Orden 17/2021, de 27 de septiembre, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, para la valoración de las especies cinegéticas en la Comunitat Valenciana

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas108-109
Recopilación mensual n. 117, noviembre 2021
108
Comunidad Valenciana
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 03 de noviembre de 2021
Orden 17/2021, de 27 de septiembre, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo
Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, para la valoración de las
especies cinegéticas en la Comunitat Valenciana
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación
del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Comunidad Valenciana número 8189 de fecha 6 de octubre de
2021.
Palabras clave: Especies cinegéticas. Valoración económica. Daños ambientales.
Resumen:
La valoración de las especies cinegéticas en la Comunitat Valenciana atiende a la necesidad
que se deriva la Ley 13/2004, de 27 de diciembre, de caza de la Comunitat Valenciana,
sobre el deber de fomento por el que los titulares cinegéticos están obligados e invertir en
beneficio de las poblaciones silvestres al menos el 35 % del valor en vivo de las rentas
cinegéticas. Así como, a la necesidad de determinar las indemnizaciones de los daños y
perjuicios provocados por los infractores, conforme a lo indicado en el artículo 62 de la
misma.
La Constitución Española, en su artículo 148.1.11.a y el Estatuto de Autonomía de la
Comunitat Valenciana en su artículo 49.1.17, otorgan la competencia exclusiva a esta
comunidad autónoma en materia de pesca en aguas interiores, marisqueo, acuicultura, caza
y pesca fluvial y lacustre, y de conformidad con su artículo 50.6 corresponde a la
Generalitat en el marco de la legislación básica del Estado el desarrollo legislativo y la
ejecución en materia de protección del medio ambiente. Al amparo de esta competencia se
han dictado hasta la fecha dos órdenes de valoración de especies de fauna en la Comunitat.
La última valoración de las distintas especies de fauna en la Comunitat Valenciana se fijó
mediante la Orden 25/2012, de 19 de diciembre, de la Conselleria de Infraestructuras,
Territorio y Medio Ambiente, para la valoración de las especies de fauna en la Comunitat
Valenciana. Esta norma supuso la derogación de la Orden de 17 de marzo de 1987, de la
Conselleria de Agricultura y Pesca, y justificaba su actualización en base «al incremento del
coste de la vida y los cambios en el estatus poblacional de algunas especies».
Transcurridos 7 años desde su publicación, se han constatado importantes cambios en el
estatus de un número significativo de especies así como en la demanda social de la
actividad; hasta el punto de que los precios y sistema de cálculo actual requieren revisión
urgente.
Para ello, además del incremento del coste de la vida se han tenido en cuenta, el descenso
de la demanda representado por la caída en el número de licencias de caza expedidas, el

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