Orden 65/2021, de 4 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se crean las Comisiones Provinciales de Seguimiento de la Agenda 2030 y la Subcomisión de Coordinación de la Agenda 2030.

Número de registro2021/6030
Fecha de publicación19 Mayo 2021
Fecha04 Mayo 2021
SecciónI.- DISPOSICIONALES GENERALES
Número de Gaceta95/2021
EmisorDirección General de Agenda 2030 y Consumo
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Desarrollo Sostenible
Orden 65/2021, de 4 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se crean las Comisiones
Provinciales de Seguimiento de la Agenda 2030 y la Subcomisión de Coordinación de la Agenda 2030.
[2021/6030]
El Decreto 38/2018, de 5 de junio, por el que se crea la Comisión de Seguimiento de la Agenda 2030 en Castilla-La
Mancha, establece en el artículo 6.1, que la Comisión de Seguimiento de la Agenda 2030 podrá recabar de cualquier
órgano de la administración regional u organismo, empresa o fundación del sector público regional la información y
asesoramiento que precise para el ejercicio de sus funciones. Asimismo, en el artículo 6.2. se contempla la posibilidad
de constituir grupos de trabajo, con la estructura, composición y duración que se acuerden por la misma.
La implementación de la Agenda 2030 y la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible que plantea, exige la
implicación de diversos actores del ámbito público, privado y social, situados en diferentes niveles, mediante una alianza
de permanente colaboración.
La importancia de su integralidad se maniesta al afectar a todos los niveles de gobierno: nacional, regional y, de
manera especial, local.
El carácter regional de la Comisión de Seguimiento hace necesaria la creación de espacios que favorezcan la
participación de instituciones y entidades que operan en el nivel de la provincia, garantizando la homogeneidad territorial
en el desarrollo de las diferentes actuaciones. Por otro lado, resulta imprescindible el establecimiento de criterios y
herramientas comunes, que faciliten el análisis, seguimiento y evaluación del proceso de ejecución de la Agenda 2030
en nuestra región.
La creación de comisiones provinciales ofrecerá la cercanía y proximidad al ámbito local del conocimiento, fomento y
ejecución de acciones y estrategias que impulsan el desarrollo local, sostenible y participativo. Por otro lado, la creación
de una Subcomisión de Coordinación de la Agenda 2030 permitirá elevar a la Comisión de Seguimiento aquellas
propuestas e iniciativas aportadas por las Comisiones Provinciales y trasladar la información necesaria, recogida de
manera homogénea, para que se pueda realizar el análisis y seguimiento del proceso de implementación de la Agenda
2030 en Castilla-La Mancha.
Por estos motivos se hace necesaria la creación de ambos órganos, congurándose como instrumentos que van a facilitar
la colaboración y establecimiento de alianzas entre los diferentes actores implicados en el desarrollo sostenible.
Por todo lo expuesto, y de conformidad con el Decreto 276/2019, de 17 de diciembre, por el que se modica el Decreto
87/2019, de 16 de julio, por el que se establecen la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de
la Consejería de Desarrollo Sostenible.
Dispongo:
Artículo 1. Creación de las Comisiones Provinciales de Seguimiento de la Agenda 2030.
Se crean cinco Comisiones Provinciales de Seguimiento de la Agenda 2030, una por cada provincia de la Comunidad
Autónoma, congurándose como órganos colegiados que favorecen la participación de instituciones y entidades que
desarrollan su actividad en el ámbito provincial.
Artículo 2. Naturaleza y adscripción.
1. Las Comisiones Provinciales de Seguimiento de la Agenda 2030 son órganos de participación de la Administración
de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.
2. Las Comisiones Provinciales de Seguimiento de la Agenda 2030 están adscritas al órgano de la estructura de la
Administración regional con competencias en materia de Agenda 2030 a nivel provincial.
AÑO XL Núm. 95 19 de mayo de 2021 20011

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