Decreto 55/2022, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Catálogo de la Red Provincial de Carreteras de titularidad de la Diputación Provincial de Cáceres.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Movilidad, Transporte y Vivienda
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA

DECRETO 55/2022, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Catálogo de la Red Provincial de Carreteras de titularidad de la Diputación Provincial de Cáceres. (2022040087)

A la Comunidad Autónoma de Extremadura le corresponde la competencia exclusiva en materia de carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la región, así como en aquellas infraestructuras de interés regional que no tengan la calificación de interés general del Estado y no afecten a otra Comunidad Autónoma, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1, apartados 39º y 38º, respectivamente, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, anteponiendo, en consecuencia, el interés general del Estado sobre el principio de territorialidad en materia de carreteras.

La Ley 7/1995, de 27 de abril, de Carreteras de Extremadura, define en su artículo 5.1 el Catálogo de la Red de Carreteras de Extremadura como "el documento que contiene la titularidad, categoría y denominación de las carreteras", estableciendo en el apartado segundo del artículo citado que "el Catálogo de la Red de Carreteras de Extremadura se aprobará y modificará, en su caso, por Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Obras Públicas".

El Decreto 109/1997, de 29 de julio, por el que se aprobó la denominación, categoría e identificación de las carreteras de titularidad de la Junta de Extremadura (DOE núm. 91, de 5 de agosto), dictado con el propósito de dar una nueva denominación y homogeneizar la imagen de las carreteras regionales existentes, de forma que se correspondiera con la realidad surgida tras la implantación del Estado de las Autonomías y la subsiguientes transferencias en materia de carreteras a la Comunidad, disponía en su artículo 2, que "las carreteras de la Red Básica, Intercomarcal y Local de la Red de Carreteras de Extremadura tendrían la denominación única de "EX", en sustitución de las antiguas denominaciones: N, C, BA, CC, BA-V y CC-V", y que "las carreteras vecinales de titularidad de las Diputaciones Provinciales se identificarían con las nomenclaturas "BA", para las de la provincia de Badajoz, y "CC", para las de la provincia de Cáceres".

Así mismo, respecto al Catálogo de la Red de Carreteras titularidad de las Diputaciones Provinciales, dicho decreto determinaba en su disposición adicional que "las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres, en el plazo de un año desde la entrada en vigor del decreto, presentarán al Consejero de Obras Públicas y Transportes para su aprobación por Decreto del Consejo de Gobierno, la propuesta de Catálogo de Carreteras con la nueva relación y nomenclatura de las carreteras de su titularidad". En el mismo sentido se expresó la disposición

adicional del Decreto 161/2000, de 27 de junio, por el que se aprobó el nuevo catálogo de las carreteras de titularidad de la Junta de Extremadura (DOE núm. 77, de 4 de julio).

De igual modo, el vigente Decreto 98/2008, de 23 de mayo, por el que se aprueba el nuevo Catálogo de las Carreteras de titularidad de la Junta de Extremadura (DOE núm. 103, de 29 de mayo), volvió a establecer en su disposición adicional única que "las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres, en el plazo de un año desde la entrada en vigor del presente Decreto, presentarán al Consejero de Fomento (actualmente, la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda), para su aprobación por Decreto del Consejo de Gobierno, la propuesta de Catálogo de Carreteras con la nueva relación y nomenclatura de las carreteras".

Pese a lo dispuesto en las disposiciones adicionales de los decretos anteriormente relacionados, la situación "de facto" en la actualidad respecto al Catálogo de la Red de Carreteras titularidad de la Diputación Provincial de Cáceres es que esta corporación solamente dispone de un "inventario" o "listado de bienes" con las carreteras de su titularidad, nombradas a modo de inicio y término, sin más concreción, usando unas denominaciones en ocasiones arcaicas que, en varios casos, ni siquiera vienen a responder a su estado actual, llevando incluso a la confusión en su identificación.

Como único documento que se conozca, la red viaria titularidad de dicha Diputación se recoge a día de hoy en un llamado "Listado de Bienes - Carreteras Provinciales", de fecha 31 de diciembre de 2006, integrado en el Sistema de Gestión del Patrimonio Público, limitando su contenido a una relación de fichas individualizadas, ordenadas por carretera sin criterio aparente, y sin que conste indicación alguna de funcionalidad, clase o categoría, con unos mínimos datos no contrastados, y con referencias a elementos constructivos que no tienen vinculación alguna con las carreteras convencionales.

A resultas de lo expuesto, y con el doble objetivo de reestructurar las carreteras de titularidad provincial para una mejor gestión y explotación y de ajustar su denominación para una mejor identificación, se ha elaborado el presente Catálogo de Carreteras en el que se expresan la clave, la denominación oficial, la categoría y la titularidad, de modo que estas carreteras resulten inequívocamente identificadas como integrantes de su patrimonio viario.

Por tanto y de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional única del citado Decreto 98/2008, de 23 de mayo, la Excma. Diputación Provincial de Cáceres ha solicitado a la Junta de Extremadura la aprobación del Catálogo de la Red Provincial de Carreteras.

En el expediente consta el acuerdo de aprobación inicial de la propuesta de Catálogo de la Red Provincial de Carreteras titularidad de la Diputación de Cáceres, adoptado en sesión ordinaria el 31 octubre de 2019 por el Pleno de esta Corporación, de conformidad con el dictamen

emitido por la Comisión Informativa de Hacienda, Economía y Asistencia a Entidades Locales (BOP Cáceres, núm. 218, de 14 de noviembre de 2019), que fue final y definitivamente aprobada por acuerdo del Pleno de la Diputación, en sesión ordinaria de fecha 27 de febrero de 2020.

El expediente completo tuvo entrada en la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda el 4 de marzo de 2021.

En su virtud y en cumplimiento de las atribuciones competenciales y de las previsiones legales citadas, considerando que en la tramitación del expediente se han seguido los trámites formales y sustanciales que exige la legislación vigente, es necesario llevar a cabo la aprobación del Catálogo de la Red Provincial de Carreteras de titularidad de la Diputación Provincial de Cáceres mediante el presente decreto.

Por lo expuesto, en virtud de la potestad que corresponde a esta Comunidad Autónoma, a propuesta de la...

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