ORDEN de 24 de junio de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas para participar en el desarrollo de las actividades del programa Irale no ejecutadas directamente por este Departamento, que se celebrarán durante el verano de 2015 y el curso escolar 2015-2016.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de EducaciÓN, PolÍTica LingÜÍStica y Cultura
Rango de LeyOrden

El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura viene contando, además de con sus propios Centros de Capacitación Idiomática, con la participación de asociaciones de enseñanza ajenas al Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura para la realización de las actividades del programa de euskaldunización y capacitación idiomática del profesorado (Irale).

La presente Orden de convocatoria persigue, por tanto, la participación de dichas asociaciones de enseñanza ajenas al Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura en la realización de las actividades del programa Irale durante el verano de 2015 y el curso escolar 2015-2016. Se trata, en concreto, de las actividades a desarrollar fuera del horario lectivo o en determinadas actividades de nivel avanzado impartidas dentro del horario lectivo.

Por tanto, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 28 de enero de 1994 (BOPV, 11-02-1994) que regula el programa de capacitación idiomática del profesorado, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 21 de la misma,

Artículo 1 – Objeto.

La presente Orden tiene por objeto convocar a las entidades interesadas en obtener autorización para impartir las actividades subvencionadas de formación del programa Irale que se impartirán fuera del horario lectivo durante el verano de 2015 y el curso escolar 2015-2016.

Artículo 2 – Crédito presupuestario.
  1. – Se destinará un importe global de 800.000 euros, con el siguiente desglose:

    1. Actividades a realizar en el verano de 2015 y el primer trimestre del curso 2015-2016, 600.000 euros.

    2. Actividades a realizar de enero a junio de 2016, 200.00 euros con cargo a los presupuestos del ejercicio 2016.

  2. – La presente convocatoria, en lo que se refiere a las subvenciones de las actividades a realizar de enero a junio de 2016 se acoge a la tramitación anticipada de expedientes de gasto regulada en la Orden de 26 de abril de 2007 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por lo que, la concesión de las subvenciones relativas a ese periodo queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del ejercicio 2016.

  3. – El importe del crédito contemplado en la letra a) del apartado 1 que no resulte agotado podrá incrementar el contemplado en la letra b) de dicho apartado.

Artículo 3 – Procedimiento de autorización y concesión de las subvenciones.

El procedimiento de autorización será el concurso y se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración señalados en el artículo 9 y otorgar la autorización a aquellas que hayan obtenido mayor valoración.

Artículo 4 – Actividades objeto de autorización y subvención.

Las actividades del programa Irale objeto de esta convocatoria se realizarán en horario no lectivo y con sujeción a las condiciones señaladas para cada actividad en la relación publicada en https://euskadi.net/ayuda_subvencion/2015/irale-ikasketa-elkarteak/y22-izapide/es

Artículo 5 – Entidades beneficiarias y requisitos de participación.
  1. – Podrán ser beneficiarias de la autorización y subvenciones contempladas en esta convocatoria las entidades siguientes:

    1. Euskaltegis inscritos en el Registro de Euskaltegis de HABE, y que tengan sus datos actualizados en dicho Registro.

    2. Universidades o entidades de asesoramiento lingüístico con personalidad jurídica propia.

  2. – Para resultar beneficiarias las entidades deberán cumplir los siguientes requisitos:

    1. Los euskaltegis deberán encontrarse inscritos y tener todos sus datos actualizados en el Registro regulado por la Orden de 6 de agosto de 2003 de la consejera de Cultura (BOPV de 10 de septiembre), corrección de errores publicada en el BOPV de 6 de noviembre.

    2. Las universidades o entidades de asesoramiento lingüístico deberán tener experiencia en el área de la formación idiomática, sociolingüística o glotodidáctica del profesorado.

    3. Las entidades deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

    4. Las entidades no deben encontrarse sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursas en prohibición legal que las inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Artículo 6 – Gestión e instrucción de la convocatoria.

Corresponde la gestión e instrucción de la presente convocatoria a la Dirección de Innovación Educativa sin perjuicio de las funciones que se asignan a los centros Irale y a la Comisión de Valoración.

Artículo 7 – Presentación de solicitudes y canal electrónico para la realización y notificación de otros trámites.
  1. – Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de un mes desde la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

  2. – Los impresos de solicitud, debidamente cumplimentadas en todos sus términos, se presentarán y tramitarán de forma electrónica en la Sede Electrónica del Gobierno Vasco (https//:www.euskadi.net). La tramitación electrónica está regulada en el Decreto 21/2012, de 21 de febrero, de Administración Electrónica y la Resolución de 9 de febrero de 2006, de la Directora de Informática y Telecomunicaciones, que aprueba la plataforma Tecnológica para la E-Administración –Platea–.

  3. – Las especificaciones de cómo tramitar por el canal electrónico, las solicitudes y demás documentación...

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