ORDEN de 5 de abril de 2022, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regula y convoca, para el ejercicio 2022, el programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana, Hirigune 2022.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Turismo, Comercio y Consumo
Rango de LeyOrden

El sector comercial se enfrenta a cambios estructurales profundos con el principal reto de transformarse para responder a los nuevos hábitos de compra de las personas consumidoras. Las tecnologías de la información y de la comunicación y la irrupción con fuerza de nuevos canales de distribución, hacen necesaria la adopción de nuevas estrategias y nuevos modelos de negocio para la mejora de la competitividad del sector basados en la transformación digital y la sostenibilidad.

El programa de Gobierno 2020-2024 de la XII Legislatura «Euskadi Martxan 2020-2024» establece, entre los cuatro en que se estructura el programa, como Eje I el denominado como Prosperidad, en torno al que se articulan las áreas de actuación para promover el empleo y la reactivación económica. Tal y como se recoge en el programa, la actividad comercial constituye un elemento básico de nuestro modelo de vida social y de ciudad, a la vez que contribuye al crecimiento económico local y a la creación de empleo.

Una de las nueve áreas de actuación de este eje es la dedicada al Comercio y la Hostelería destacando el compromiso de actuación para la mejora de la competitividad del comercio con iniciativas dirigidas a la transformación digital, desarrollo de competencias profesionales, la mejora en la gestión y, en general, acciones dirigidas a la sostenibilidad y digitalización, creación de marca vinculada al territorio y enfocadas especialmente en el pequeño comercio. Pero también destaca el compromiso de actuación de profundizar en la gobernanza interinstitucional y potenciar las alianzas con iniciativas como el impulso de las distintas sinergias colaborativas que surgen desde los propios sectores de comercio y hostelería y la colaboración y coordinación de acciones de todos los agentes.

Todos estos compromisos y acciones se van a desarrollar en la Estrategia del Comercio Vasco 2030 y el Plan de Comercio 2021-2025 que tiene como objetivo responder a la transformación del sector, su modernización y rejuvenecimiento. Asimismo, se deberá abordar y actualizar el modelo de gobernanza que debe impulsar la política comercial vasca desde la colaboración interinstitucional y la cooperación de todos los agentes públicos y privados.

La crisis sanitaria del COVID-19 impactó especialmente en el sector comercial. Según los datos publicados por el Eustat, aunque con impactos diferenciados según los subsectores comerciales, el índice de ventas del comercio minorista arrojó para el año 2020 un descenso acumulado con respecto al año anterior del 4,9 % en términos homogéneos de calendario laboral y a precios constantes. Si bien, en el balance del año 2021, las ventas del comercio minorista han aumentado un 3,6 % con respecto al año anterior apuntando una cierta recuperación que sin embargo ha dejado un escenario del sector comercial necesitado de apoyo e impulso para lograr la recuperación de la actividad y la revitalización del sector comercial.

Por todo lo anteriormente descrito se considera conveniente la puesta en marcha del programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana Hirigune, apoyando presupuestariamente el tejido asociativo y las actuaciones de las Asociaciones de Comerciantes y Asociaciones Mixtas de comercio hostelería y servicios.

Asociaciones comerciales que fomenten el trabajo compartido y la colaboración interempresarial para el impulso de actuaciones fortalecedoras del sector y su modernización; para la creación de un clima comercial vivo y estimulante que redunde en la visibilidad del comercio local y de proximidad ahora más que nunca; que promuevan nuevas soluciones que impulsen la modernización del sector comercial y su presencia en todos los canales de comercialización; que faciliten la adaptación al cambio de hábitos del consumidor acompañando al comerciante en su transformación y capacitación y que participen proactivamente en el desarrollo de las políticas públicas donde el entorno urbano sigue constituyendo un ámbito de trabajo prioritario para el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo.

