Orden de 13 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Cultura y Patrimonio Histórico
Rango de LeyOrden

El artículo 68.3.1.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.º de la Constitución.

Por otra parte, el artículo 45.1 del Estatuto de Autonomía dispone que, en materias de su competencia, corresponde a esta Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios, regulando o, en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión.

Así mismo, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, establece en su artículo 3 que la competencia exclusiva sobre el patrimonio histórico andaluz corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin perjuicio de las competencias que correspondan al Estado o estén atribuidas a las entidades locales.

Concretamente, el Decreto 108/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, en su artículo 1.1 dispone que a la citada Consejería le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno andaluz en materia de cultura, patrimonio histórico y memoria democrática, y en particular, el apartado 2.a) le atribuye competencia en materia de promoción, fomento, protección y difusión de la cultura en todas sus manifestaciones y expresiones tales como el patrimonio histórico, artístico, monumental, científico, industrial, arqueológico, etnológico y el patrimonio bibliográfico y documental. Así mismo, en su artículo 5.2.a) dispone el citado Decreto, que corresponde a la Secretaría General de Patrimonio Cultural la dirección, supervisión, control, seguimiento y evaluación de las actuaciones en materia de patrimonio histórico y espacios culturales, así como el impulso de sus actuaciones sectoriales, entre otras, mientras que en el artículo 8.2.e) atribuye a la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental las funciones de conservación y restauración del patrimonio histórico andaluz.

La Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas de fomento, protección y difusión, es consciente de que Andalucía posee un amplio y diverso patrimonio mueble de carácter religioso con un alto valor cultural sobre el que la Administración de la Junta de Andalucía ostenta la responsabilidad de su tutela. Este patrimonio lo constituyen aquel conjunto de bienes culturales, mayoritariamente conservados por entidades religiosas, que se singularizan por el uso cultual, litúrgico, devocional y procesional para el que fueron creados. De entre los bienes culturales, destacan, por su importancia, cuantitativa y cualitativa, los de la Iglesia Católica. Es un patrimonio vivo y reconocido por todos, de manera inmediata, por sus valores culturales, especialmente artísticos e históricos, con independencia de aspectos religiosos e identitarios.

Sin embargo, este patrimonio material de carácter mueble es numeroso, heterogéneo, está muy distribuido en el territorio, siendo la situación posesoria de los bienes que integran este patrimonio muy diversa, pues aunque buena parte de ellos son poseídos por sus propietarios, otros se encuentran en poder de meros poseedores o tenedores de los mismos, perteneciendo el dominio a otra persona o entidad. Estando todas las acciones de tutela relacionadas, se desea promover la generación de inventarios que mejoren la investigación, documentación y difusión de dichos bienes muebles, así como ayudar a su conservación-restauración por técnicos cualificados.

Desde esta Consejería se han venido promoviendo actuaciones dirigidas a la conservación-restauración e inventario de bienes integrantes del patrimonio histórico de carácter religioso. Para ello, la Consejería aprobó la Orden de 6 de febrero de 2006, por la se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones para la realización de actuaciones sobre el Patrimonio Histórico por las Fundaciones Culturales y Obispados Andaluces. Si bien, con motivo de la crisis económica quedaron suspendidas.

No obstante, desde la aprobación de la citada orden, dado el tiempo transcurrido, se han puesto de manifiesto carencias y nuevas situaciones a las que se deben dar respuesta, lo que determina la necesidad de redactar unas nuevas bases reguladoras que se adapten a la normativa vigente y a la realidad social a las que son de aplicación.

La presente orden no se ajusta a la Orden de 5 de octubre de 2015, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dada la exigencia de aportar documentos junto a la solicitud, que viene determinada por diferentes factores como la necesidad de que las personas que integran la Comisión de Valoración dispongan de un informe técnico así como documentación gráfica a efectos de poder valorar criterios como el estado de conservación del bien o el valor cultural del bien o conjunto de bienes muebles.

Debe destacarse, igualmente que, conforme a la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, se ha considerado oportuno introducir criterios de valoración conforme a los cuales se atribuye una mayor puntuación a aquellos proyectos en los que haya una mayor presencia de mujeres en los equipos técnicos que, en su caso, vayan a ejecutar la actividad. Sin embargo, no se ha considerado procedente incorporar los criterios relativos al grado de compromiso medioambiental, a la valoración de empleos estables, a la ponderación del impacto en la salud y la seguridad laboral, que contribuyan a la integración de colectivos en riesgo de exclusión social, o que incluyan la perspectiva de discapacidad previstos en el artículo 15.2 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo, debido a la naturaleza de la subvención y a la imposibilidad de realizar una valoración objetiva de los referidos criterios, así como a la dificultad de la acreditación de su cumplimiento.

Por otra parte, dado el elevado número de bienes existentes en Andalucía que podrían ser objeto de las actividades de conservación-restauración o de inventario objeto de la presente orden, resulta previsible la presentación de un elevado número de solicitudes, determinando ello, junto con el contenido de la información que deben suministrar las entidades solicitantes, la necesidad de establecer el plazo de seis meses para la resolución del procedimiento y su publicación.

Igualmente es de aplicación lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece la obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos a las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional.

De acuerdo con lo anterior, las presentes bases se configuran como el instrumento adecuado para lograr los fines perseguidos, estando amparadas las ayudas que se prevén conceder, en la necesidad de proteger los bienes muebles integrantes del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía, estableciendo la regulación que se considera imprescindible para la implantación de medidas de apoyo para promover la generación de inventarios que mejoren la investigación, documentación y difusión de dichos bienes muebles, así como ayudar a su conservación-restauración por técnicos cualificados, garantizándose de esta forma el cumplimiento de los...

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