I DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
ORDEN de 30 de junio de 2020 que aprueba las bases reguladoras de las ayudas autonómicas del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021.
(2020050133)
CAPÍTULO I
Disposiciones Comunes.
Artículo 2
Ámbito de aplicación.
Artículo 3
Programas de ayudas del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021.
Artículo 5
Ingresos anuales ponderados.
Artículo 6
Requisitos para obtener la ayuda.
Artículo 7
Procedimiento de concesión y convocatoria de las ayudas.
Artículo 8
Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las ayudas y plazo de resolución y notificación.
Artículo 9
Cuantía de las ayudas.
Artículo 10
Financiación.
Artículo 11
Incompatibilidad de las subvenciones.
Artículo 12
Solicitudes de subvención.
Artículo 13
Documentación.
Artículo 14
Subsanación de solicitud de subvención.
ÍNDICE
Artículo 15
Alteración de las circunstancias.
Artículo 16
De la actividad administrativa de seguimiento, inspección y control.
Artículo 17
Pérdida del derecho a las subvenciones y régimen sancionador.
Artículo 18
Publicidad de la concesión de subvenciones.
CAPÍTULO II
Programa de vivienda protegida autopromovida, general o ampliable.
Artículo 19
Objeto del programa.
Artículo 20
Requisitos para acceder a la ayuda.
Artículo 21
Líneas de protección preferente.
Artículo 22
Solicitud de subvención y documentación.
Artículo 23
Cuantía de la ayuda.
Artículo 24
Obligaciones de los beneficiarios.
Artículo 25
Justificación y pago de la ayuda.
CAPÍTULO III
Programa de ayuda directa a la entrada.
Artículo 26
Objeto del programa.
Artículo 27
Requisitos de la actuación protegida.
Artículo 28
Requisitos para acceder a la ayuda.
Artículo 29
Líneas específicas de protección preferente.
Artículo 30
Solicitud de subvención y documentación.
Artículo 31
Cuantía de la ayuda.
Artículo 32
Obligaciones de las personas beneficiarias.
Artículo 33
Justificación y pago de la ayuda.
CAPÍTULO IV
Programa de fomento de obras en vivienda existente.
Artículo 34
Objeto del programa.
Artículo 35
Requisitos de las actuaciones subvencionables.
Artículo 36
Requisitos para obtener la ayuda.
Artículo 37
Solicitud de subvención y documentación.
Artículo 38
Visita previa a la resolución.
Artículo 39
Cuantía de la ayuda.
Artículo 40
Obligaciones de las personas o entidades beneficiarias.
Artículo 41
Modificaciones en la documentación técnica presentada.
Artículo 42
Justificación y pago de la ayuda.
CAPÍTULO V
Programa de Fomento de la Rehabilitación Energética de la Vivienda Existente (PEEVE).
Artículo 43
Objeto del programa.
Artículo 44
Actuaciones subvencionables.
Artículo 45
Requisitos de las actuaciones subvencionables.
Artículo 46
Beneficiarios y requisitos de acceso a la subvención de la Línea General.
Artículo 47
Beneficiarios y requisitos de acceso a la subvención de las líneas específicas de protección preferente.
Artículo 48
Solicitud de la subvención y documentación.
Artículo 49
Visita previa a la resolución.
Artículo 50
Cuantía de la subvención y presupuesto protegido.
Artículo 51
Obligaciones de las personas beneficiarias.
Artículo 52
Modificaciones en la documentación técnica presentada.
Artículo 53
Justificación y pago de la ayuda.
CAPÍTULO VI
Programa de ayuda a la conversión de espacios cerrados en viviendas.
Artículo 54
Objeto del programa.
Artículo 55
Requisitos de las actuaciones subvencionables.
Artículo 56
Requisitos para obtener la ayuda.
Artículo 57
Solicitud de subvención y documentación.
Artículo 58
Visita previa a la resolución.
Artículo 59
Líneas específicas de protección preferente.
Artículo 60
Cuantía de la ayuda.
Artículo 61
Obligaciones de las personas beneficiarias.
Artículo 62
Modificaciones de la documentación técnica presentada.
Artículo 63
Justificación y pago de la ayuda.
CAPÍTULO VII
Programa de ayudas al promotor de vivienda protegida de nueva construcción.
Artículo 64
Objeto del programa.
Artículo 65
Requisitos para acceder a la ayuda.
Artículo 66
Solicitud de subvención y documentación.
Artículo 67
Cuantía de la ayuda.
Artículo 68
Obligaciones de las personas o entidades beneficiarias.
Artículo 69
Justificación y pago de la ayuda.
Disposición adicional única
Acuerdos bilaterales con el Ministerio competente en materia de vivienda.
Disposiciones Transitorias
Disposición transitoria primera
Ámbito temporal de aplicación del régimen de subvenciones
Disposición transitoria segunda
Régimen transitorio del programa de ayuda directa a la entrada.
Disposición derogatoria única
Derogación normativa.
Disposición final primera
Régimen jurídico.
Disposición final segunda
Entrada en vigor.
ANEXOS
ANEXO TÉCNICO I: ELEMENTOS DE LA ENVOLVENTE TÉRMICA.
ANEXO TÉCNICO II: JUSTIFICACIÓN TÉCNICA DE LAS MEJORAS ENERGÉTICAS SUBVENCIONADAS Firmado (el técnico redactor)
ANEXO III
PLACAS DE PUBLICIDAD EN PROGRAMA DE FOMENTO DE OBRAS EN VIVIENDA EXISTENTE Y EN EL PROGRAMA DE AYUDA A LA CONVERSIÓN DE ESPACIOS CERRADOS EN VIVIENDAS.
ANEXO IV
PLACAS DE PUBLICIDAD EN EL PROGRAMA DE FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE LA VIVIENDA EXISTENTE (PEEVE)
Artículos 1 a 69
Desde que se aprobara el Plan Autonómico de Vivienda 1992-1995, las distintas políticas activas de vivienda diseñadas e implantadas en Extremadura pese a su alcance eminentemente social, han servido de verdadero motor del desarrollo económico en nuestra Comunidad Autónoma.
Así, los sucesivos Planes autonómicos de vivienda y los correlativos planes estatales sobre la misma materia, han logrado hacer realidad en Extremadura el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. El actual ciclo por el que atraviesa del sector de la construcción y el sector inmobiliario aconsejan profundizar en estrategias en materia de alquiler de vivienda, debido al auge experimentado en los últimos años como consecuencia de las dificultades existentes para acceder a la propiedad de las viviendas, y de intervención en viviendas usadas, mediante obras que mejoren su accesibilidad, su estado de conservación y, como no, su eficiencia energética y sostenibilidad; todo ello sin perder de vista el mercado de vivienda de nueva construcción que siempre ha tenido un espacio reservado en Extremadura debido a los evidentes factores socioeconómicos y culturales que conviven en nuestra Comunidad autónoma.
Por ello, el nuevo Plan autonómico de vivienda incorporó buena parte de las medidas recogidas en el último Plan 2013-2017, que ha conservado su vigencia hasta la anualidad 2018 gracias a la profunda modificación que experimentó en el año 2016, e introdujo al propio tiempo importantes novedades; todas las cuales coinciden con los ejes del Plan.
El Decreto 17/2019, de 12 de marzo, aprobó las bases reguladoras de las ayudas autonómicas del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021. El mismo se publicó en el Diario Oficial de Extremadura n.º 53, de 18 de marzo.
La experiencia reciente demuestra la necesidad de priorizar la recuperación de cascos urbanos mediante estrategias de rehabilitación de edificios y viviendas, tanto mejor si se opera de forma ordenada y programada en pequeños núcleos de población, muy necesitados de la fijación de población y de la urgente reducción de los gastos de inversión y de mantenimiento derivados de un crecimiento poco sostenible de los municipios. Las bolsas de viviendas que se están generando en la periferia de algunos municipios son claro ejemplo de este desarrollo insostenible de nuestras ciudades y pueblos.
Por otro lado, el Decreto 26/2018, de 6 de marzo, por el que se crea y regula la vivienda protegida ampliable y la vivienda protegida autopromovida ampliable, implanta las dos tipologías de viviendas que menciona en su título el propio Decreto. La experiencia evidencia la necesidad de acomodar a la superficie máxima permitida de la vivienda protegida ampliable
y la vivienda protegida autopromovida ampliable, la intensidad de las ayudas que contemplaba el Decreto 17/2019, de 12 de marzo.
En su virtud, y debido a las exigencias de Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la cual dispone que las bases reguladoras serán aprobadas mediante Orden del titular de la...