Orden de 2 de septiembre de 2016, de la Consejería de Presidencia, por la que se prorroga temporalmente el horario de término de verbenas y fiestas populares en el municipio de Mula.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejería de Fomento e Infraestructuras |
Rango de Ley | Orden |
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Comunidad Autónoma
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Otras disposiciones
Consejería de Presidencia
7476 Orden de 2 de septiembre de 2016, de la Consejería de Presidencia, por la que se prorroga temporalmente el horario de término de verbenas y fiestas populares en el municipio de Mula.
El Ayuntamiento de Mula, con motivo de la celebración de sus Fiestas Patronales, ha solicitado la prórroga, con carácter extraordinario y temporal, del horario de término de verbenas y fiestas populares que tendrán lugar en la localidad, regulado en la Circular 2/1994, de 16 de febrero, de la Delegación de Gobierno, por la que se establece el horario de cierre para los establecimientos públicos, espectáculos y fiestas, tanto para las actividades que dispongan de licencia ordinaria según la reglamentación de actividades clasificadas, como para los que tengan la licencia especial según la legislación de espectáculos públicos y actividades recreativas y, todo ello, con objeto de dar satisfacción a la demanda social y sin perjuicio del mantenimiento de las medidas necesarias para evitar perturbaciones a la seguridad, salubridad y condiciones ambientales.
De acuerdo con el artículo 5 de la Orden del Ministerio del Interior de 23 de noviembre de 1977, tras su modificación por la Orden de 29 de junio de 1981, los horarios de cierre de espectáculos, fiestas y establecimientos públicos, podrán alterarse con motivo de la celebración de fiestas locales.
Por consiguiente, en virtud de lo expuesto, y en aplicación de las facultades que tengo atribuidas de conformidad con el Real Decreto 1279/1994, de 10 de junio, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma en materia de espectáculos públicos, el Decreto de la Presidencia n.º 18/2015, de 4 de julio, el Decreto n.º 104/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia y la Orden de 1 de febrero de 2016, de la Consejería de Presidencia, por la que se delegan en el titular de la Dirección General de Administración Local competencias en materia de espectáculos públicos, y vista el informe de la Técnico de la Sección de Autorización de...
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