Orden 90/2022, de 3 mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para actividades y proyectos de educación ambiental promovidos por entidades privadas sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha.

Fecha de publicación13 Mayo 2022
Fecha03 Mayo 2022
Número de registro2022/4197
SecciónI.- DISPOSICIONALES GENERALES
Número de Gaceta92/2022
EmisorConsejería de Desarrollo Sostenible
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Desarrollo Sostenible
Orden 90/2022, de 3 mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases
reguladoras de subvenciones para actividades y proyectos de educación ambiental promovidos por entidades
privadas sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha. [2022/4197]
La Estrategia de Educación Ambiental de Castilla-La Mancha. Horizonte 2030, aprobada el 3 de junio de 2020, conere
especial importancia a aspectos como el aprendizaje continuo, la participación y la colaboración. En este sentido la
estrategia busca en la ciudadanía un compromiso e implicación basados en la intervención de las personas tanto en la
búsqueda como en la creación de soluciones, o lo que es lo mismo, una sociedad activa, implicada y protagonista del
necesario cambio para converger hacia los objetivos que nos plantea el horizonte 2030.
El Gobierno de Castilla-La Mancha viene impulsando desde hace años el compromiso social con la educación ambiental
a través de una línea de ayudas para fomentar las iniciativas de las entidades privadas sin ánimo de lucro en la realización
de actuaciones de educación ambiental en la región. Se hace necesario actualizar las bases de estas ayudas para
trasladar esta nueva visión promovida por la Estrategia de Educación Ambiental, y al mismo tiempo incorporar otros
aspectos, como los derivados de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente
a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, que incentiven los proyectos en todo
el territorio y para toda la población, y contribuyan a la selección de los mejores proyectos de una forma objetiva y
transparente, optimizando los recursos disponibles. La participación de la ciudadanía en programas innovadores y de
calidad resulta fundamental para alcanzar la sostenibilidad de nuestra sociedad y nuestro entorno.
El Decreto 87/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería
de Desarrollo Sostenible, establece como competencias propias las de planicación, organización y coordinación de la
educación ambiental en Castilla-La Mancha.
En consecuencia, de acuerdo con lo anteriormente expuesto y en uso de las competencias atribuidas por el artículo
73.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de
19 de noviembre, en relación con lo establecido en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo
Consultivo de Castilla-La Mancha, así como con lo preceptuado en el Decreto 87/2019, de 16 de julio, por el que se
establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible,
Dispongo:
Capítulo I. Disposiciones Generales
Primera. Objeto.
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo de actividades y proyectos de educación ambiental, promovidos por
entidades privadas sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha.
Segunda. Régimen jurídico.
1. Las subvenciones a las que se reere esta orden, además de por lo previsto en la misma, se regirán por los preceptos
básicos contenidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y por lo establecido en su
reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; por lo previsto en la normativa sobre
subvenciones contenida en el Título III del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por
el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, y por lo dispuesto en el Decreto 21/2008, de 5 de febrero, por el que
se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, en materia
de subvenciones; así como por las previsiones establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Estas subvenciones no constituyen ayudas de Estado, dado que no cumplen las condiciones previstas en el artículo
107.1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, al no suponer benecio para una empresa.
AÑO XLI Núm. 92 13 de mayo de 2022 15725

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