ORDEN de 11 de marzo de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se inicia el procedimiento de adjudicación, en régimen de arrendamiento, de 14 viviendas de protección oficial (régimen especial), en Azkoitia, en Floreaga.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de PlanificaciÓN Territorial, Vivienda y Transportes
Rango de LeyOrden

Primero.– El procedimiento de adjudicación de las mencionados viviendas se regirá por lo previsto en la Orden de 15 de octubre de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, del Registro de Solicitantes de Vivienda y de los Procedimientos de Adjudicación de Viviendas de Protección Oficial y Alojamientos Dotacionales de Régimen Autonómico, tal y como se recoge en el artículo 12 del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre Régimen Jurídico de Viviendas de Protección Pública y Medidas Financieras en Materia de Vivienda y Suelo. Notar que la Orden de 15 de octubre de 2012 ha sido modificada, en su Capítulo III –el cual regula las adjudicaciones de las viviendas y alojamientos dotacionales en régimen de alquiler–, por la disposición final séptima, del Decreto 210/2019 de 26 de diciembre, de colaboración financiera entre las entidades de crédito y la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de vivienda y de modificación de disposiciones reglamentarias en materia de vivienda.

Segundo.– Mediante resolución del Delegado Territorial de Vivienda de Gipuzkoa de fecha 20 de julio de 2016 se otorgó la calificación provisional de viviendas de protección oficial (régimen especial) a la promoción de 14 viviendas, sitas en Floreaga, en el municipio de Azkoitia, promovida por el VISESA (Vivienda y Suelo de Euskadi), bajo el número de expediente EB3-0500/16-EC-000.

Tercero.– El 5 de diciembre de 2005 se firma un acuerdo de compromisos entre el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Azkoitia para el programa de promoción de vivienda protegida en el término municipal de Azkoitia (Área 15, Floreaga). En la cláusula quinta de este acuerdo, se declara único municipio interesado en la promoción al Ayuntamiento de Azkoitia. En este mismo sentido se inclina la cláusula cuarta del Acuerdo Programa firmado por las partes ya mencionadas el 11 de mayo de 2007 para la promoción de vivienda protegida en el término municipal de Azkoitia: area 15 Floreaga, sector 10 Txalon Erreka este y area 13 Intxausti.

Cuarto.– Del total de las 14 viviendas a adjudicar mediante este procedimiento, 1 vivienda está adaptada para personas con movilidad reducida de carácter permanente, tiene tres dormitorios y una superficie de 74,09 m2. De las 13 viviendas restantes, 1 vivienda es de un dormitorio y tiene una superficie de 50,24 m2; 5 viviendas son de dos dormitorios y tienen una superficie de entre 41,83 m2 y 61,05 m2; 7 viviendas son de tres dormitorios y tienen una superficie de entre 58,94 m2 y 78,22 m2. El régimen de cesión es el de arrendamiento. Estas viviendas se distribuyen en los cupos descritos en el resuelvo cuarto.

Primero.– El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes es competente para dictar la presente Orden, en virtud de lo establecido en el artículo 12 del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre Régimen Jurídico de Viviendas de Protección Pública y Medidas Financieras en Materia de Vivienda y Suelo, en relación con el artículo 48 de la Orden de 15 de octubre de 2012 del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, del Registro de Solicitantes de Vivienda y de los Procedimientos para la Adjudicación de Viviendas de Protección Oficial y Alojamientos Dotacionales de Régimen Autonómico.

Segundo.– La disposición final séptima del Decreto 210/2019 de 26 de diciembre, de Colaboración Financiera entre las Entidades de Crédito y la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en Materia de Vivienda y de Modificación de Disposiciones Reglamentarias en Materia de Vivienda, en el punto...

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