias de los Servicios Sociales de Aragón mediante el Decreto 66/2016, de 31 de mayo, del Gobierno de Aragón, se ha tenido en cuenta en el presente plan de inspección en el que se prevén medidas y actuaciones dirigidas a garantizar y velar por su respeto y protección, especialmente en lo concerniente al derecho a recibir una atención de calidad, el derecho al respeto de la libertad y el derecho a la autonomía individual y a la presentación de quejas y sugerencias. De esta manera se revisará el uso racional y personalizado de las sujeciones físicas y farmacológicas para velar por la autonomía y bienestar de las personas; se verificará la utilización de formas de comunicación que permitan a los usuarios y personas de su entorno cercano disponer de la información precisa sobre su situación y los servicios que se prestan en el centro y el derecho de las personas usuarias a presentar reclamaciones por la atención prestada en el centro o servicio y a recibir respuesta de las mismas.

El presente plan prevé la intervención de las inspecciones de consumo (para la revisión de las condiciones de los contratos de admisión, reclamaciones económicas, precios, depósito y devolución de fianzas, suspensión o extinción del contrato de admisión, facturación de servicios complementarios), de salud pública (para la revisión de las condiciones de los comedores, cocinas, lavandería, almacenes y locales de manipulación de alimentos) y de farmacia (para la revisión del almacenamiento de medicamentos, utilización de tarjeta sanitaria, consentimiento firmado para delegar a la residencia del derecho del usuario a la elección de la oficina de farmacia) de la Diputación General de Aragón con el objeto de llevar a cabo una evaluación integral de cada centro.

El Decreto 316/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica básica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, atribuye al Departamento referido y, en su seno, a su Secretaría General Técnica, las funciones de autorización y acreditación de centros y servicios sociales, la organización y gestión del Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón y el ejercicio de la función inspectora de los centros y servicios sociales radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma, así como el correlativo ejercicio de la potestad sancionadora en relación con aquellos, sin perjuicio de la competencia atribuida a los Directores de los Servicios Provinciales en su ámbito territorial y de la superior competencia de la titular del Departamento.

Por todo cuanto antecede, de conformidad con las competencias atribuidas por los artículos 10.4 y 43. 4 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón y por el Decreto 316/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica básica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, dispongo:

Artículo único Se aprueba el Plan de Inspección de Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón para el periodo 2016-2018 que figura como anexo a la presente orden.
Disposiciones Finales
Disposición final primera De acuerdo con lo dispuesto en la línea de actuación 5, se establecerán los correspondientes protocolos de actuación de la inspección de centros y servicios sociales con las inspecciones de consumo, farmacia, salud pública y centros sanitarios.
Disposición final segunda Se faculta al Secretario General...

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