Orden de 16 de mayo de 2023 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2023/2024.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de EconomÍA, Ciencia y Agenda Digital
Rango de LeyOrden

I

DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 15

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL

ORDEN de 16 de mayo de 2023 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2023/2024. (2023050134)

Mediante Real Decreto 634/1995, de 21 de abril, se efectuó el traspaso de funciones y servicios en materia de universidades de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura, posteriormente por Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se produce el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de enseñanza no universitaria.

De conformidad con el artículo 10.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, ésta tiene competencias de desarrollo normativo y ejecución, entre otras, en materia de educación y enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

En este marco y de acuerdo con el Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se atribuye a la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital la competencia en materia de universidades y a la Dirección General de Política Universitaria ejercer las funciones relativas a la enseñanza universitaria en Extremadura, de acuerdo con el Decreto 165/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.

Con el objeto de facilitar la residencia al alumnado que se desplaza para realizar los estudios universitarios y/o de enseñanza superior a aquellas ciudades extremeñas en las que se han de materializar dichos estudios, anualmente, desde el momento en el que se efectuó el traspaso de funciones y servicios en materia de universidades, la Consejería competente en materia de enseñanza universitaria ha venido convocando la oferta de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura, destinada al alumnado universitario, de Ciclos Formativos de Grado Superior y Cursos de Especialización de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, así como para aquellos universitarios afectados por programas de movilidad de estudios o por programas específicos de colaboración, investigación y desarrollo de la Universidad de Extremadura.

De esta forma, se optimizan los recursos residenciales existentes y se elimina la posible discriminación que, por razones económicas o de residencia, pudiera plantearse en aquel alumnado

con insuficiencia de recursos económicos, proporcionándole no sólo los medios necesarios básicos para una adecuada formación sino, también, la posibilidad de disfrute de otras actividades recreativas, formativas y culturales complementarias a su actividad estudiantil. Por tanto, se refuerza el papel de las residencias como recurso corrector de desigualdades, sustancialmente dirigido a aquellos estudiantes que tienen dificultades económicas para acceder a la educación superior.

Con el propósito de eliminar la posible desigualdad que por razones económicas o sociales pudiera plantearse en las personas residentes con insuficiencia de recursos, se publicó el Decreto 123/2022, de 5 de octubre, por el que se regulan los precios públicos y su régimen de exenciones y bonificaciones por los servicios prestados por las residencias universitarias de la Junta de Extremadura. Este decreto ha permitido introducir en esta orden una serie de exenciones y bonificaciones en el pago de los precios públicos por la prestación de estancia y alimentación en las residencias universitarias dependientes de la Junta de Extremadura para aquellas personas residentes en situaciones económicas y/o sociales específicas tales como: ser el tercer o ulterior hijo o hija dependientes de sus padres, reducción para residentes universitarios y de ciclos formativos cuyos planes de estu dios exijan la realización de prácticas, personas que hayan obtenido una plaza de residente-colaborador, víctimas de violencia de género y, muy especialmente, para aquellas personas que se encuentran en situación de posible vulnerabilidad social.

La presente orden incorpora la perspectiva de la igualdad de género, conforme lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad efectiva de mujeres y hombres y en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura, y su influencia directa en las enseñanzas universitarias.

En su virtud y conforme a las facultades que me atribuye la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y a propuesta de la Dirección General de Política Universitaria,

DISPONGO:

Artículo 1 Convocatoria.

La presente orden convoca y regula la oferta de plazas para el alumnado universitario, de Ciclos Formativos de Grado Superior y Cursos de Especialización de Formación Profesional, y de Enseñanzas de Régimen Especial (Ciclos Formativos Grado Superior de Artes Plásticas y Diseño y Ciclos de Grado Superior de Enseñanzas Deportivas y Estudios Superiores de Diseño, Música y Arte Dramático), en régimen de residencia fija durante el curso 2023/2024, en las siguientes residencias universitarias dependientes de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura:

  1. Residencia Universitaria "Juan XXIII", Ronda del Pilar, 18. 06002 Badajoz.

    Teléfonos: 924012890.

    Dirección de correo electrónico: ru.juanxxiii@juntaex.es

  2. Residencia Universitaria "Diego Muñoz Torrero". Ronda de San Francisco, 2. 10002 Cáceres.

    Teléfonos: 927 006888 - 006889 - 006890.

    Dirección de correo electrónico: ru.munoztorrero@juntaex.es

  3. Residencia Universitaria "Mario Roso de Luna". Avda. de la Universidad, s/n. 10004 Cáceres.

    Teléfonos: 927 006898 - 006900 - 006901.

    Dirección de correo electrónico: ru.rosodeluna@juntaex.es

  4. Residencia del Complejo Educativo de Plasencia. Avda. Virgen del Puerto, 2. 10600 Plasencia.

    Teléfonos: 927 017003.

    Dirección de correo electrónico: ru.ceplasencia@juntaex.es

    Toda la información referente a las residencias universitarias de la Junta de Extremadura (descripción, fotos, normativa, actividades, etc.) se encuentra disponible en la página web: http://residencias.educarex.es

Artículo 2 Régimen general de plazas ofertadas.
  1. El total de plazas ofertadas en las residencias universitarias para el régimen general será de 303, cuya distribución numérica y conceptual se detalla en el anexo I de la presente orden.

  2. Se establecen tres vías de acceso a las residencias universitarias:

    2.1.

    Alumnado universitario.

    2.2. Ciclo Formativo de Grado Superior y Curso de Especialización de Formación Profesional, y Enseñanzas en Régimen Especial.

    2.3.

    Reserva de plazas.

  3. Dentro del cupo de alumnado universitario se reservarán plazas para alumnado de máster y para alumnado beneficiario de programas concertados con la Universidad de Extremadura.

  4. El cupo de reserva de plazas se distribuirá en las siguientes categorías:

    4.1. Para el alumnado que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debidamente certificado por el organismo correspondiente, y que posea autonomía personal.

    4.2.

    Para el alumnado que acredite la condición de víctima de violencia de género.

    4.3. Para deportistas residentes en Extremadura de Alto Nivel, Alto Rendimiento o que sean Promesas Olímpicas o Paralímpicas, acreditada esta condición por el órgano competente.

    4.4. Para el alumnado en situación de vulnerabilidad social, acreditada mediante informe motivado del órgano competente.

    Si las plazas reservadas para los colectivos antes reseñados, quedasen vacantes una vez fina lizado el proceso de admisión, se incorporarán al cupo general establecido para el alumnado universitario de la residencia a que corresponda.

  5. Para programas universitarios de movilidad y similares de estudiantes, la concesión de plaza quedará supeditada a la existencia de vacantes una vez finalizado en su totalidad el proceso de adjudicación. La cobertura de estas plazas se tramitará a través del Servicio de Relaciones Internacionales de la Universidad de Extremadura.

  6. Las plazas asignadas para el alumnado de Ciclos Formativos de Grado Superior y Cursos de Especialización de Formación Profesional, y de Enseñanzas en Régimen Especial en caso de quedar vacantes una vez fina lizado el proceso de admisión, se acumularán al cupo destinado al alumnado universitario. Si finalizado el proceso de admisión hubiera vacantes en el cupo establecido para alumnado universitario y, asimismo, existiera demanda de plazas por parte de alumna do de los Ciclos Formativos de Grado Superior y Cursos de Especialización...

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