Orden APA/672/2022, de 30 de junio, por la que se revoca el reconocimiento como organización interprofesional agroalimentaria a la Organización Interprofesional de la Acuicultura Continental Española, Aquapiscis.

MarginalBOE-A-2022-11927
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

Vista la propuesta de resolución de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, relativa a la revocación del reconocimiento como organización interprofesional agroalimentaria a la Organización Interprofesional de la Acuicultura Continental Española, Aquapiscis. Considerando el informe favorable a la revocación del reconocimiento por el Consejo General de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, en su reunión del día 9 de junio de 2022. Habiéndose dado trámite de audiencia a la organización interprofesional por un plazo de dos meses sin que se hayan recibido alegaciones. Siendo todo ello de conformidad con la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, con su Reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, y con el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, acuerdo,

Revocar el reconocimiento como organización interprofesional agroalimentaria a la Organización Interprofesional de la Acuicultura Continental Española, Aquapiscis, e inscribir la revocación en el Registro de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, por carecer de representatividad en la rama de la producción del sector de la acuicultura continental española, y por permanecer inactiva, durante un período de tiempo superior a tres años, sin desarrollar ninguna de las finalidades establecida en el artículo 3 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la citada ley.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con el artículo 114.2.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR