ORDEN de 27 de julio de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se aprueban, para el año 2022, las bases de la convocatoria de ayudas a la digitalización de la cadena alimentaria y de la madera de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Desarrollo EconÓMico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

El Gobierno Vasco ha definido la Estrategia para la Transformación Digital de Euskadi 2025 en el contexto de la estrategia europea.

Estamos ante un contexto de transformación digital en todos los ámbitos de la sociedad, que afecta tanto a la economía como a la sociedad. Alineándose con objetivos de sostenibilidad, la Comisión Europea, a través de una propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y el Consejo de Europa, ha establecido el programa Europa Digital 2021- 2027. El objetivo general del programa es impulsar las inversiones de la UE, los Estados miembro y la industria para apoyar la transformación digital de la economía, la industria y la sociedad europea y mejorar, así, la competitividad reduciendo la brecha digital y reforzando la autonomía estratégica de la UE.

Tal y como refleja el nuevo Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030 (PCTI Euskadi 2030), nuestra Comunidad Autónoma se enfrenta a una triple transformación tecnológico-digital, energético-climática y social y sanitaria. La revolución tecnológico-digital afectará al conjunto de los sectores de la economía. Estos sectores se encuentran en un proceso de transición entre los métodos de organización tradicionales y la organización basada en la digitalización. Para ello, están avanzando en la automatización y mejora de sus procesos, así como incorporando soluciones flexibles y tecnologías de robotización, de fabricación aditiva o de conectividad entre las máquinas y equipos, base para la aplicación de tecnologías de Inteligencia Artificial y Big Data.

La digitalización, la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación son indicadores del desarrollo económico de los países, así como factores determinantes para su productividad, competitividad y crecimiento sostenible. Euskadi viene realizando en las últimas décadas un esfuerzo conjunto público-privado sobre las bases de la especialización inteligente y la promoción de la sociedad del conocimiento, con el objetivo prioritario de hacer de Euskadi un polo de innovación europeo.

Euskadi se encuentra en una posición avanzada en lo relativo a la digitalización de su economía y sociedad en el entorno de la Unión Europea según se desprende del Índice Europeo de Economía y Sociedad Digitales, DESI, utilizado por la CE para medir la evolución comparada de los países de la UE-28 y que sitúa a Euskadi en séptima posición en el año 2020. Este índice mide cinco dimensiones que se corresponden con la conectividad, el capital humano, el uso de servicios de Internet, la integración de las tecnologías digitales en las empresas y los servicios públicos digitales. Euskadi se sitúa en cuatro de las cinco dimensiones entre los ocho primeros países, salvo en la dimensión uso de servicios de internet.

Si bien en otros sectores este camino hacia la transformación digital está asumido y ya ha comenzado, según el reciente diagnóstico de industria 4.0 realizado por AZTI (centro tecnológico sectorial acreditado de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e innovación, especializado en investigación alimentaria y marina) a la industria alimentaria, se desprende que el sector alimentario se ve ralentizado debido a la casuística específica que presenta. La heterogeneidad y caducidad de los productos alimentarios hacen de su manipulación y trasformación una complejidad añadida.

Hay que tener en cuenta, además, que una característica común de las empresas de la cadena de valor alimentaria y de la madera es su tamaño, estando en gran medida constituida por pymes y micropymes. Por otro lado, también sabemos que nos encontramos ante un sector tradicional, en el que, por lo general, la incorporación de nueva tecnología y nuevos procesos suele darse a un ritmo más lento que en otros sectores más industrializados.

La cadena de valor de la alimentación supone el 10,6 % del PIB de Euskadi con más de 95.000 empleos correspondientes a un total de cerca de 31.000 empresas. La cadena de valor de la madera, por su parte, supone un 1,54 % del PIB y 18.000 empleos. La digitalización y el uso inteligente de las tecnologías digitales son determinantes para el éxito de la innovación, la competitividad y el crecimiento de las empresas ofreciendo oportunidades para fortalecer su posición en el mercado. La digitalización puede facilitar numerosas innovaciones en los procesos y por tanto permite a la pyme diferenciarse de sus competidores como en el caso de las empresas de fabricación y minoristas que pueden mejorar la eficiencia de la producción automatizando los procesos de fabricación y de la cadena de suministro.

Esta Orden tiene por objeto convocar ayudas a la realización de gastos e inversiones en proyectos de digitalización e incorporación de tecnología 4.0 con fines de mejora de competitividad y optimización de recursos de la cadena alimentaria y de la madera de Euskadi.

Las ayudas convocadas mediante la presente Orden se encuentran recogidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente para los años 2021, 2022 y 2023 aprobado por «Orden de 17 de marzo de 2021 de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente para los años 2021, 2022 y 2023», y publicado en la página web del Gobierno Vasco, «euskadi.eus», dentro del espacio dedicado al departamento, y en la sección «Planes y proyectos».

Las ayudas a conceder en el marco de esta Orden constituirán ayudas de Estado, por lo que serán de aplicación el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, el Reglamento (UE) n.º 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola, el Reglamento (UE) n.º 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura y el Reglamento (UE) n.º 360/2012 de la Comisión, de 25 de abril de 2012, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis concedidas a empresas que prestan servicios de interés económico general, sin perjuicio, del resto de disposiciones tanto del derecho nacional como de la Unión Europea que pudieran resultar de aplicación.

Existiendo dotación presupuestaria suficiente según los créditos autorizados por la Ley 11/2021, de 23 de diciembre de 2021, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio de 2022, y en función de lo establecido en el Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi, la presente convocatoria de ayudas cuenta con suficiente cobertura presupuestaria.

En aplicación de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, que en su artículo 26.4 dispone que, sin menoscabo de las competencias que les corresponden como miembros del Gobierno, los consejeros están investidos, entre otras atribuciones, de la atribución de dictar disposiciones administrativas generales y resoluciones en materias de su departamento.

Artículo único – Convocatoria.

Aprobar, para el año 2022, las bases de la convocatoria de ayudas a la digitalización de la cadena alimentaria y de la madera de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que se recogen en el Anexo de la presente Orden.

Contra la presente Orden podrán los interesados interponer recurso de reposición ante la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación.

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de julio de 2022.

La Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente,

MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.

Base 1.– Objeto y finalidad.

  1. – El objeto de la presente Orden es convocar las ayudas dirigidas a apoyar la incorporación y el fomento de la digitalización de la industria de la cadena alimentaria y de la madera de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con objeto de mejorar su competitividad.

  2. – Estas ayudas reguladas en la presente Orden tienen una triple finalidad: apoyar, por un lado, a las empresas en su iniciación a la digitalización a través de la incorporación de sistemas digitales; apoyar a aquellas empresas que se encuentren en una fase de digitalización avanzada a través de la incorporación de tecnología 4.0; y finalmente, impulsar a aquellos proyectos estratégicos de digitalización que tengan impacto en la cadena alimentaria y de la madera de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

    Base 2.– Naturaleza de las ayudas.

    El presente programa subvencional está sometido a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad en su ejecución y resolución.

    Las ayudas contempladas en la presente Orden se adjudicarán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, conforme al artículo 51.4 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre.

    Las ayudas que se concedan en el marco del presente programa tendrán la consideración de subvenciones a fondo perdido.

    Las ayudas a conceder en el marco de esta Orden...

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