STSJ Comunidad Valenciana , 23 de Septiembre de 2002

PonenteJOSE MARIA ZARAGOZA ORTEGA
ECLIES:TSJCV:2002:8937
Número de Recurso3327/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TSJCV.

Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Tercera Asunto n° "3327/98 "

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la ciudad de Valencia a veintitrés de septiembre de dos mil dos En la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres D. JOSE Mª ZARAGOZA ORTEGA, Presidente D. FERNANDO NIETO MARTIN y D. LUIS JIMENA QUESADA Magistrados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA N° 1480/02 En el recurso contencioso administrativo n° 3327/98 interpuesto por Doña María Rosa representada y defendida por la Letrada Doña Vicenta Navarro Salvador contra resoluciones de la Dirección General de Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 28 de julio de 1998 y de la Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales de Valencia de 19 de diciembre de 1997 habiendo sido parte en los autos la Administración del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE Mª ZARAGOZA ORTEGA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplicó que se dictase sentencia anulando las resoluciones y acta impugnadas.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitaba se declarase la plena conformidad a derecho de las resoluciones impugnadas.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite prevenido en el art. 78 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, y cumplido dicho trámite quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación y fallo del recurso para el día 17 de septiembre de 2002

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye objeto de este recurso contencioso administrativo la resolución de la Dirección General de Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de fecha 28 de julio de 1988, desestimando el recurso ordinario interpuesto por Doña María Rosa , contra acuerdo de la Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales de Valencia de fecha 19 de diciembre de 1997, que confirmaba acta n° 4640/97, levantada por infracción del art. 30.3.3. Ley 8/88 (connivencia con el empresario para la obtención indebida de prestaciones por desempleo).

Dice la recurrente en su demanda que con anterioridad, la Inspección de Trabajo de Valencia, ya había levantado acta de infracción n° 4639/97 contra la misma trabajadora, por los mismos hechos, imponiéndole la sanción consistente en la extinción del derecho a percibir cualquier prestación de la Seguridad Social. El 16 de octubre de 1997 se presentaron alegaciones y, posteriormente, recurso ordinario contra la primera acta citada, la n° 4640/97, formulando las siguientes alegaciones: 1ª.- Dicha acta se funda en la connivencia con el empresario, en una relación contractual que se inició el 10 de diciembre de 1993, por un contrato a tiempo parcial por un año, prorrogándose anualmente hasta el año 1996, momento en que la empresa precisa más personal, y por ello, pasó a trabajar a jornada completa, dedicándose en esta nueva jornada a tareas administrativas. 2ª.- Al encontrarse embarazada, deja de realizar algunos trabajos, dedicándose a las actividades administrativas señaladas, todo ello unido a la circunstancia de que el empresario se ve obligado a guardar reposo durante el mes de agosto de 1997 por las dolencias lumbares que padece y traslada responsabilidades a la trabajadora de más confianza, que es la...

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