ORDEN 6/2018, de 25 de junio, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas de rehabilitación de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, dentro del Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas del Plan estatal de vivienda 2018-2021. [2018/6325]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

La vivienda, elemento estrechamente ligado a la salud y desarrollo de los ciudadanos, y por tanto reconocido como derecho básico, ha de ser objeto de especial atención en cuanto a la promoción de actuaciones que faciliten su conservación y su adecuación a las circunstancias especiales que puedan presentar sus ocupantes.

La Generalitat, en su especial interés sobre la mejora en la calidad de vida de la ciudadanía, viene formulando diversas políticas entre las que son de gran relevancia las dirigidas a la mejora de las condiciones de las viviendas.

En este sentido, la Generalitat gestionó en el ejercicio 2017, de forma pionera y con recursos propios, el Plan de reforma interior de viviendas, Plan RENHATA, que contempló subvenciones a los propietarios, usufructuarios o inquilinos, para actuaciones sobre los elementos privativos de la vivienda y dirigidas a la mejora de su calidad, sostenibilidad, accesibilidad y habitabilidad.

En esta misma línea el Ministerio de Fomento en el nuevo Plan de vivienda 2018-2021 incorpora unas nuevas ayudas para la mejora del interior de las viviendas tanto desde aspectos de funcionalidad y habitabilidad como para aquellas actuaciones que faciliten la accesibilidad universal en el interior de las viviendas.

Para ello en el Plan estatal de vivienda 2018-2021, entre sus líneas de subvención se encuentra la rehabilitación de viviendas ubicadas dentro de edificios de tipología residencial colectiva, tanto para actuaciones de conservación como accesibilidad dentro del Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, en relación con lo establecido en el Real decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan estatal de vivienda 2018-2021.

Corresponde establecer las bases reguladoras de la convocatoria de este tipo de ayudas dentro del Plan estatal de vivienda 2018-2021. La dotación de la línea presupuestaria de la convocatoria de estas ayudas estará dentro del Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas. Esta dotación podrá realizarse inicialmente con fondos de la Generalitat. Una vez se suscriba el correspondiente convenio entre la Generalitat Valenciana y el Ministerio de Fomento, la dotación de la convocatoria podrá absorber la financiación que se acuerde con el Ministerio de Fomento para el Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas.

Las bases reguladoras que se aprueban mediante esta orden plantean optimizar al máximo la necesaria gestión que conlleva este tipo de actuaciones, cuyas mayores dificultades se dan en los grupos de menores recursos, tanto respecto a la organización y gestión como respecto a la necesaria financiación.

Por ello se establece una simplificación de la documentación que debe aportarse para solicitar las ayudas, incorporando medidas que agilizarán la tramitación de las mismas.

Se podrán financiar con cargo al Ministerio de Fomento, las ayudas contempladas en el Plan estatal por importe del 40 por 100 del presupuesto de las obras y una subvención adicional del 35 por 100 para aquellas viviendas donde residan unidades de convivencia con recursos limitados a 3 veces el IPREM o con situaciones de discapacidad o mayores de 65 años y además se prevé conceder con cargo a fondos propios de la Generalitat ayudas por importe de un 10 por 100 del presupuesto de las obras.

Se priorizará la concesión de las ayudas en los grupos de viviendas de peor estado de conservación y de peor calidad constructiva buscando

de esta forma, potenciar los procesos de rehabilitación en los ámbitos de mayor vulnerabilidad potencial y contribuir a resolver problemas que de otra forma es difícil que se pudieran solucionar, especialmente aquellos relacionados con la accesibilidad y eficiencia energética, patologías estructurales o adecuación de instalaciones del edificio.

En relación con la política de la competencia de la Unión Europea, las ayudas que se convocan no precisan notificación o comunicación a la Unión Europea, por no falsear o amenazar con falsear la competencia, al no afectar al desempeño de actividades económicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el ejercicio de la potestad reglamentaria la Administración pública actuará de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, estando la presente orden en todo momento sujeta a dichos principios.

En virtud de cuanto antecede, evacuados todos los informes preceptivos, vistos el artículo 149.1.9 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, y demás normas de general y pertinente aplicación, conforme el Consejo Jurídico Consultivo de la Comunitat Valenciana, y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 28.e, de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell,

ORDENO

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación

Se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la rehabilitación de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, dentro del Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, del Plan estatal de vivienda 2018-2021, cuyo contenido consta en el anexo a la presente orden, y que tienen como objeto articular ayudas para la rehabilitación de viviendas, en régimen de concurrencia competitiva.

Artículo 2 Convocatoria

El procedimiento de otorgamiento de las ayudas reguladas en las bases que se aprueban mediante la presente orden se iniciará mediante la correspondiente resolución de convocatoria, cuya aprobación queda supeditada en todo caso a la existencia de disponibilidad presupuestaria.

Dicha resolución de convocatoria será publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. No incidencia presupuestaria

La aprobación de la presente orden no tiene incidencia en el presupuesto de la Generalitat.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única. Derogación normativa

Queda derogada la Orden 6/2017, de 21 de abril, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Normativa aplicable

Además de lo previsto en esta orden, serán de aplicación el Real decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan estatal de vivienda, 2018-2021, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su reglamento de desarrollo aprobado por Real decreto 887/2006, de 21 de julio, la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la

Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, y demás normativa de preceptiva aplicación.

Segunda. Habilitación normativa

La dirección general competente en materia de vivienda queda facultada para dictar cuantas instrucciones y resoluciones resulten necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente orden.

Tercera. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 25 de junio de 2018

El secretario autonómico de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio,

p. d. (D 4/2018, de 26 de marzo, del president de la Generalitat; DOGV 8262, 27.03.2018),

JOSEP VICENT BOIRA MAIQUES

ANEXO

Bases reguladoras de las ayudas de rehabilitación de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva del Programa de fomento de la conservación y mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad de edificios de viviendas del Plan estatal de vivienda 2018-2021

Primera. Objeto

Las presentes bases reguladoras tienen por objeto regular las ayudas para las actuaciones de conservación, mejora de la accesibilidad y mejora de la seguridad de utilización de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan estatal de vivienda 2018-2021, así como las ayudas adicionales de la Generalitat.

Segunda. Alcance de las actuaciones de rehabilitación

Serán subvencionables las actuaciones de conservación y de mejora de la accesibilidad que afecten a viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva.

Tercera. Personas beneficiarias

Los propietarios o arrendatarios de viviendas en edificios de tipología residencial colectiva, así como...

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