Orden de 25 de marzo de 2024, por la que se realiza la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda para el periodo 2024-2025.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
Rango de LeyOrden

La presente orden se enmarca en el ejercicio de la actividad de fomento en materias de la competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios, desarrollando los objetivos y requisitos del otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo. Así mismo, se tiene en cuenta la competencia exclusiva en la regulación de los procedimientos administrativos derivados de las especialidades de la organización propia de la Comunidad Autónoma, establecida como exclusiva de la Comunidad Autónoma en el artículo 47.1.1.º de dicho Estatuto de Autonomía. El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, establece en su artículo 10 que corresponden a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, las competencias que tiene atribuidas la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, salvo las competencias en materia de puertos; actualmente desarrolladas en el Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda (BOJA extraordinario núm. 28, de 11 de agosto de 2022), que contempla en su artículo 6.2.n) que corresponde a la Secretaría General de Vivienda la programación, promoción y fomento de actividades de educación y sensibilización en las materias de vivienda, rehabilitación y arquitectura a través de actividades de estudio, divulgación, formación y otros. El Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, contempla en el Título V distintas líneas de actuación, como la de subvención, consistente en becas de formación destinadas a profesionales de los ámbitos de la vivienda, la rehabilitación y la arquitectura, contribuyendo con ello a que estas disciplinas aporten soluciones en beneficio de la sociedad. En este sentido, y teniendo en cuenta lo anterior, esta Consejería promueve la formación técnica especializada de personas graduadas universitarias en distintas áreas de actividad de la Secretaría General de Vivienda. Considerando lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento de aplicación y, en concreto, lo dispuesto en el apartado tercero del artículo 8.3 de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la gestión de las subvenciones se realizará de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Así mismo, el principio de igualdad de género regirá igualmente en la concesión de estas becas de formación e investigación. En la Orden de 1 de febrero de 2024, de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda (BOJA núm. 28, de 8 de febrero de 2024) se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación...

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