ORDEN de 22 de septiembre de 2022, del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establece la composición de la Mesa de Contratación del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de PlanificaciÓN Territorial, Vivienda y Transportes
Rango de LeyOrden

La Orden de 17 de diciembre de 2020, de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, de constitución de la Mesa de Contratación del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes establece la composición de la Mesa de Contratación del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes.

La actual organización de la Dirección competente en materia de contratación del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes hacen necesario adecuar la Orden de constitución de la mesa de contratación del Departamento, para agilizar y facilitar la constitución de la mesa de contratación adscrita al Departamento, al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 8.3, párrafo segundo, del Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre el régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

En su virtud, previo informe de la Junta Asesora de Contratación Pública,

Artículo 1

– Los órganos de contratación del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, estarán asistidos en los procedimientos de adjudicación abierto, restringido y negociado con publicidad por una mesa de contratación, que ejercerá las funciones del artículo 9 del Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre el régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y deberá conformarse con los siguientes miembros:

  1. Presidencia: ejercerán indistintamente las funciones de presidencia de la Mesa de Contratación una persona del área de Gestión Económica y Presupuestaria, así como un asesor o una asesora jurídica, de la Dirección de Servicios. Ambas podrán ser suplidas entre sí, o por otros miembros de las respectivas áreas, en los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa.

  2. Una persona que ejercerá de vocal designada por el órgano de contratación al que prestará...

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