Orden APA/806/2019, de 25 de julio, por la que se extiende el Acuerdo de la Organización Interprofesional del Vino de España, al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria, para realizar actividades de promoción e información del sector vitivinícola y sus productos, inteligencia económica, vertebración sectorial, investigación, desarrollo, innovación tecnológica y estudios, durante las campañas 2019/2020, 2020/2021, 2021/2022, 2022/2023 y 2023/2024.

MarginalBOE-A-2019-11026
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

El artículo 8 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, establece que adoptado un acuerdo en el seno de una organización interprofesional agroalimentaria, relativo a actividades relacionadas con las finalidades definidas en el artículo 3 de dicha ley que cuenten con un determinado nivel de respaldo podrán extenderse al conjunto de productores y operadores del sector o producto.

Por otra parte, el artículo 9 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, permite que, en el caso de extensión de norma al conjunto de productores y operadores implicados en un sector, se pueda repercutir a los mismos, exclusivamente, el coste directo de las acciones, sin discriminación entre los miembros de la organización interprofesional y los productores y operadores no miembros.

La Organización Interprofesional del Vino de España, OIVE, constituida el 30 de julio de 2014, con estatutos depositados en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, adquiriendo personalidad jurídica al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, fue reconocida como organización interprofesional agroalimentaria del sector del vino por Orden AAA/2502/2014, de 23 de diciembre, conforme establece la Ley 38/1994, de 30 de diciembre.

La Organización Interprofesional del Vino de España, OIVE, ha propuesto la extensión de normas al conjunto del sector, con aportación económica obligatoria para realizar actividades de promoción e información del sector vitivinícola y sus productos, inteligencia económica, vertebración sectorial y desarrollar programas de investigación, desarrollo, innovación tecnológica y estudios, durante el período comprendido entre el 1 de agosto de 2019 y el 31 de julio de 2024.

El acuerdo extendido por la presente orden afecta a las materias relacionadas en las letras a), b), c), d), f), g) e i) del artículo 3 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, y abarca cinco campañas vitivinícolas: 2019/2020, 2020/2021, 2021/2022, 2022/2023 y 2023/2024, siendo las acciones a realizar de interés económico general para todo el sector, ya que producirán un efecto económico positivo de incremento de la demanda, beneficiando por igual a los agentes económicos integrados en la organización interprofesional y a los que no pertenecen a esta.

La Organización Interprofesional del Vino de España, OIVE, aprobó, en Asamblea general universal de 31 de enero de 2019, el acuerdo objeto de la presente extensión, cumpliendo las exigencias de representatividad y respaldo establecidas en el artículo 8.2 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, dado que tanto los porcentajes de representatividad acreditados por la organización interprofesional en el momento de su reconocimiento, como los reflejados en el expediente de solicitud, de acuerdo con los últimos datos que la interprofesional ha suministrado, superan los mínimos exigidos.

Mediante Resolución de la Dirección General de la Industria Alimentaria, de 3 de abril de 2019, se sometió al trámite de información pública la propuesta de extensión de norma y de aportación económica obligatoria, de conformidad con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

La solicitud de extensión ha sido informada favorablemente por el Consejo General de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, de acuerdo con el artículo 15.3.b) de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, en su reunión plenaria de 23 de julio de 2019.

Por lo expuesto, en uso de las competencias atribuidas en los artículos 8 y 9 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, y en el artículo 15 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, dispongo:

Artículo 1  Objeto.

Se aprueba la extensión de normas, al conjunto del sector del vino, del acuerdo de la Organización Interprofesional del Vino de España, OIVE, para realizar actividades de promoción e información del sector vitivinícola y sus productos, inteligencia económica, vertebración sectorial y desarrollar programas de investigación, desarrollo, innovación tecnológica y estudios, con aportaciones económicas, para financiar las mismas, de los operadores del sector vitivinícola en España.

Artículo 2  Período de vigencia.

Se aprueba la extensión de normas y la aportación...

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