DECRETO 182/2013, de 12 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2013.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERÍA DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

El artículo 23.1 de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2013, dispone que durante el ejercicio 2013 no se procederá en el sector público autonómico a la incorporación de nuevo personal, excepto el que pueda derivarse de la ejecución de ofertas de empleo público de ejercicios anteriores.

No obstante, siempre que se respete la disponibilidad presupuestaria del capítulo I, el artículo 23.2 exceptúa de la anterior limitación a determinados sectores y colectivos de marcado carácter prioritario respecto de los que la tasa de reposición de efectivos se fija en el 10 %. A estos efectos se considerarán efectivos aquellos que vengan desempeñando su actividad en servicios que tienen carácter permanente en la Comunidad Autónoma.

Entre estos sectores la ley incluye el control y lucha contra el fraude fiscal, subvenciones públicas, asesoramiento jurídico, gestión y control de la asignación eficiente de los recursos públicos. Para atender a estos sectores, la Comunidad Autónoma de Galicia cuenta con cuerpos y escalas de la Administración general.

Respecto a la reserva del cupo para personas con discapacidad, aunque ya se alcanzó el 2 % de los efectivos totales en esta Administración pública, pero la normativa de función pública permite que el porcentaje de reserva mínimo sea de un 5 %, esta Administración considera que conviene mantener el porcentaje del 7 % de las vacantes, que se distribuirá según se establece en el anexo I de las plazas objeto de esta oferta.

Cumpliendo lo dispuesto en el apartado cinco de la disposición adicional séptima del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de función pública de Galicia, no serán de aplicación los apartados 3 y 4 de dicha disposición.

El artículo 70 del Estatuto básico del empleado público establece la posibilidad de que la oferta de empleo contenga no solo lo referente a la incorporación de personal de nuevo ingreso, sino también otras medidas derivadas de la planificación de recursos humanos.

Asimismo, es necesario modificar el anexo I del Decreto 55/2011, de 31 de marzo, por lo que respecta a la escala de topógrafos del subgrupo A2, del cuerpo facultativo de grado medio de la Xunta de Galicia, a fin de especificar que una plaza queda reservada para el proceso extraordinario de consolidación de empleo, previsto en la disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, y en la disposición transitoria decimocuarta del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de función pública de Galicia.

El artículo 31.6 del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de función pública de Galicia, establece el procedimiento de autorización de la oferta de empleo público que corresponde al Consello de la Xunta de Galicia a propuesta de la consellería competente en materia de función pública.

Por su parte, el artículo 33.2 de la Ley 2/2013, de 27 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2013, exige el informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuestos.

En este marco y teniendo en cuenta los puestos de trabajo vacantes en distintos cuerpos y escalas de la Administración general de esta comunidad autónoma que afectan al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, de conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 2/2013, de 27 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2013, así como en el artículo 23 de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2013, es necesaria la aprobación de la oferta de empleo público relativa al personal funcionario de cuerpos y escalas de la Administración general del año 2013, estableciéndose los criterios en que debe enmarcarse esta oferta.

En consecuencia, consultadas las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos, previo informe de la Dirección General de Planificación y Presupuestos y de la Comisión de Personal, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13.8 del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, a propuesta de la conselleira de Hacienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día doce de diciembre de dos mil trece,

DISPONGO:

Artículo 1 Aprobación de la oferta de empleo público

De conformidad con lo...

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