ORDEN de 27 de julio de 2021, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se regula y convoca para el ejercicio 2021, el programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana ante la COVID-19 - Hirigune.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Turismo, Comercio y Consumo
Rango de LeyOrden

El programa de Gobierno 2020-2024 de la XII Legislatura «Euskadi Martxan» establece, entre los cuatro en que se estructura el programa, como Eje I el denominado como Prosperidad, en torno al que se articulan las áreas de actuación para promover el empleo y la reactivación económica. Tal y como se recoge en el programa, la actividad comercial constituye un elemento básico de nuestro modelo de vida social y de ciudad, a la vez que contribuye al crecimiento económico local y a la creación de empleo.

Una de las nueve áreas de actuación de este eje es la dedicada al Comercio y la Hostelería destacando el compromiso de actuación para la mejora de la competitividad del comercio con iniciativas dirigidas a la transformación digital, desarrollo de competencias profesionales, la mejora en la gestión y, en general, acciones dirigidas a la sostenibilidad y digitalización, creación de marca vinculada al territorio y enfocadas especialmente en el pequeño comercio. Pero también destaca el compromiso de actuación de profundizar en la gobernanza interinstitucional y potenciar las alianzas con iniciativas como el impulso de las distintas sinergias colaborativas que surgen desde los propios sectores de comercio y hostelería y la colaboración y coordinación de acciones de todos los agentes.

El último Plan de Turismo, Comercio y Consumo 2017-2020 concluyó su planificación el ejercicio 2020, en estos momentos se está trabajando en el desarrollo del Plan de Comercio 2021-2025 en el marco de la Estrategia de Comercio 2030, que deberá establecer los ejes y políticas para afrontar los principales retos del sector comercial, especialmente tras la crisis sanitaria del COVID-19, que ha transformado los ritmos a los que se deberá responder en la transformación acelerada del sector, su modernización y rejuvenecimiento. Asimismo, se deberá abordar y actualizar el modelo de gobernanza que debe impulsar la política comercial vasca desde la colaboración interinstitucional y la cooperación de todos los agentes públicos y privados.

Porque el escenario cambió radicalmente desde que el 11 de marzo de 2020, la OMS declaró el brote de coronavirus caracterizándolo como una pandemia global en la que aún estamos inmersos. La declaración de alarma y el confinamiento posterior, así como todas las medidas que han debido adoptarse legalmente a lo largo de este tiempo, en especial las restricciones de movilidad, horarios y actividades han tenido un gran impacto en el sector comercial.

Los rebrotes y las sucesivas olas de la pandemia han llevado a ir adoptando diferentes medidas en función de la situación epidemiológica, básicamente mediante la limitación de la movilidad tanto a nivel de Comunidad Autónoma como de Territorio Histórico como de movilidad municipal; pero también medidas directamente dirigidas a los establecimientos comerciales como la limitación de aforo de clientes en el interior de los mismos con porcentajes que ahora están en el 40 % o 60 % según el tamaño del mismo e igualmente mediante la limitación en los horarios de apertura y cierre. Asimismo, las limitaciones impuestas a la hostelería y en algunos momentos su cierre, también ha puesto de relieve las sinergias existentes entre el comercio, la hostelería y el ocio.

Según los datos publicados por el Eustat recientemente, 5 de febrero de 2021, del índice de comercio minorista, el balance del año 2020 de las ventas del comercio minorista ha acumulado un descenso con respecto al año anterior del 4,9 % en términos homogéneos de calendario laboral y a precios constantes. Con unos impactos diferenciados según los subsectores comerciales.

Por todo ello, ya desde los primeros momentos de la pandemia el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo puso en marcha un Plan de Resistencia con el objetivo del sostenimiento de los empleos y de la actividad en los sectores del turismo, comercio y hostelería.

La prioridad absoluta del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo en materia económica, en esta fase de resistencia, radica en proteger y dar soporte al sector comercial minorista vasco para minimizar el impacto y lograr que, una vez finalizada la alarma sanitaria, se produzca lo antes posible una reactivación en la actividad y una revitalización del sector comercial.

