Orden APA/1424/2021, de 16 de diciembre, por la que se crea la Mesa del sistema integrado de gestión y control de los pagos de la Política Agrícola Común.

MarginalBOE-A-2021-21103
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Agricultura Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

El Reglamento (UE) n.º 1307/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 637/2008 y (CE) n.º 73/2009 del Consejo, constituye el marco jurídico actual para el régimen de pagos directos.

Por otro lado, el Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 352/78, (CE) n.º 165/94, (CE) n.º 2799/98, (CE), n.º 814/2000, (CE), n.º 1290/2005 y (CE), n.º 485/2008 del Consejo, establece las normas básicas sobre el sistema de control y sanciones que será de aplicación a las ayudas financias con cargo al FEAGA y al FEADER, y en concreto para los pagos directos y las medidas de desarrollo rural que se concedan por superficie o cabeza de ganado contempla la creación de un Sistema Integrado de Gestión y Control.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 bis del Reglamento de Ejecución (UE) 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad, existe la posibilidad de utilización de los controles por monitorización por las comunidades autónomas.

La aplicación de este marco normativo se ha desarrollado en el ámbito nacional principalmente a través del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, y el Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común.

Como complemento necesario al modelo aplicado en el Reino de España del nuevo régimen de pago básico, se publicó el Real Decreto 1077/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas (SIGPAC), con el objetivo de establecer los criterios básicos que han de garantizar el correcto funcionamiento de este instrumento de gestión en el marco del sistema integrado de gestión y control y resto de regímenes de ayuda relacionados con la superficie de la política agrícola común.

Por último, este marco regulador se completó mediante el Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola.

Las ayudas de la Política Agrícola Común (PAC) se financian con cargo a los fondos europeos agrícolas, FEAGA y FEADER, mediante el mecanismo de gestión compartida entre los Estados miembros y la Unión Europea, siendo los organismos pagadores de los Estados miembros los responsables de realizar los pagos de ambos fondos.

El Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, posibilita la designación de varios organismos pagadores, estableciendo en estos casos la necesidad de crear un único organismo de coordinación. En España, en virtud de nuestra distribución constitucional de competencias, cada comunidad autónoma ha designado un único organismo pagador para los gastos del FEAGA y del FEADER, por lo que existen diecisiete organismos pagadores, uno en cada una de las comunidades autónomas así como en el Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA), que asume el pago de las ayudas con cargo a los fondos europeos agrícolas que son competencia de la Administración General del Estado.

En este marco, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación designó también al FEGA como organismo...

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