ORDEN 41/2018, de 28 de noviembre, de la Conselleria de Educación, Investigación Cultura y Deporte, por la que se modifica parcialmente la Orden 47/2016, de 5 de agosto, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de los planes de especialización deportiva. [2018/11210]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

Por Orden de 47/2016, de 5 de agosto, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de los planes de especialización deportiva.

El objeto de las subvenciones es sufragar los gastos ocasionados por el desarrollo de un plan de especialización deportiva cuyo objetivo fundamental es favorecer la formación integral de los deportistas y las deportistas y permitir compaginar adecuadamente el desarrollo de su actividad académica con las exigencias que implica la preparación para el deporte de alto nivel.

A veces resulta necesario planificar entrenamientos, concentraciones o participar en competiciones fuera del Complejo Educativo de Cheste, actuaciones necesarias para una correcta preparación de los deportistas y las deportistas de los planes. El desarrollo de estas actividades supone gastos de desplazamientos, alojamiento y manutención de deportistas y personal técnico que pueden ser objeto de la subvención y que no se contemplaron en la redacción inicial de la orden.

De conformidad con el artículo 164.a de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, por Resolución de 30 de agosto de 2016, del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, se aprueba el Plan estratégico de subvenciones 2016-2019 de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, que incluye la línea de subvención objeto de estas bases.

En la elaboración de la presente orden se han seguido los principios de buena regulación de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Las ayudas que se otorguen al amparo de las presentes bases no precisan notificación a la Comunidad Europea al no reunir los requisitos del artículo 107 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea, según dispone el Decreto 128/2017, de 29 de septiembre, del Consell, y la comunicación de la Comisión relativa al concepto de ayuda estatal (DOUE C 262, 19.07.2016), ya que las mismas no suponen ventaja económica alguna dado que las entidades a las que van dirigidas las subvenciones no desarrollan actividades económicas en las que se oferten al mercado bienes o servicios, por lo que no existe...

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