ORDEN 10/2016, de 22 de septiembre, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión del Premi de Cartografia i Territori Pare Tosca.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio
Rango de LeyOrden
Preámbulo
Artículo 1 Objeto
Artículo 2 Procedimiento de concesión
Artículo 3 Requisitos
Artículo 4 Condiciones técnicas de los trabajos
Artículo 5 Premios
Artículo 6 Forma, lugar y plazo de presentación de la solicitud
Artículo 7 Órganos competentes para la tramitación y resolución del procedimiento
Artículo 8 El jurado
Artículo 9 Procedimiento de concesión del premio
Artículo 10 Derechos sobre las obras
Artículo 11 Incompatibilidad
Artículo 12 Protección de datos
Disposición derogatoria

Única. Derogación normativa

Disposición adicional

Única. Cláusula de no-incidencia presupuestaria Disposición final

Única. Entrada en vigor

PREÁMBULO

La Ley 9/1997, de 9 de diciembre, de la Generalitat, de creación del Instituto Cartográfico Valenciano, le atribuye competencia en la investigación y desarrollo de nuevas técnicas para el dominio de la ingeniería geodésica, cartográfica y topográfica, tareas que a su vez apoyan la elaboración, reproducción y distribución de los trabajos cartográficos de base.

Para cumplir esta función, el Consejo Rector del Instituto Cartográfico Valenciano acordó, en sesión celebrada el día 17 de mayo de 2005, la creación de los premios de Cartografia i Territori Pare Tosca, dirigidos a los alumnos que hayan presentado el proyecto fin de carrera o trabajo de investigación en cualquier universidad valenciana, en el último año académico. El mismo acuerdo de creación considera que el premio ofrece la oportunidad de incentivar la elaboración de trabajos relacionados con los objetivos del Instituto Cartográfico Valenciano.

Tomás Vicente Tosca i Mascó (1651-1723), conocido como el Pare Tosca, matemático, físico, cartógrafo, teólogo, filósofo, ingeniero y astrónomo, es una figura clave en el ámbito valenciano. En 1704 elaboró un plano manuscrito de la ciudad de Valencia de extraordinaria calidad, tanto artística como topográfica, así como de gran interés para el estudio de la topografía urbana de la ciudad de Valencia. En reconocimiento a su figura, el Consejo Rector del Instituto Cartográfico Valenciano creó este premio, con vocación de continuidad, con el objetivo de incentivar la producción de trabajos de investigación relacionados con las materias propias del Instituto.

En este momento, el Instituto Cartográfico Valenciano considera de interés continuar con esta actividad de fomento, estimulando, promocionando y valorando los esfuerzos investigadores de los estudiantes en el ámbito de la geomàtica, fomentándose a su vez la actividad científica en esta materia.

Así pues, el objeto de esta norma es establecer las bases reguladoras para la concesión del Premio Cartografia i Territori Pare Tosca, en régimen de concurrencia competitiva. Con este fin se convocará anualmente el premio, el ganador del cual tendrá que ceder al Instituto Cartográfico Valenciano los derechos de publicación y distribución de los trabajos durante un año, por lo cual este premio no puede calificarse como subvención. Por eso, en cuanto a su régimen jurídico, resulta de aplicación analógica los preceptos de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de

la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones que no se opongan a su naturaleza.

El premio a conceder, previa convocatoria, no está sujeto a la política de la competencia de la Unión Europea en materia de ayudas públicas y, por lo tanto, no necesitan notificación a la Comisión Europea, dado que no reúne los requisitos del artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, puesto que en cuanto a la calidad de las personas beneficiarias, estudiantes universitarios, y del objeto del premio, reconocer y estimular la investigación y la creación técnica, estas acciones subvencionables no afectan la competencia, ni los intercambios comerciales entre los estados miembros, y tampoco favorecen determinadas empresas o producciones.

Por lo tanto, con la percepción de este premio no hay ninguna ventaja económica, ni desarrollo de actividad económica en el mercado relacionada con la oferta de bienes y servicios que permita la posibilidad de falseamiento de la competencia, que afecte los intercambios comerciales entre estados miembros, a los efectos señalados en el Decreto 147/2007, de 7 de septiembre, del Consejo, por el cual se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar subvenciones públicas.

En virtud de las competencias conferidas por el Decreto 159/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el cual se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, y el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, a propuesta del Instituto Cartográfico Valenciano, conforme con el Consejo Jurídico Consultivo,

ORDENO

Artículo 1 Objeto

El objeto de la presente orden es establecer las bases reguladoras que regirán la concesión del Premi de Cartografia i Territori Pare Tosca, la finalidad del cual es reconocer y estimular la creación técnica, el ingenio y el esfuerzo en la elaboración de los trabajos de fin de grado y trabajos de fin de máster, relacionados con la geomática: cartografía, fotogrametría aérea y terrestre, teledetección, geodesia y sistemas de información geográfica, en el ámbito valenciano.

Artículo 2 Procedimiento de concesión
  1. El procedimiento de concesión del premio se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y se iniciará de oficio mediante una convocatoria anual, aprobada por resolución de la Presidencia del Consell Rector del Instituto Cartográfico Valenciano. En la dicha convocatoria constará el objeto de esta y el plazo de presentación de las candidaturas.

  2. La convocatoria incluirá dos modalidades de premio, una correspondiente a trabajos de fin de grado y otra a trabajos de fin de máster.

Artículo 3 Requisitos
  1. Podrán participar en la correspondiente convocatoria las personas matriculadas en cualquier universidad valenciana que hayan...

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