En esta edición 2022, la convocatoria Hirigune se realiza en la modalidad concursal no competitiva según se establece en el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco. Ya que el programa tiene la finalidad de otorgar ayudas a todas aquellas entidades que, habiendo formulado, sus solicitudes en tiempo y forma, cumplan los requisitos exigidos en la presente Orden para resultar beneficiarias, las mismas accederán a las ayudas tomando como base las cuantías y porcentajes teóricos que se establezcan en el articulado de esta orden.

Las actuaciones a subvencionar en este programa deberán enmarcarse sinérgicamente con las actuaciones públicas municipales contempladas en los Planes Especiales de Revitalización Comercial -Percos- o Planes Estratégicos de Comercio; y en las Mesas de Comercio el foro natural de cogobernanza.

Todo ello en línea con la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030, reforzando el compromiso del Departamento y del Gobierno con esta, especialmente en lo relativo a los Objetivos de Desarrollo Sostenibles: ODS5: igualdad de género; ODS8: promover el crecimiento inclusivo y sostenible, el empleo y el trabajo decente para todos; ODS9: industria, innovación e infraestructura; ODS11: ciudades y comunidades sostenibles; ODS12: modalidades de consumo y producción sostenibles; ODS13: acción por el clima, en particular el impulso de la economía circular y el ODS17: alianzas para lograr los objetivos.

La presente Orden se incardina en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo para 2022 aprobado por Orden de 24 de enero de 2022, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, y cuenta con la existencia de crédito presupuestario suficiente establecido en la Ley 11/2021, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2022.

Y, en virtud de ello,

Artículo 1 – Objeto.

El objeto de la presente Orden es regular la concesión de ayudas para el año 2022 destinadas a impulsar la actividad de las asociaciones de comerciantes, con el fin de incentivar las estrategias zonales de cooperación, dinamización y competitividad comercial urbana que contribuyan a la revitalización del sector comercial.

Artículo 2 – Recursos económicos.
  1. – Los recursos económicos destinados a la financiación de las ayudas reguladas en la presente convocatoria ascienden a un total de 1.850.000 euros; 1.480.000 euros correspondientes al crédito de pago del ejercicio 2022 y 370.000 euros de compromiso para el 2023.

  2. – La adjudicación de todas las ayudas concedidas se realizará de una sola vez, en un mismo acto, sin utilizar la técnica concursal competitiva, por tratarse de un programa cuya finalidad es otorgar ayudas a todas aquellas entidades que, habiendo formulado sus solicitudes en tiempo y forma, cumplan los requisitos exigidos en la presente Orden para resultar beneficiarias.

A tal efecto, si las disponibilidades presupuestarias vinculadas a la financiación del mismo resultaran insuficientes para atender las peticiones formuladas en las cuantías establecidos en el artículo 8 de la presente Orden, se procederá a su prorrateo entre las mismas tomando como base para su cálculo el importe de la subvención teórica calculada según el expresado artículo 8, y afectando en su caso, al límite del municipio que se verá reducido en la misma medida.

Artículo 3 – Entidades beneficiarias.
  1. – Serán beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria las asociaciones de comerciantes municipales; las asociaciones mixtas o las plataformas, agrupaciones o asociaciones de comercio urbano.

    De este modo, podrán ser beneficiarias, siempre y cuando representen a un mínimo de 10 establecimientos comerciales:

    1. Las Asociaciones de Comerciantes deberán estar debidamente constituidas e inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco o en el Registro de Asociaciones Empresariales y Sindicales del País Vasco.

    2. Las asociaciones de comerciantes y asociaciones mixtas de ámbito zonal, que se hallen inscritas, a fecha 1 de enero de 2022, en el Censo de Asociaciones de Comerciantes de la Comunidad Autónoma del País Vasco, regulado por el Decreto 148/1997, de 17 de junio, y con los datos actualizados reglamentariamente.

    3. Las plataformas, agrupaciones o asociaciones de comercio urbano, que se hallen constituidas como agrupación de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, o cualquier tipo de unidad económica o patrimonio, con personalidad jurídica propia, e inscritas como tales en cualquier forma admitida en derecho, a fecha de 1 de enero de 2022.

  2. – Además de las condiciones previstas en el apartado anterior las entidades...

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