Por todo lo anteriormente descrito y de la misma manera que se realizó en la convocatoria 2020 del programa Hirigune, se considera conveniente la puesta en marcha del programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana ante la COVID-19 – Hirigune, concentrando el esfuerzo presupuestario en el tejido asociativo y orientando íntegramente las ayudas hacia las actuaciones de las Asociaciones de Comerciantes y Asociaciones Mixtas de comercio hostelería y servicios así como Plataformas, agrupaciones o asociaciones de comercio urbano.

Asociaciones comerciales que fomenten el trabajo compartido y la colaboración interempresarial para el impulso de actuaciones fortalecedoras del sector y su modernización; para la creación de un clima comercial vivo y estimulante que redunde en la visibilidad del comercio local y de proximidad ahora más que nunca; que promuevan nuevas soluciones que impulsen la modernización del sector comercial y su presencia en todos los canales de comercialización; que faciliten la adaptación al cambio de hábitos del consumidor acompañando al comerciante en su transformación y capacitación y que participen proactivamente en el desarrollo de las políticas públicas donde el entorno urbano sigue constituyendo un ámbito de trabajo prioritario para el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo.

Las actuaciones a subvencionar en este programa deberán enmarcarse sinérgicamente con las actuaciones públicas municipales en un marco de colaboración que encuentra en los Planes Especiales de Revitalización Comercial –PERCOS– o Planes Estratégicos de Comercio una hoja de ruta compartida; y en las Mesas de Comercio el foro natural de cogobernanza.

En ese contexto el programa Hirigune constituye tradicionalmente el soporte de la colaboración publica privada entre ayuntamientos y asociaciones zonales comerciales, en tanto que actores clave de la experiencia comercial urbana.

La presente Orden se incardina en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo para 2021, aprobado por Orden de 25 de enero de 2021, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, y cuenta con la existencia de crédito presupuestario suficiente establecido en la Ley 1/2021, de 11 de febrero, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2021.

Y, en virtud de ello,

Artículo 1 – Objeto.

El objeto de la presente Orden es regular la concesión de ayudas para el año 2021 destinadas a impulsar la actividad de las asociaciones de comerciantes, con el fin de paliar la situación de crisis sanitaria por la COVID-19 e incentivar las estrategias zonales de cooperación, dinamización y competitividad comercial urbana que contribuyan a la revitalización del sector comercial.

Artículo 2 – Recursos económicos.

Los recursos económicos destinados a la financiación de las ayudas reguladas en la presente convocatoria ascienden a un total de 1.770.000 euros; 1.416.000 euros correspondientes al crédito de pago del ejercicio 2021 y 354.000 euros de compromiso para el 2022.

El volumen total de las ayudas a conceder durante la presente convocatoria no podrá superar el importe consignado en este artículo o la que resulte de su incremento, en el supuesto que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente, circunstancia a la que se dará la oportuna publicidad en el Boletín Oficial del País Vasco, mediante Resolución de la persona titular de la Viceconsejería de Turismo y Comercio. En este supuesto se publicará la ampliación de crédito por los mismos medios que esta convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para resolver.

Mediante resolución administrativa se procederá a denegar las ayudas, en el caso en que el presupuesto al que deban imputarse las citadas ayudas carezca de crédito adecuado y suficiente para la finalidad pretendida. Asimismo, si se agota el crédito consignado para la concesión de las ayudas, al objeto de dar publicidad a esta circunstancia, por la persona titular de Viceconsejería de Turismo y Comercio competente en materia de Comercio se emitirá resolución administrativa en la que se señalará la fecha en que se ha producido el agotamiento del citado crédito, publicándose la misma en el Boletín Oficial del País Vasco, no admitiéndose solicitud alguna que se presente a partir de tal momento.

Artículo 3 – Entidades beneficiarias.
  1. – Serán beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria las asociaciones de comerciantes municipales...

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